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jueves, 16 de agosto de 2018

Criminalización a mapuche con juicios INJUSTOS dice Amnistía Internacional



CHILE: AUTORIDADES CRIMINALIZAN A PERSONAS MAPUCHE A TRAVÉS DE JUICIOS INJUSTOS

9, Ago. 2018

Las autoridades chilenas están usando la ley “Antiterrorista” para llevar a personas mapuche a juicios injustos, estigmatizándolos y criminalizando a sus líderes, manifestó hoy Amnistía Internacional- precisamente en el Día Internacional de los Pueblos Indígenas- durante la presentación de un nuevo informe titulado Pre-juicios injustos: Criminalización del pueblo mapuche a través de la Ley Antiterrorista.

“Es inaceptable que el Estado chileno persista en llevar a personas mapuche a juicios que no otorgan las garantías del debido proceso, haciendo uso de una ley ‘Antiterrorista’ reiteradamente criticada. En vez de estigmatizarles y violar sus derechos, las autoridades deberían tomar medidas decisivas para erradicar la discriminación en su contra”,dijo Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional.

Durante años, Amnistía Internacional ha advertido que la ley “Antiterrorista” contiene normas que violan las garantías del juicio justo. 

En este contexto, la organización observó los juicios del caso Luchsinger Mackay y del caso por la quema de una iglesia en Padre las Casas, ambos llevados bajo esta legislación en contra de personas mapuche.

En el primer caso, la Fiscalía acusó a 11 personas mapuche de haber incendiado un predio donde murió el matrimonio Luchsinger Mackay en 2013 (habiendo otra persona ya condenada con anterioridad). 

En el otro caso, se acusó a cuatro personas de haber quemado una iglesia evangélica en 2016, en un incidente donde no resultaron personas afectadas.

Este martes 7 de agosto, la Corte de Apelaciones de Temuco confirmó las condenas de 10 años y 1 día contra los hermanos Pablo y Benito Trangol, como autores del delito de incendio de la iglesia de Padre Las Casas. 

Amnistía Internacional lamenta profundamente esta determinación, pues la Corte de Apelaciones tenía la posibilidad de remediar la injusticia sufrida por estos dos comuneros mapuche; sin embargo, decidió mantener una condena otorgada tras un juicio injusto que no respetó las garantías mínimas de un debido proceso.

“Es imperativo investigar a fondo estos crímenes y llevar ante la justicia a los responsables; sin embargo, esto debe hacerse siempre respetando el debido proceso para asegurar así un juicio justo, y con ello la dignidad y el derecho a la verdad de las víctimas y sus familias. Lo alarmante es que en ambos casos observados se produjeron irregularidades que claramente los convierten en juicios injustos, y hay razones para pensar que ello podría deberse a la identidad mapuche de las personas imputadas”, señaló Erika Guevara Rosas.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ya condenó a Chile en 2014, debido a la aplicación de la ley “Antiterrorista” en contra de personas mapuche, en el caso “Norín Catrimán y otros v. Chile”. 
Ello, principalmente, por haber hecho uso prolongado e injustificado de la prisión preventiva, por haber utilizado testigos anónimos como elemento principal para condenar, y por haber utilizado argumentación discriminatoria y estigmatizante en contra del pueblo mapuche.
El nuevo informe de Amnistía Internacional alerta que Chile no sólo ha incurrido nuevamente en las mismas conductas que motivaron aquella condena, sino que además ha cometido irregularidades adicionales, como el hostigamiento hacia algunos abogados defensores, testigos y familiares de los imputados y la utilización de pruebas ilegales, y cuyas denuncias al respecto no fueron investigadas.

Aunque en algunos de estos casos los tribunales intervinientes han descartado la calificación de “terrorista” del delito, se usaron mecanismos previstos en esta ley durante el proceso judicial.

“Tras el análisis realizado podemos concluir, sin lugar a dudas, que estamos frente a juicios injustos. Instamos a las autoridades chilenas a tomar medidas para corregir con premura los errores y evitar situaciones similares que pongan en descubierto la histórica discriminación en contra de personas mapuche”, dijo Ana Piquer, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Chile.

Amnistía Internacional recomienda que las autoridades chilenas adopten, entre otras, las siguientes medidas:


-Garantizar justicia para las personas ya condenadas en ambos procesos judiciales: José Tralcal Coche, Luis Tralcal Quidel, José Peralino Huinca, Benito Trangol Galindo y Pablo Trangol Galindo.

-Modificar las normas constitucionales y legales que hacen que los juicios por delitos “terroristas” sean injustos, incluyendo una definición de “terrorismo” que se halle en plena concordancia con el principio de legalidad, la regulación de la prisión preventiva, el secreto prolongado de la investigación y el uso de testigos anónimos.

-Adoptar todas las medidas para que Fiscalías y policías actúen en forma objetiva y recaben las pruebas de manera adecuada. Además, se debe investigar exhaustivamente las denuncias de las pruebas obtenidas de manera ilegal y los malos tratos o apremios hacia imputados, abogados o testigos. Esto para evitar que se introduzcan pruebas ilegales en los juicios.

https://amnistia.cl/noticia/chile-autoridades-criminalizan-a-personas-mapuche-a-traves-de-juicios-injustos/

Para ver y bajar el documento Informe de Amnistía: https://www.amnesty.org/es/documents/amr22/8862/2018/es/

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Pruebas ilícitas, persecución a abogados y discriminación: El análisis de Amnistía Internacional de los casos Luchsinger e Iglesia


El informe de seguimiento de ambos casos judiciales da cuenta, en opinión del organismo internacional, de una serie de faltas de garantías y vulneración de derechos a los comuneros mapuche que fueron imputados. Dicen, entre otras cosas, que la policía incurrió en "ilegalidades y vulneraciones de los derechos humanos de los imputados", con el visto bueno de la Fiscalía.

Por Francisco Parra / 09.08.2018 @frparrag

Dos casos judiciales que contravienen directamente las normas del derecho internacional y la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó a Chile en el año 2014 por el uso discriminatorio de la Ley Antiterrorista contra dirigentes del pueblo mapuche.


La historia que se repite. 

Esa es la gran conclusión del informe de Amnistía Internacional sobre los bullados casos “Luchsinger Mackay” e “Iglesia”, que marcaron los últimos meses en La Araucanía. En el primero, los tribunales condenaron a Luis Tralcal, José Tralcal y José Peralino por el delito de incendio de carácter terrorista y muerte de Werner Luchsinger y Vivian Mackay, aunque falta todavía el pronunciamiento de la Corte Suprema para dejar la sentencia firme. 

En el segundo, los hermanos Pablo y Benito Trangol fueron condenados a 10 años de prisión por la quema de un templo evangélico en Padre de las Casas.

Amnistía hizo un proceso de seguimiento de ambos casos y realizó un informe, al que tuvo acceso El Desconcierto. 


“Luego de un minucioso estudio de ambos procesos, lamentablemente la organización ha encontrado que el Estado chileno no solo ha incurrido nuevamente en las mismas conductas que motivaron la condena de la CIDH, sino que además fue posible detectar puntos de preocupación adicionales”.

Específicamente, Amnistía cuestiona que los 16 mapuche que fueron llevados a juicio sufrieron de los alcances extraordinarios de la Ley Antiterrorista, que contribuyó en vulnerar sus derechos a la legítima defensa. Aquí presentamos las principales conclusiones.

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Las dudas sobre la sentencia del caso Luchsinger Mackay






Testigos reservados

Amnistía da cuente de que la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos establece que la protección de la identidad de los testigos debe ser regulada “de tal manera que tenga contrapesos suficiente para asegurar un adecuado contrainterrogatorio por parte de las defensas (…) en ningún caso un testigo anónimo debe servir como principal prueba para una condena”. Y eso es lo que ocurrió en el caso Iglesia, dice el informe.

En Chile, la Ley Antiterrorista entrega atribuciones la Ministerio Público y los tribunales para que seprohíba relevar la identidad de ciertos testigos. El Juzgado de Garantía de Temuco determinó proteger la identidad de cinco testigos del caso, que estaban dentro del templo cuando se inició al ataque. Todos declararon en el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, detrás de biombo que ocultaba a los testigos de los imputados y del público.

“La continua denegación de las garantías judiciales y el derecho al debido proceso de las personas mapuche que fueron procesadas en el caso ‘Iglesia’ es de suma gravedad, en especial porque ya la Corte IDH había identificado esta práctica como violatoria de los derechos humanos en el fallo Norín Catriman y otros”.



Declaración de uno de los testigos protegidos en el caso Iglesia

La organización asegura que, tomando la lectura de sentencia, se concluye que “la declaración de dos de estos testigos fue la única prueba que permitió al tribunal concluir la culpabilidad de las dos personas condenadas en el juicio ‘Iglesia’. 

En este juicio todas las pruebas materiales existentes en contra de los imputados fueron obtenidas en una detención que el tribunal declaró ilegal y por eso excluyó las demás pruebas. 
En consecuencia, la única prueba de cargo restante fue la declaración de dos testigos anónimos y en particular el hecho de que reconocieron a los dos condenados como participantes de los hechos”.


Amnistía dice directamente que las condenas del caso Iglesia fueron producto “de un juicio injusto que no respetó las garantías del debido proceso”.

La Fiscalía de la Temuco argumentó que el reconocimiento de los testigos a Benito y Pablo Trangol “fue espontáneo”, pero en el juicio quedó comprobado que el reconocimiento se produjo, en realidad, un día después de los hechos, cuando vieron las imágenes de ellos detenidos en un diario y en televisión.

“Podría haberse visto inducido por el hecho de ver a las personas al momento de ser detenidas (detención que además fue declarada ilegal), vulnerando así la presunción de inocencia que las ampara”.


Prisión preventiva desproporcionada

“El caso de la machi Francisca Linconao -dice el informe- es representativo. Por lo menos en tres ocasiones se cambió la prisión preventiva por arresto domiciliario (27 de mayo, 15 de julio y 20 de octubre de 2016), pero esa decisión fue revertida en todas esas oportunidades tan solo unos días después de que hubiera sido otorgada por el tribunal (2 de junio, 22 de julio y 26 de octubre de 2016). En cada ocasión, estuvo no más de una semana bajo arresto domiciliario y luego tuvo que volver a la cárcel”.

El informe apunta nuevamente a la Ley Antiterrorista, que alarga el proceso de investigación y, con eso, la prisión preventiva de los imputados. Los cuatro del caso Iglesia, por ejemplo, estuvieron un año y 10 meses en prisión preventiva. Y dos de ellos, Ariel Trangol y Alfredo Tralcal, fueron declarados inocentes. 

La misma legislación obliga a que los fallos sobre libertad condicional sean unánimes: “En al menos 13 ocasiones, la decisión del Juzgado de Garantía de Temuco de sustituir la prisión preventiva por arresto domiciliario fue revertida por la Corte de Apelaciones de la misma ciudad pese a que existió mayoría de la sala a favor de dicha medida alternativa, en aplicación de la norma constitucional que exige unanimidad para concede libertad al tratarse de delitos ‘terroristas’. 
Eso contribuyó a la prolongación de la prisión preventiva, precisamente porque se imputaban delitos ‘terroristas’ y pese a que en el caso de la machi Francisca Linconao la misma corte había adoptado una interpretación diferente”.

“El Estado chileno continúa violando el derecho a la libertad personal mediante la aplicación desproporcionada de la prisión preventiva”, dice el informe.
Hostigamiento, intimidación y obstáculos al derecho a la defensa

El informe cita también la situación de los abogados defensores de los comuneros mapuche. Específicamente, el de Karina Riquelme y Sebastián Saavedra, de la ONG Cidsur.

“En diversas ocasiones identificaron la presencia de hombres vestidos de civil que los vigilaban en los tribunales y sus alrededores, y les tomaban fotografías. Dos vehículos en los que se movilizaban las personas que los observaban pertenecían a carabineros de Chile y PDI, según el registro de matrículas vehiculares. Los abogados presentaron un recurso de amparo en contra del jefe de Carabineros de Chile IX Zona Araucania y el prefecto de la PDI ante la Corte de Apelaciones”.

Este hecho relevó que la Fiscalía había abiertos dos investigaciones penales en contra de Riquelme y Saavedra, por supuestamante obtener testigos por “vías inadecuadas”


Sebastián Saavedra y Karina Riquelme

La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso, al considerar que la policía esta actuando dentro de lo “normal en los tribunales”. 


El 19 de octubre, la Corte Suprema advirtió al Ministerio Público “no interferir en el trabajo de la defensa dentro del marco de investigaciones”. Ambas investigaciones fueron cerradas en enero de 2017.

Otro episodio, del caso Iglesia, tuvo que ver con hostigamiento a la madre de los hermanos Trangol, la señora Marta Galino Carilaf. Un día después de la detención de sus hijos, carabineros llegaron a su casa en la madrugada preguntando por el paradero de otro de sus hijos, quien a la fecha ya estaba fallecido.


Obtención de pruebas

Amnistia Internacional también cuestiona y califica como irregulares algunas de las pruebas de los juicios. la primera es conocida, es la posibilidad latente de que la declaración de José Peralino Huinca, la que incriminó a los otros diez imputados en el caso Luchsinger, puede “haber sido obtenida bajo coacción”.

Peralino se querelló en contra de los dos funcionarios de la PDI que le tomaron las declaraciones que serían claves en el caso. El joven acusa apremios ilegítimos y que cuando lo llevaron a declarar en 2013 “le mostraron fotos de él y su pareja en lugares públicos y le dijeron que si no hablaba, ella iría a prisión”. 

Dice también que uno de los policías le dio dinero.

La querella se presentó en junio de 2016 y hasta la fecha, el Ministerio Público ni siquiera le ha tomado declaración a los oficiales de la PDI, Guillermo Vilches y Claudio Leiro. 

Así quedó acreditado el pasado 4 de julio de 2018, cuando el Juzgado de Garantía de Temuco decretó la reapertura de la investigación y ordenó la toma de diligencias pendientes.


José Peralino Huinca

Lo mismo pasó, dice el organismo, con el allanamiento de la casa de la machi Linconao en el caso Luchsiger y la detención y registro del vehículo de los 4 imputados en el caso Iglesia.

Y en tercer lugar reclaman la contaminación de huellas por parte del personal policial, formularios de cadena de custodia incompletos, reconocimiento fotográfico que no sigue los protocolos, etc.

Estas tres situaciones, dice el informe, “levanta múltiples preocupaciones sobre la forma en la que la evidencia presentada en contra de las personas acusadas fue recabada y si se apega a los estándares de legalidad requeridos como garantía de un juicio justo”. 

Las tres, dicen, corresponden a actuar policial que “ha incurrido en ilegalidades y vulneraciones de los derechos humanos de los imputados”, con la Fiscalía validando dicho actuar.

Por último, Amnistía identificó una serie de elementos que consideran discriminatorios y estigmatizantes contra el pueblo mapuche, sobretodo en cómo los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco justificaron que el caso Luchsinger se trate de un delito terrorista.

http://www.eldesconcierto.cl/2018/08/09/pruebas-ilicitas-persecucion-a-abogados-y-discriminacion-el-analisis-de-amnistia-internacional-de-los-casos-luchsinger-e-iglesia/
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Amnistía Internacional acusa grandes deudas del Estado de Chile en temas de DD.HH.


Para la investigadora de la organización para Sudamérica, Valentina Ballesta, existen graves irregularidades en los juicios que se llevan a cabo contra comuneros mapuches, además del proceder de la Justicia liberando a personas condenadas por crímenes de lesa humanidad.

Rodrigo Fuentes- Jueves 9 de agosto 2018 22:06 hrs. 



“Chile volvió a cometer todas las infracciones por las cuales se condenó al Estado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos hace cuatro años”. 

Así de categórica se manifestó la investigadora de Amnistía Internacional, Valentina Ballesta, quien se refirió a las múltiples irregularidades en el proceder, tanto del gobierno como de la Justicia en casos que se involucra a comuneros mapuches y condenados por violaciones a los Derechos Humanos.

Este jueves, en el día de los pueblos originarios, la organización dio a conocer un informe que da cuenta de las deudas y la repetición de las infracciones que sigue cometiendo la administración central, a través de la utilización de la Ley Antiterrorista contra el pueblo originario.

Para la investigadora de la organización para Sudamérica, Valentina Ballesta, el uso de testigos anónimos, investigaciones secretas por parte de la fiscalía que no son reveladas a la defensa; y la aplicación de prisiones preventivas exacerbadas, prolongadas y totalmente desproporcionadas, van en contra de los acuerdos suscritos y el derecho internacional.

“El llamado que hacemos es a anular estos juicios. La violación a las garantías judiciales, la falta de un debido proceso y el menoscabo al derecho a la defensa de las personas procesadas, va en detrimento de la verdad y la justicia. Por lo tanto, nunca, a través de un juicio injusto, las víctimas y la sociedad conocerán la verdad de los hechos, y mucho menos obtendrán verdad, reparación y justicia”, afirmó.

Amnistía Internacional se refirió, además, a los recientes dictámenes emanados desde la Corte Suprema que otorgaron la libertad a personas condenadas por delitos de lesa humanidad y que permanecían recluidas en el penal de Punta Peuco.

Para Valentina Ballesta es indignante como ha procedido el Poder Judicial en esta materia, ya que, para la investigadora, no se evaluó en estricto rigor lo estipulado en los tratados internacionales suscritos por Chile.

“Cuando un Estado comete una infracción a este derecho, tenemos a la sociedad civil y al movimiento de Derechos Humanos en todo el mundo en la tarea de denunciar y hacer patente este tipo de violaciones, para que quede constancia, para ayudar a las víctimas en sus reivindicaciones, en su búsqueda de justicia, y para manifestar con firmeza que estos hechos no se sigan repitiendo”, argumentó.

Aunque la investigadora de la organización para Sudamérica, Valentina Ballesta, manifestó su frustración por el rechazo a la ley de despenalización del aborto en el Senado argentino, precisó que esta es una oportunidad para masificar la reivindicación femenina en todos los países de la región.

“Realmente la sensación es de victoria, a pesar de no obtener el resultado y que nos demoremos un poco más en obtener la reforma legislativa. Decepción por un lado, pero por otro, de que esto va a aumentar la lucha y las ganas de que los derechos de las mujeres se concreten de una vez por todas”, subrayó.

Valentina Ballesta recalcó que Argentina ha dejado pasar una oportunidad, pero que ya se ha instalado el tema en toda Sudamérica, por lo que no será la última, con tal precisó, de convertirse en un ejemplo para la región, tal como lo han hecho, por ejemplo, Uruguay o Ciudad de México.


https://radio.uchile.cl/2018/08/09/amnistia-internacional-acusa-grandes-deudas-del-estado-de-chile-en-temas-de-dd-hh/
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Amnistía Internacional denunció que la ley antiterrorista en Chile criminaliza a la comunidad mapuche

© José Caviedes, EFE | La directora ejecutiva de Amnistía Internacional Chile, Ana Piquer, y la investigadora de AI para Sudamérica, Valentina Ballesta, presentan el informe "Pre-juicios injustos: ley antiterrorista y el pueblo mapuche" en Santiago, el jueves 9 de agosto de 2018.

Texto por Federico Cué Barberena- 10/08/2018

La organización Amnistía Internacional presentó un informe en el que asegura, a partir del análisis de dos casos, que la aplicación de la ley antiterrorista en juicios contra activistas mapuches genera procesos injustos y sin garantías.

A través del informe "Pre-juicios injustos: criminalización del pueblo mapuche a través de la ley antiterrorista", la organización Amnistía Internacional (AI) denunció que la aplicación de esa normativa contra integrantes de la comunidad mapuche en Chile genera juicios injustos y sin garantías, que criminalizan a los indígenas.

En concreto, los especialistas de la institución analizaron en detalle dos casos de condenas contra mapuches bajo la órbita de esa legislación por episodios ocurridos en la región de La Araucanía, en el sur del país. Los ejemplos observados fueron el del matrimonio Luchsinger Mackay, que falleció en un incendio intencional en su vivienda en 2013; y la quema de una iglesia evangélica en 2016.

Según la directora ejecutiva de AI Chile, Ana Piquer, esos juicios no respetaron las garantías básicas de un debido proceso a causa de la aplicación de la ley antiterrorista contra los imputados, integrantes de la comunidad mapuche, la principal etnia indígena en el país sudamericano.

En ese sentido, desde AI recordaron que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó a Chile en 2014 por la implementación de la ley antiterrorista contra activistas de la comunidad mapuche, fallo que, aseguran, el país no acató.

En diálogo con France 24, la investigadora de AI para Sudamérica, Valentina Ballesta, remarcó que la organización pide al Estado chileno "la modificación de la ley" para "redefinir qué se considera terrorismo" porque, bajo el esquema actual, la aplicación de la norma "genera múltiples violaciones a los derechos humanos".

Asimismo, Ballesta reiteró que las autoridades chilenas, al decidir no cambiar el texto como solicitó la CIDH, "sigue reproduciendo las violaciones de derechos humanos que conlleva su aplicación" y provoca procesos en los que se incumplen cuestiones básicas como "el debido proceso, el derecho a la defensa y el juicio justo".

En la misma línea, la investigadora resaltó que la CIDH recomienda "dejar sin efecto las condenas que derivan de juicios injustos" y que "el Estado atienda la discriminación histórica contra los mapuches". "Nuestra gran preocupación es que se siga criminalizando al pueblo mapuche", aseveró.

Video:   https://www.youtube.com/watch?v=2CBsmV61hGo


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Según AI los mapuches no pudieron defenderse adecuadamente en ninguno de los dos casos estudiados

En los dos casos analizados por AI para la confección de su informe, los investigadores de la organización sostienen que los mapuches no pudieron defenderse de manera adecuada debido a que la ley antiterrorista le otorga atribuciones a la Fiscalía y los jueces, como el uso de testigos anónimos o la garantía del secreto de la investigación.

Además, según lo establecido por la ley antiterrorista, los imputados pueden permanecer durante un largo período de tiempo en prisión preventiva, sin condena firme, situación que AI califica como "desproporcionada" porque la consideran una "pena anticipada" y no un instrumento para garantizar el normal desarrollo del proceso.

Por su parte, en el caso del incendio intencional en la residencia del matrimonio Luchsinger Mackay, AI advirtió que varios de los imputados en el caso –por el que hay cuatro condenados, dos a cadena perpetua- estuvieron casi dos años en prisión preventiva.

Además, el informe especifica que la condena a tres de los acusados tuvo el soporte de una prueba que fue objetada en varias ocasiones por la defensa, al considerar que había sido obtenida mediante coacción.

Con EFE

http://www.france24.com/es/20180809-amnistia-ley-antiterrorista-mapuche-chile
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miércoles, 15 de noviembre de 2017

Caso Luchsinger-Mackay: Se dio a conocer sentencia que confirma absolución de mapuche

Caso Luchsinger-Mackay: Rodrigo Román confirma demanda contra el Estado de Chile

Maximiliano Alarcón |Miércoles 15 de noviembre 2017 7:56 hrs.

Este martes se dio a conocer la sentencia que confirmó la absolución de los comuneros mapuches que fueron acusados. El texto entregado por el tribunal confirma las críticas a los procedimientos policiales y de la Fiscalía.


Este martes el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco entregó la sentencia del caso Luchsinger-Mackay, documento con el detalle de los argumentos que decretaron la absolución de los once comuneros mapuches acusados y que permanecieron, en su mayoría, durante más de un año en prisión preventiva.

La resolución del tribunal ratifica el cuestionamiento a las pruebas entregadas por el Ministerio Público, las que se basaron principalmente en los testimonios de José Peralino Huinca, uno de los acusados y que según los persecutores era a la vez testigo clave.

Los magistrados estimaron que no era posible llegar a una condena afirmándose tan sólo en la primera testificación de Peralino, puesto que más adelante se retractó en el mismo juicio.

Sobre la sentencia, en conversación con Radio Universidad de Chile, el abogado defensor Rodrigo Román, aseguró que lo expuesto por el tribunal da cuentas de las irregularidades cometidas por la Fiscalía en este caso.

“En lo fundamental sostiene que el trabajo realizado por las policías, lo que tiene relación con el levantamiento de evidencias, con el empadronamiento de testigos, con el reconocimiento fotográfico y la supuesta prueba científica, en todo se dio cuenta de un trabajo desprolijo de parte de las policías y la Fiscalía, todo lo cual le quitó fuerza al supuesto relato que habría dado José Peralino”, indicó.

Esta situación podría abrir una nueva arista, esta vez en contra del Estado chileno, puesto que según confirmó Román, iniciaran una acción legal por el prolongado de tiempo de prisión preventiva en el que permanecieron los acusados, el que no se justificaba debido a la debilidad de las pruebas.

“Está establecida en la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público la posibilidad de accionar contra el Estado cuando el Estado enfrenta su visión del derecho penal de esta forma. Te mantiene encarcelado un año y medio, lo que lleva a juicio son pruebas irrisorias, sabiendo todo el tiempo que el camino lleva a la absolución. Hay una actitud temeraria de parte del Estado de Chile, por lo mismo durante los próximos días vamos a presentar una demanda contra el Estado de Chile.

En tanto, el Ministerio Público aún estudia la posibilidad de apelar o pedir la nulidad del juicio, por lo mismo debe estudiar la sentencia antes de que finalice el período legal para recurrir contra el fallo, para así encontrar algún resquicio que impugnar.

Por otra parte, la defensa de José Peralino se mantiene trabajando de cara a la causa por apremios y tortura que recibió el comunero de parte de la Policía de Investigaciones. Esta sentencia apoya las irregularidades en torno a la toma de declaraciones del comunero, un caso que incluso podría llegar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
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Tribunal dictó la sentencia absolutoria en el caso Luchsinger-Mackay

El texto expone que "la prueba del persecutor fiscal estuvo plagada de defectos".



Francisca Linconao. Foto: Agencia Uno

ADN Noticias14/11/2017


El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco dictó la sentencia absolutoria de los once comuneros mapuches, acusados por el Ministerio Público como autores del delito de carácter terrorista de incendio con resultado de muerte.

En fallo unánime el tribunal, integrado por los magistrados José Rau Atria, Patricia Abollado Vivanco y Luis Torres Sanhueza, decretó la absolución por no lograr la Fiscalía probar que los acusados participaron en los hechos que le costaron la vida al matrimonio conformado por Werner Luchsinger Lemp y Vivian Mackay González.

"Sin perjuicio de la falta de prueba acerca de la participación de los encausados, ninguno de los intervinientes que participó en este juicio -incluidos estos jueces- puede saber lo que realmente ocurrió la madrugada del 04 de enero de 2013 en el Fundo La Granja Lumahue", establece el fallo.



El texto agrega que "no puede pretenderse la obtención de una sentencia condenatoria sobre la base de un relato proporcionado hace dos años por un co acusado, incorporado a juicio por dos testigos de oídas, que evidencia serias contradicciones con el resto de la prueba de cargo y que, además, fue objeto de retractación en fase judicial".

El tribunal precisa que "la prueba del persecutor fiscal estuvo plagada de defectos que disminuyeron su poder de convicción (...) el riesgo de condenar a personas eventualmente inocentes era demasiado alto".

El fallo concluye que "se absuelve a los acusados José Tralcal Coche; Luis Tralcal Quidel; Aurelio Catrilaf Parra; Hernán Catrilaf Llaupe; Sabino Catrilaf Quidel; Juan Tralcal Quidel; Sergio Catrilaf Marilef; Eliseo Catrilaf Romero; José Peralino Huinca; José Córdova Tránsito y Francisca Linconao Huircapan, de los cargos".
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Caso Luchsinger-Mackay: lectura de sentencia. TOP de Temuco. 14 noviembre 2017


VIDEO: https://youtu.be/FfXvYafq2IY



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Caso Luchsinger-Mackay: Tribunal entrega sentencia absolutoria para imputados

La justicia confirmó la absolución de los 11 involucrados en la muerte del matrimonio, ocurrida en enero de 2013.


24Horas.cl TVN - 14.11.2017

El Tribunal de Garantía de Temuco dio lectura a la sentencia contra los 11 imputados por el crimen del matrimonio Luchsinger-Mackay.

"Considerando las argumentaciones en la sentencia, se absuelve a los acusados (...) de los cargos formulados en su contra como presuntos autores del delito de incendio con resultado de muerte. Se exime del pago de las costas al Ministerio Público y a la Intendencia regional por no haber sido vencido, igualmente que a la familia Luchsinger Mackay", indicó la magistrada en la breve audiencia que se desarrolló con normalidad.

Asimismo, se dispuso el archivo de la causa en la que el tribunal determinó, el pasado 25 de octubre, absolver a los 11 imputados por el crimen del matrimonio, quienes fueron quemados vivos en su parcela de Vilcún, en La Araucanía, en enero de 2013.

Recordar que el Fiscal Nacional, Jorge Abbott, planteó el pasado 30 de octubre que, tras conocer la sentencia definitiva, la Fiscalía podría presentar el recurso de nulidad para dar inicio a un nuevo juicio.


Al término de la audiencia, el Ministerio Público sostuvo que estudiarán la sentencia, debido a que "a contar del veredicto y al momento de acreditar una declaración como válida, sería motivo para recurrir de nulidad, además de analizar otros vicios o errores de derecho (...) estamos seguros que existían antecedentes probatorios".

Por su parte, la machi Francisca Linconao confirmó que incurrirán en una demanda por el tiempo que estuvo en la cárcel, pero aseguró estar contenta con el fallo, "porque soy inocente".

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Caso Luchsinger Mackay: Causa por torturas a José Peralino podría llegar a la Comisión Interamericana de DDHH

Natalia Figueroa |Lunes 13 de noviembre 2017 7:20 hrs.

Para el martes 14 de noviembre está agendada la lectura de la sentencia del caso Luchsinger- Mackay, donde se conocerán los argumentos detallados de los tres ministros del Tribunal Oral en Lo Penal de Temuco que absolvieron a los comuneros mapuches. Los antecedentes tendrán relevancia para definir el futuro de la causa particular por apremios y tortura que recibió José Manuel Peralino Huinca por parte de agentes del Estado.


“No es posible que la causa por extorsión hacia Peralino quede empantanada por el veredicto del caso Luchsinger- Mackay”. Así lo planteó para este reportaje la werken(mensajera en mapudungun) de la machi Francisca Linconao, Ingrid Conejeros.

El miércoles 25 de octubre pasado fue la última audiencia del juicio oral de la causa que buscó esclarecer la muerte de la pareja de parceleros, Werner Luchsinger y Vivian Mackay, en el Tribunal Oral en Lo Penal (TOP) de Temuco. Había mucha expectación mediática y, desde temprano, comenzó a congregarse gente a las afueras del recinto. 
Los familiares de los comuneros mapuches acusados esperaron hasta que los gendarmes dieran la autorización de ingreso y, mientras, colgaron lienzos en la reja del lugar aludiendo a la libertad de la machi y de los otros diez prisioneros. Y cuando llegó la familia de los Luchsinger también hizo lo suyo: colgaron una bandera chilena en medio de todas esas pancartas y se escuchó decir: “Chile es uno y la Justicia igual para todos”.

Después de una audiencia que duró no más de 15 minutos, esa mañana los tres ministros del Tribunal pusieron fin al encarcelamiento de 1 año y 7 meses que cumplía la mayoría de los imputados en el caso. Entre los flashes y las grabadoras, salió la machi Francisca junto a su vocera, los Catrilaf, los Tralcal y José Manuel Peralino Huinca. Este último acompañado por su hermano Alejandro Peralino, presidente de la comunidad Santos Curinao II, de Vilcún.

Pero José Peralino siempre ha estado en una posición compleja y así sutilmente se advirtió al salir de la audiencia. El gendarme le preguntó: “Peralino, ¿vai a salir?” y, a la primera, no obtuvo respuesta. 
Todos celebraban el fallo, pero ¿cuál sería la reacción con el que en un comienzo había delatado, con el que permitió que siguiera adelante el montaje y, por ende, quien se llevó muchas veces el apelativo del “sapo del caso”? 
Una imagen que, sin duda, fue reforzada comunicacionalmente por algunos medios de comunicación.

Ese era un temor, el motivo de su duda, hasta que al fin le dijo al gendarme que iba a salir y se quedó a un costado de la reja con sus dos hermanos. Los que se acercaron fueron contados con las manos: un par de periodistas, abogados defensores que le comentaron, por ejemplo: “Oye, no andí diciendo que no te saludamos, si siempre te damos la mano como corresponde. Usted también es víctima de esto”, y algunos dirigentes mapuche que le tomaron su número ante cualquier noticia sobre su causa particular. Pero los abrazos efusivos no fueron la regla para él.

Por lo mismo, lo primero que dijo José Peralino al consultarle su opinión sobre el veredicto, fue: “Hicieron un chantaje muy grande (…) Yo dije: va a llegar el día donde demostraremos nuestra inocencia y vamos a salir todos libres”. Y, agregó: “Quiero mandarle un mensaje a todos los que hablaron mal de mí, sé que fue mucha gente que lo hizo. Que no escuchen por ahí cualquier cosa que digan de uno por los medios y que se vengan a informar a tribunales”.

Los apremios

Durante los dos meses de juicio oral- iniciado el 21 de agosto pasado-, la tesis de la Fiscalía se basó en la confesión que hizo José Manuel Peralino Huinca, en 2013, como testigo protegido. Con esa declaración era posible afirmar la existencia de una reunión previa entre los comuneros mapuches para coordinar el supuesto ataque en la granja Lumahue del matrimonio Luchsinger y vincularlos directamente con su muerte. 

En 2015, declaró nuevamente como delator compensado ante los fiscales Alberto Chiffelle y Luis Arroyo, que también habrían escuchado los funcionarios de la Policía de Investigaciones (PDI) Guillermo Vilches y Claudio Leiro. 

Sin embargo, lo que hasta ahí la Fiscalía manejaban como el piso de su acusación fue desmentido más tarde por el propio Peralino en el Tribunal, denunciando presiones por parte de los policías. 
Pero el fiscal Arroyo negó cualquier apremio y confirmó la veracidad de la primera declaración hasta la última audiencia de la que participó.

Distinto de la versión de los persecutores, Peralino dijo que esa reunión no duró más de 5 minutos, no hubo registro de audio o video, no le leyeron sus derechos y los PDI se quedaron afuera – por lo mismo, se reconocieron como “testigos de oídas”-. Desde ahí y hasta el mes pasado, cumplió con arresto domiciliario hasta que los ministros levantaron las medidas cautelares para todos los mapuches.

“Cuando me agarraron me tuvieron sólo en el cuartel de la PDI. Me subieron a una camioneta y me dejaron aparte. Después me dijeron ´firma un papel y de esa manera vay a salir libre´. Pero ahí tenía que volver a echarles la culpa a todos. Había muchos policías, pero yo les dije que iba a hablar en el tribunal. Me dijeron ´no hueón, si aquí no mandái tu´”, relató. Según su testimonio, fue el jefe de los PDI, Raimundo Villegas, le ofreció “socorro” e incluso una casa fuera del campo si firmaba ese documento donde ratificaba su versión de los hechos. “Cuando yo le decía que iba a hablar en el tribunal, él se ponía rojito y entonces se acercaba más a mí. Yo le decía reconoce hueón que es mentira si mira cómo te estái poniendo”, comentó a nuestro medio.

Previo a que comenzara la audiencia pública de formalización, el 30 de marzo de 2016, Peralino tuvo breves diálogos con los policías. Antes de llegar al tribunal, cerca de las 8 de la mañana, recuerda que Vilches se le acercó por detrás, lo tomó con fuerza y él le dijo: “Haga lo que haga, espóseme no más. Aprete más o no, no pienso firmar esa declaración. Y ahí me hizo esa herida antes de entrar a la audiencia. El Vilches fue”, reconoció. Ante esas palabras, su hermano Alejandro, que durante esta entrevista se encontraba al lado de José, asentía y en sus propias muñecas mostraba el tamaño de las heridas.

Pericias deficientes

El 14 de julio de este año, el abogado defensor de José Peralino, Pablo Villar, le envió un correo electrónico al fiscal nacional, Jorge Abbott, con motivo urgente. En ese documento al que tuvimos acceso, el profesional solicitó expresamente a la máxima autoridad del Ministerio Público el cambio del fiscal a cargo de la causa, Cristian Voullieme. Esto, porque el persecutor ostentaba el cargo de titular en la causa donde Peralino era víctima y, a la vez, participaba en el equipo de alta complejidad que lo investigaba como imputado. Es decir, se transgredía toda imparcialidad. Y en ese mensaje también recalcó especialmente que se trataba de una materia de lesa humanidad. Pero la respuesta fue negativa.

Días antes, Voullieme había ordenado el sobreseimiento de la causa. Su posición de concluir con la indagación dejaba en evidencia una serie de arbitrariedades como, por ejemplo, que hasta ese momento la defensa no tuviera acceso a una copia actualizada de la carpeta investigativa – hoy maneja la misma versión de hace cuatro meses atrás-. Así también, la decisión pasaba a llevar al Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), organismo que presentó una querella criminal por el delito de apremio de agente del Estado y que fue remitida al Ministerio Público para que se iniciaran nuevas diligencias. Pero la actitud del fiscal de cerrar la investigación a como diera lugar se evidenció en otro correo electrónico, enviado durante esa misma semana de julio, donde la parte defensora de Peralino solicitaba llegar a un acuerdo y suspender la audiencia de sobreseimiento para exponer una metapericia, que hasta ese momento estaba en etapa de elaboración. Sin embargo, la respuesta de Voullieme fue: “No estoy de acuerdo en la suspensión. Atte. CV”, sin ninguna justificación. Todo lo anterior fue desestimado por el Tribunal de Garantía de Temuco que ordenó reabrir la indagatoria.

Lo que hasta ahora ha manejado la Fiscalía es el peritaje realizado por el SML a José Peralino que concluyó la inexistencia de apremios o tormentos por parte de los policías. Sin embargo, en ese documento se transcribe un relato de los hechos y luego se exponen las conclusiones sin utilizar la metodología del Protocolo de Estambul, la guía validada internacionalmente para investigar eventuales casos de tortura. Sobre esto, una información que se maneja es el análisis de la doctora Ruth Vargas Foreman, psicóloga que trabaja en el Centro de Tratamiento para Víctimas de Tortura en la Universidad de Ciencias de la Salud de Oregón y quien ha sido perito en Protocolo de Estambul ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). La experta dicta capacitaciones y charlas para los profesionales del SML, INDH y el Colegio Médico, encargados de emitir informes para este tipo de indagaciones. Precisamente, ella cuestionó el trabajo hecho por el SML y confirmó que a todas luces se evidenciaba una conducta por tortura psicológica.

A eso se sumaría la metapericia a cargo de la psicóloga Felicitas Treue que podría definir el rumbo del caso. La profesional tiene una extensa trayectoria en el tema y actualmente se desempeña como asesora del Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad (CCTI), en México. Su trabajo ad honorem para esta causa será entregado oficialmente en unas semanas. Adelantándose a la entrega de los resultados, el abogado defensor de Peralino, Pablo Villar, señaló a nuestro medio que este metaperitaje arrojó tres conclusiones donde se explicitan las deficiencias metodológicas en las pericias realizadas por el SML.

Al manejar este nuevo antecedente se abriría un nuevo escenario para la parte querellante, quienes insistirán en que se realicen nuevas indagatorias, que se formalicen a los imputados y que asuma el caso un fiscal de la recién creada Unidad Especializada de Derechos Humanos del Ministerio Público. “Si la Fiscalía persevera en no cambiar de persecutor y en sobreseer la causa, vamos a recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)”, precisó el profesional, aclarando que este sería la vía a seguir una vez agotadas todas las instancias nacionales.

Hay que destacar que el video de la audiencia donde se observaban las heridas en las muñecas de Peralino, y que fue exhibido en el juicio oral del caso Luchsinger, para esta causa particular no fue solicitado por el fiscal Voullieme y desde el tribunal señalaron que el registro fue borrado por antigüedad. El persecutor fue contactado para este reportaje pero hasta el cierre de esta edición quedamos a la espera de su respuesta.

Lectura de sentencia

Respecto de los dos testimonios que prestó Peralino, el presidente de los magistrados del TOP, José Ignacio Rau, fue enfático en el veredicto del caso Luchsinger: “La declaración de 8 de noviembre de 2013 adoleció de vicios de legalidad que impide otorgarle mérito probatorio. En cuanto a la declaración de octubre de 2015, no se acreditó la vulneración a las garantías constitucionales en los términos planteados por las defensas, razón por la que esa información fue válidamente introducida a juicio a través de las declaraciones de los testigos de a oídas pero tendrán que ser objeto de ponderación en la sentencia”.

Pero hasta aquí las pericias que se realizaron para indagar los apremios a Peralino- tanto del SML como el peritaje independiente- no entraron en juego. Si bien los jueces estimaron que Peralino como única fuente de información, y todas las actuaciones policiales que se realizaron a partir de su testimonio, configuraba una prueba insuficiente para dictar condena contra los mapuches, a la vez señalaron que no habría sido vulnerado. Posiblemente se entendería como una estrategia para no “contaminar” la otra causa abierta respecto del caso.

El abogado de la Defensoría Penal Mapuche, Pablo Ardouin, aclaró que en el juicio oral se planteó que las declaraciones de Peralino fueron ilegales porque existió una coacción inherente al prestar su testimonio, no por un tema de apremios ilegítimos. “Que existieran lesiones fue un aspecto que nos sirvió para contextualizar, pero eso no tenía importancia para las declaraciones porque técnicamente en ese momento no habían ocurrido y cuando fue agredido él no declaró inculpatoriamente. Existieron ilegalidades de otro tipo que nosotros sí sostuvimos, como por ejemplo que fuera aislado por parte de los funcionarios policiales”, precisó.

Sin embargo, en la lectura de la sentencia que está agendada para las 11 horas del próximo martes 14 de noviembre, se despejarán precisamente las argumentaciones de los jueces del TOP de Temuco respecto de este punto, lo que también dará luces para seguir en esta causa paralela.

“Una causa que no puede pasar desapercibida”

“Fue una persona utilizada para llevar a cabo un montaje”, así describió Ingrid Conejeros la posición de José Manuel Peralino Huinca dentro del caso Luchsinger -Mackay. Sostuvo que en algún momento se le asoció a una persona que trabajaba con los policías, pero que esa imagen cambió una vez que Peralino desmintió su acusación y relató los hechos desde las presiones y la extorsión de los PDI. “Todos los lamngen se dieron cuenta que era una víctima más porque lo estaban involucrando como una autor material del hecho y no sólo como un testigo. Es decir, podría haber obtenido una condena menor pero de todas maneras sería inculpado”, indicó.

Pese a lo anterior, Ingrid comentó que “no se puede dejar de decir que a José Peralino se le miró como a un mapuche que no actuó bien porque permitió que el montaje avanzara. Más que nada por dejarse manipular y no hacer algo antes. Pero luego se comprendieron esas manipulaciones”.

El foco ahora está puesto en vigilar esta causa particular para que no pase desapercibida ante el veredicto absolutorio que dictó el Tribunal. Para Ingrid es necesario entender que no se pueden forzar los lazos porque en esta causa se detuvieron a personas que tenían muy poca relación entre sí, pero que se fueron conociendo durante el proceso judicial. “La machi Francisca conocía a José Peralino y a José Tralcal pero tampoco tenía una relación fuerte con ellos, sino que eventualmente se veían”. Pero ahora existe claridad sobre el apoyo que le deben brindar por las graves vulneraciones a los derechos humanos que representa el caso.

Un clamor de todos los imputados, incluyendo a José Peralino, es que destituyan a los fiscales Alberto Chiffelle y Luis Arroyo, que llevaron adelante el caso Luchsinger- Mackay y que defendieron una hipótesis basada en graves falencias técnicas e indagatorias. “Fue un gran daño producido no sólo en las personas sino que en las familias, y eso obedece a una persecución. No fue un error o una falencia ocasional”, concluyó la werken Ingrid Conejeros.
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Machi Linconao: "Sufrí nueve meses en la cárcel y no debí estar ni una hora"

La líder espiritual mapuche fue una de las absueltas en el caso Luchsinger-Mackay.



Francisca Linconao. Foto: Agencia Uno

ADNradio.cl 25/10/2017


La machi Francisca Linconao pidió la renuncia de los fiscales Luis Arroyo y Alberto Chiffelle, luego que el Tribunal Oral de Temuco absolvió a los once imputados del caso Luchsinger-Mackay.

"Los fiscales mienten, los carabineros mienten, la PDI mintió. Y nosotros sufrimos, yo sufrí nueve meses en la cárcel y no debí estar ni una hora, porque yo soy inocente", dijo a la salida de la audiencia.

"Yo no miento, soy machi, hablo la verdad, y por eso Dios nos escucha", agregó.

El Tribunal de Temuco consideró que el Ministerio Público presentó pruebas insuficientes para culpar a Linconao y a otros diez imputados del incendio que mató a Werner Luchsinger y Vivianne Mackay.
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Wallmapu- Testimonio de José Manuel Peralino Huinca, 30 de marzo de 2016




Abya Yala Internacional- Publicado el 31 mar. 2016

El día miércoles 30 de marzo de 2016 la fiscalía chilena junto a cientos de personal de la Policía de Investigaciones, PDI, invaden sectores y comunidades de la nación mapuche en el actual Chile en busca de comuneros mapuche que supuestamente participaron de un ataque a una familia de colonos latifundistas en enero de 2013, resultando quemada la vivienda y sus dos ocupantes muertos en el incendio. 

Se trata de la pareja Luchsinger Mackay, descendientes de europeos traídos por el estado chileno una ves que Chile y Argentina invaden con sus ejércitos el territorio que le quedaba libre al pueblo mapuche y que estaba protegida por Tratados de Respeto firmados entre las nuevas repúblicas y el ancestral pueblo mapuche. 

Miles de mapuches fueron asesinados, ultrajados, secuestrados, violados, sus tierras, animales, cosechas y pertenencias robadas o incendiadas por ambos ejércitos en lo que los historiadores oficiales llaman, Campaña del desierto en Argentina y Pacificación de la Araucanía en Chile. 

En el caso actual había solo una persona detenida la que fue encontrada herida no muy cerca del sitio del suceso, el machi, autoridad espiritual, shaman mapuche Celestino Córdova que se encuentra actualmente secuestrado, recluido en la cárcel de Temuko quien fue declarado culpable por el Tribunal Oral en Lo Penal de Temuco, el que lo condenó a 18 años de presidio mayor en su grado máximo. 

Sorpresivamente la justicia chilena cree haber encontrado una persona mapuche que supuestamente participó del ataque e incendio y que delató a sus compañeros pues "no aguantaba el peso de la conciencia...." 

Sin embargo en el tribunal, este comunero niega lo dicho por la fiscalía y la policía diciendo que fue obligado a mentir por un policía de apellido Vilches, bajo amenazas coimas, engaños, intimidación y persecución tanto a el como a su novia y familia durante mucho tiempo. 

La policía y fiscalía chilena no quería que este comunero atestiguara en el tribunal pero concurrió a declarar para decir su verdad. 

Mostraba heridas en sus manos hechos por la policía mientras sufría amenazas para que no atestiguara. 

No es la primera ves que la fiscalía y policía chilena realizan montajes en contra de comuneros mapuche y su lucha por recuperar el legado dejado por sus ancestros a través de su territorio, cultura, cosmovisión.... 

Les dejamos su relato completo para que saquen uds sus propias conclusiones. El audio de la sala es deficiente pero se puede escuchar.