viernes, 26 de diciembre de 2014

Comunicado por Hector Llaitul/ Mapuche ONU/COP 20

                                          

                                               COMUNICADO

Los(as) familiares del PPM Hector LLaitul Carrillanca, frente al Recurso de Amparo presentado en contra del rechazo de la Libertad Condicional, señalamos lo siguiente:

Que consideramos que la negación de la Libertad Condicional, obedeció sólo a razones políticas, en tanto que Hector LLaitul cumplía con todos los requisitos.

Que la negación de ésta no obedece a argumentos jurídicos ni técnicos si no a argumentos inventados, no considerados por la ley.

Que la Libertad Condicional fue entregada a muchas personas que aún no cumplían con beneficios de salida de fin de semana o dominical, lo que contradice el argumento de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Concepción.

Por lo anterior, señalamos que de ser rechazado el Recurso de Amparo, acudiremos a la Corte Suprema para restablecer un poco de justicia.

¡LIBERTAD A TODOS LOS PRESOS POLÍTICOS MAPUCHE!

25/12/2014
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Abya Yala- Mensaje de Embajadora Mapuche con motivo del Día Internacional de los Derechos Humanos
Miércoles 10 de Diciembre, 2014.

En este día de los derechos humanos, queremos recordar la violación de los derechos humanos que es objeto diariamente el pueblo Mapuche, especialmente en aquellas comunidades que luchan por la restitución de sus tierras ancestrales.

Además de los abusos de poder de la policía y los fiscales, se puede observar un racismo institucionalizado que también se expresa en los tribunales chilenos. Uno de los ejemplos más claros es la diferencia como tratan a los latifundistas en cuyas casas encuentran arsenales de armamentos y que además amenazan de muerte públicamente a dirigentes mapuche, para ellos no hay detenciones ni se les aplica la Ley Antiterrorista.

Los constantes allanamientos arbitrarios que se llevan a efecto en las comunidades son otro ejemplo que no podemos olvidar. Es común que la policía sin presentar orden judicial, llegan a las comunidades, tirando bombas lacrimógenas, disparando balines, torturando a niños, mujeres, hombres y ancianos. Este accionar lo justifican bajo el pretexto de detener a los dirigentes y autoridades ancestrales de nuestro pueblo.

Durante sus redadas, la policía rompe las puertas, las ventanas, destruye los muebles y desparraman los alimentos, tales como el trigo, la harina y otros legumbres, roban a las comunidades lo que no pueden destruir, (hechos denunciados) para de esta forma empobrecer aún más a las comunidades que luchan por la restitución de sus tierras ancestrales.




Frente a estos atropellos, nuestra misión es denunciar ante los organismos de Naciones Unidas correspondientes, con la esperanza que ésta tome las medidas necesarias, para prevenir que estos hechos sigan ocurriendo en nuestro territorio, ocupado por los estados de Chile y Argentina.

La Misión Mapuche y su equipo esta indagando la violación de los diversos instrumentos internacionales que Chile ha ratificado y que sistemáticamente sigue violando, no solo se refiere al Convenio 169 de la OIT y la Declaración de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas, sino también, otras leyes internacionales que nos afecta como pueblo. Creemos que el pueblo mapuche, como estado nacional preexistente en los territorios que posteriormente las repúblicas de Chile y Argentina ocuparon por la fuerza de sus armas, es perfectamente viable que invoquemos la Carta de las Naciones Unidas, Relativa a Territorios No Autónomo, en particular el Artículo 73 que dice:

“Los Miembros de las Naciones Unidas que tengan o asuman la responsabilidad de administrar territorios cuyos pueblos no hayan alcanzado todavía la plenitud del gobierno propio, reconocen el principio de que los intereses de los habitantes de esos territorios están por encima de todo, aceptan como un encargo sagrado la obligación de promover en todo lo posible, dentro del sistema de paz y de seguridad internacionales establecido por esta Carta, el bienestar de los habitantes de esos territorios”.

Como sabemos ambas repúblicas se embarcaron entre 1862 y 1885 en una guerra de ocupación del territorio de un pueblo que era independiente. Desde entonces nuestro pueblo ha sobrevivido uno de los periodos más amargo de su historia, hemos sido víctima de genocidio, limpieza étnica y posteriormente de una política de “integración” que no fue otra que una política de asimilación para hacernos desaparecer como pueblo.

De tal forma que hoy los mapuche no solo tenemos la tarea de exigir el respeto de los derechos humanos, sino también tenemos la tarea de reconstruir nuestra nación, que significa restablecer nuestras instituciones políticas para que de manera cohesionada recuperemos nuestro territorio ancestral ilegalmente ocupado por dos naciones que se valieron de su poderío militar para subyugar a un pueblo que era independiente, libre y soberano.

Flor Calfunao Paillalef
Apo Werken – Embajadora

- http://mapuche-nation.org/espan…/html/noticias/cmdo-569.html

http://mapucheonu.wordpress.com/2014/12/26/mensaje-de-embajadora-mapuche-en-el-dia-internacional-de-los-derechos-humanos/


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Declaración de la Cumbre de los Pueblos Frente al Cambio Climático


DECLARACIÓN DE LIMA
Cumbre de los Pueblos Frente al Cambio Climático
Lima, 11 de diciembre de 2014
http://ayi-noticias.blogspot.com/2014/12/peru-declaracion-de-la-cumbre-de-los.html

Informe Mapuche a delegación de Estados Unidos

Informe de las organizaciones Mapuche Consejo de Todas las Tierras, Comunidad Autónoma de Temucuicui y Comunidad Didaico.

A: Arnaldo Arbesú Primer Secretario Asuntos Políticos
Delegación Gubernamental de los Estados Unidos.

Mediante la presente adjuntamos un breve informe con motivo a su visita que realiza el día 04 de diciembre 2014, en el territorio Mapuche con el objeto de interiorizarse de la situación Mapuche.

La situación del Pueblo Mapuche tiene especial particularidad en el contexto de los Pueblos Indígenas de América y del país, considerando la relación con el sistema colonial hispano basado en los Tratados o Parlamentos lo que tuvo un estatus jurídicos particular, situación que cambió radicalmente luego de las acciones militares del Estado Chileno en el territorio Mapuche con el objeto de conseguir su expansión territorial, cuyos actos además de materializar el despojo territorial y sus recursos constituyó la aplicación doctrina de la negación mediante una política de “domesticación y colonialismo” que perdura hasta el día hoy. 

Razones fundamentales del cual se originan las tensiones y controversias entre el Pueblo
Mapuche y el Estado Chileno.

I.- Situación Mapuche desde un punto de vista histórico: Relación sistema Colonial Hispano y Estados Chileno.

A raíz de la resistencia del Pueblo Mapuche ante la política de expansión del sistema colonial hispano, se establecieron un conjunto de Tratados o Parlamentos que se convinieron desde 1641 y que abarco toda la era colonial hispana en Chile.

Los Tratados o Parlamentos establecían un reconocimiento expreso de un territorio con soberanía Mapuche que comprendía desde el Río Bio Bio al Sur y también establecía una forma de comercio entre las partes entre otros asuntos.

II.- Relación Estatal Chilena y Pueblo Mapuche.

Luego de la independencia de los criollos Chilenos y haber instaurado un gobierno, éste continúo con la política de Tratados o Parlamentos con el Pueblo Mapuche y como un acto de entendimiento celebró con el Pueblos Mapuche el Tratado o Parlamento General de Tapihue efectuado el mes de enero 1825. Este acuerdo ratifica la frontera territorial Mapuche y su soberanía, es decir, el Pueblo Mapuche se gobernaba en su territorio ancestral reconocido por un acuerdo bilateral entre las partes.

III.- Ley 02 de Julio 1952. 

A pesar que el Estado Chileno había firmado un Tratados o Parlamento General con el Pueblo Mapuche de reconocimiento y protección a su territorio y recursos.
Este adoptó unilateralmente una norma jurídica que tuvo por objeto transgredir los Tratados o Parlamento que habían convenido. Aunque esta norma tenía un carácter temporal reconocía expresamente que desde el Rió Bio-bio había una frontera ocupado por el Pueblo Mapuche y que el Estado instalaría fuertes militares para materializar la ocupación del territorio Mapuche y del cual comienza el despojo territorial.

A raíz de esta situación especial de reconocimiento expreso del Pueblo Mapuche y su territorio mediante los Tratados o Parlamentos. Consideramos apropiado y oportuno que el Estado Chileno debe atender estos derechos que además han sido reconocidos por el derecho internacional mediante la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas que en su artículo 37.- estipula “Los Pueblos Indígenas tienen derecho a que los Tratados, acuerdos y otros arreglos concertados con los Estados o sus sucesores sean reconocidos, observados y aplicados y a que los Estados acaten y respeten esos Tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos”

IV.- Actos Coercitivos Militares o Pacificación de la Araucanía.

El Estado Chileno a pesar que había convenido un conjunto de Tratados o Parlamentos que tenían por objeto exclusivo la protección del territorio Mapuche, tomo la decisión de invadir militarmente al Pueblo Mapuche que vivía pacíficamente en su territorio ancestral. Estas acciones militares además de diezmar la población Mapuche significo la confiscación, toma y ocupación del territorio y sus recursos.
Este hecho se consumo durante 1881. A partir de esa situación se deriva la actual
situación Mapuche instaurándose un proceso de Chilenización materializada en una
política de colonialismo y domesticación continua.

Situaciones similares a los actos coercitivos militares como fue la Pacificación de la
Araucanía ha sido calificado por el Derecho Internacional como acto contrario a los
derechos humanos de los Pueblos Indígenas, en ese sentido la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en su artículo 28.- estipula. “Los Pueblos Indígenas tienen derecho a la reparación, por medios que pueden incluir la restitución, o cuando ello no sea posible, una indemnización justa, imparcial y equitativa, por las tierras, territorios y los recursos que tradicionalmente hayan poseído u ocupado o utilizado de otra forma y que hayan sido confiscados, tomados y ocupados, utilizado o dañado sin su consentimiento libre previo e informado”

Esta parte del derecho internacional cubre complemente la situación Mapuche e invita a las partes y especialmente al gobierno brindarle su implementación. V.- La Dictadura Militar y los actos de usurpación Territorial

La dictadura militar del general Pinochet con el objeto de continuar con el despojo de tierras del Pueblo Mapuche adoptó el Decreto de Ley 2568. Esta norma permitía otorgar títulos de tierras Mapuche por el solo hecho ser “ocupante de tierras”, al mismo tiempo eliminaba la “calidad de Indígena al momento de ejecutarse la división de las tierras”. 
En este mismo sentido esta norma permitió el “arriendo de tierra por un “periodo de 99 años”. Esta es la única norma jurídica en el país aplicado especialmente al Pueblo Mapuche y que por su naturaleza resulta completamente discriminatoria en relación a la población Chilena.

Durante la vigencia de esta norma jurídica 1979 a 1993, el Pueblo Mapuche perdió una extensión de 200.000 hectáreas de tierras.


VI.- Las Empresas Forestales, el Monocultivo de Especies Exóticas y los Proceso de Migración Forzadas de las Familias Mapuche.

Las empresas Forestales en su gran mayoría operan en el ancestral territorio Mapuche. Esta es la causa fundamental que las comunidades Mapuche reivindican las tierras de su propiedad. 
Estas empresas se instalaron durante la vigencia de un régimen irregular de la dictadura militar, pero al mismo tiempo adquirieron bienes patrimoniales que le pertenecen jurídica y legítimamente al Pueblo Mapuche.
El Monocultivos con especies exóticas como son el Eucaliptus y el Pino Radiata ha
modificado adversamente los sistemas ecológicos causando además la absorción de las napas subterráneas provocando sequías del elemento vital del agua para el consumo de la población Mapuche, a causa de esta situación las comunidades Mapuche han tenido que migrar a las áreas urbanas del país.

VII.- Ley Antiterrorista.

El proyecto de ley que sanciona la conducta terrorista, por sus características ha generado profundas preocupaciones en el movimiento Mapuche. La figura del “Agente Encubierto”, estaría exento de responsabilidad penal, esta situación podría provocar arbitrariedades vulnerando el debido proceso legal, además generará contexto de desconfianza en la convivencia social cotidiana en la vida urbana y rural del país.

La figura del “Agente Encubierto” ha sido utilizado en varias otros países como fue el Comisionado Militar en Guatemala, las actuaciones y la adopción de resoluciones de los jueces en el Perú y las mismas actuaciones de la Central Nacional de Inteligencia CNI y la Dirección de Inteligencia Nacional DINA, estas figuras en la práctica fueron agentes encubiertos y exentos de responsabilidad penal.

Consideramos que la nueva Ley Antiterrorista que promueve el gobierno, tiene por objeto contrarestar las movilizaciones Mapuche por el derecho a la libre determinación y la restitución de sus tierras usurpadas.


VIII.- Derecho a la Libre determinación.

El Pueblo Mapuche esta desplegando sus esfuerzos para implementar el derecho a la libre determinación al amparo del derecho internacional, estipulado en la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en su artículo 3.- “Los Pueblos Indígenas tienen derecho a la libre determinación.
En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural”


IX.- Militarización y la Propiedad Privada

Los diferentes gobiernos de turno luego de la dictadura militar, han respondido al Pueblo Mapuche militarizando la protección de las tierras que reivindican las comunidades Mapuche. La protección de la propiedad privada está contenida en la Constitución Política del 1980, sin embargo, la aplicación de esta norma ha sido totalmente discriminatoria con el Pueblo Mapuche y la protección de su patrimonio territorial. 

La ley y la constitución política no han sido utilizado bajo el principio de la igualdad con el Pueblo Mapuche, al contrario en plena vigencia de la constitución del 1980, mediante el Decreto de Ley 2568 se despojó al Pueblo Mapuche de una extensión de 200.000 hectáreas de tierras.


X.- Recomendaciones de la Comunidad Internacional al Estado de Chile El Estado de Chile, ha sido objeto de un conjunto de recomendaciones de los organismos de protección de los Derechos Humanos proveniente de la organización Intergubernamental de Naciones Unidas, sin embargo, el gobierno no ha incluido ni ha implementado ninguna recomendaciones, al contrario, han sobresalido los actos de mala fe en las relaciones con
las comunidades Mapuche.

La última recomendación al Estado Parte de Chile, proviene del Comité Internacional para la Eliminación de la Discriminación Racial y establece.

El Comité reitera sus recomendaciones al Estado parte y lo alienta a: a) acelerar el proceso de restitución de tierras ancestrales y a proporcionar los recursos eficaces y suficientes para proteger los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras y recursos ancestrales, de acuerdo con la Convención, demás normas internacionales relevantes, y
con los tratados firmados entre el Estado parte y los pueblos indígenas (CERD/C/CHL/CO/15-18, párr. 21);

XI.- Comisión de Esclarecimiento Histórico Mapuche

La situación del Pueblo Mapuche requiere urgentemente el establecimiento de una
“Comisión de Esclarecimiento Histórico Mapuche”. Esta comisión debe contar con un mandato claro y preciso sobre el tiempo que se debe esclarecer y los asuntos que se deben esclarecer. Al mismo tiempo debe contar con la capacidad de elaborar
recomendaciones de resarcimiento e indemnización bajo los estándares de los derechos humanos y del mismo modo esta Comisión debe recomendar las instituciones para establecer una convivencia firme y duradera entre el Pueblo Mapuche y la sociedad Chilena.


XII.- Consulta Indígena y el Decreto Supremo N.-66 y Decreto Supremo N.- 40

La consulta indígena que está impulsando el gobierno, resulta completa y absolutamente unilateral, porque no incluye ninguna temática proveniente del movimiento indígena, ni las recomendaciones de la comunidad internacional.

El objeto de la consulta en cuanto a crear un “Consejo de Pueblos Indígenas”.
Esta figura institucional resulta similar a un jardín infantil, porque aleja a los Pueblos
Indígenas del centro de poder y del dialogo con el Estado. 
Paralelamente el “Ministerio de Asuntos Indígenas” por su naturaleza será un órgano que
continuara aplicando la política de colonialismo y domesticación con los Pueblos
Indígenas y sus derechos.


VICTOR QUEIPUL                       JORGE HUENCHULLAN CAYUL
       Lonko                                                              Werken
Comunidad Autónoma de Temucuicui Comunidad Autónoma Temucuicui

ANICETO NORIN CATRIMAN                 AUCAN HUILCAMAN PAILLAMA
           Lonko                                    Enc. Relaciones Internacionales Comunidad Didaico Consejo de Todas las Tierras

DOMINGO CURIN SEGUNDO ANTILAO MARTIN
Wallampuche, Temuco, Chile 04 de diciembre 2014 

lunes, 17 de noviembre de 2014

Temuko: Conferencia sobre ley Antiterrorista y Adopción de Nota al Relator Especial



Convocatoria Seminario sobre Examen a la Ley Antiterrorista, adopción y envío de carta al Relator Especial de Naciones Unidas sobre Terrorismo y Derechos Humanos.


1.- Es de conocimiento público que el gobierno de la presidenta Michelle Bachelet ha presentado al Parlamento un Proyecto de Ley Antiterrorista, esta iniciativa legal contiene varios asuntos que causan preocupaciones al movimiento Mapuche que esta luchando por la restitución territorial y el derecho a la libre determinación.


2.- El gobierno también ha solicitado asesoría a los gobiernos de España y Francia por su experiencia de lucha contra el Pueblo Vasco que lucha por la autodeterminación.


3.- El gobierno de Chile, ha desechado los órganos y mecanismos que se ha dotado la comunidad internacional en la lucha en contra del terrorismo, es decir, los mecanismos y recursos que dispone la organización Intergubernamental de Naciones Unidas para combatir el terrorismo en el ámbito de los Derechos Humanos y el gobierno Chileno ha tomado una ruta completamente distinta.


4.- A raíz de la visita a Chile del Relator Especial de las Naciones Unidas en el mes de Julio 2013, este emitió un informe preliminar y un informe final con fecha 11 de marzo 2014 en donde le recomienda a Chile medidas de carácter prioritarios para resolver las tensiones y controversias con el Pueblo Mapuche, sin embargo, el gobierno se ha desentendido de dicho informe.


5.- Las organizaciones Mapuche interesadas en este asunto nos hemos propuesto examinar la vigencia de las recomendaciones del Relator Especial de Naciones Unidas sobre Terrorismo y Derechos Humanos. En esta Conferencia también adoptaremos una nota urgente dirigida al Relator Especial con el objeto de extenderle una invitación para que visite el país y le brinde asesoría al gobierno de Chile y escuche a las partes interesadas.


6. Esta conferencia se realizara el día jueves 20 de noviembre de 2014, en la ciudad de Temuco, desde las 10:30 adelante, en calle Antonio Varas- (Colegio de profesores)


7.- Se invita a participar a todas las personas, representantes de comunidades y organización del Pueblo Mapuche que trabajan en la promoción y protección de los derechos del Pueblo Mapuche.


Comunidad Autónoma Temucuicui
Pacto Mapuche Autodeterminación
Consejo de Todas las Tierras,
Consejo Autónomo de Imperial

Entre otros

Wallmapuche, Temuco, Chile 15 de noviembre 2014
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- Vea el informe 
del Relator Especial de las Naciones Unidas en el mes de Julio 2013,(ONU) sobre este tema akí: 

jueves, 30 de octubre de 2014

Asesinan a comunero Mapuche/ se retira general anti mapuche

Informamos que durante la noche fue asesinado de un disparo en el torax, al parecer de escopeta, en la entrada de su casa, el Dirigente Mapuche Victor Manuel Mendoza Collio, Werken de la comunidad Manuel Pillan, comunidad que hace poco tiempo llevaba adelante un proceso de reconstruccion de su territorio. 

Hasta ahora las circunstancias son confusas, poco claras respecto al nuevo asesinato de un Mapuche,de un dirigente Mapuche. 

/.....Llamar en este momento a un respeto fundamental por la familia y no realizar afirmaciones poco correctas o basadas en la desinformacion para facilitar el proceso de aclaracion de este hecho, por la tranquilidad de la familia...../

Este es el segundo asesinato de un dirigente mapuche en la zona, primero fue Rodrigo Melinao Likan de quien aun no se sabe nada de los culpables.

En la zona mapuche hoy ocurre una guerra de baja intensidad, propiciada principalmente por el estado ocupante, en el convergen distintas fuerzas, distintos tipos de violencia, primero, el estado como ocupante y desatante primario de la violencia, despliega todos sus recursos militares para defender sus intereses y los intereses de las transnacionales, es con ellos principalmente que confronta el Pueblo Mapuche a travez de sus fuerzas que llevan adelante la ultima expresion de resistencia fisica contra esta invazion, el weychan, pero tambien los particulares, quienes no contentos con la represion del estado, toman tambien una posicion de violencia para defender sus intereses y apoyados en su racismo cronico no dudaran en asesinar a uno de los nuestros.

Pero no olvidemos otro factor, el ADI organizacion propiciada y financiada por el gobierno que involucra a mapuche corruptos de la zona, ellos se han convertido lamentablemente en un grupo oscuro que persigue la desmovilizacion y desvirtuacion de la lucha mapuche, pero tambien persiguen ocupar predios para favorecer a su clientela.

Frente a todo esto podemos preguntarnos, a quien le conviene asesinar a un dirigente mapuche que levanta su comunidad?
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Peñi Víctor Mendoza Collío fue asesinado frente a su casa por desconocidos y no en enfrentamiento entre comunidades



Temuco, 30 de junio de 2014. (Mapuexpress.org)— Frente a su casa por disparos de dos desconocidos a rostro descubierto murió la noche de este miércoles el comunero mapuche Víctor Mendoza Collio, en el sector Pidima de la comuna de Ercilla. Esta es la versión que manejan las comunidades y cercanos a la familia y no la versión que señala que habría muerto por enfrentamiento con otras comunidades o conflictos al interior de su comunidad.

“No es problema entre o al interior de su comunidad. Llegaron dos personas a su casa, él salió a atender y luego le dispararon por la espalda. No se sabe quiénes fueron pero los culpables hicieron esta acción a rostro descubierto”, relató a Mapuexpress un comunero vinculado a la familia.

Victor Mendoza Collío estaba realizando la vocería de la comunidad Manuel Pillan de Pidima que está en proceso de recuperación de sus terrenos ancestrales que ahora estarían siendo ocupados hoy por ciertos personajes que habrían participado de la dictadura de Pinochet.

Durante esta mañana además circuló por las redes sociales esta aclaración acerca de los lamentables hechos, y que coincide con la obtenida por Mapuexpress.

“La versión que todos los medios están entregando acerca de la muerte del peñi Victor Manuel Mendoza Collio es totalmente errónea de que fallecio producto de enfrentamiento entre comunidades por demandas de tierra.

En conversación directa con la familia anoche en su hogar, sus padres dijeron que su hijo fue Asesinado cobardente por desconocidos a esos de las 21:20 hrs. Lo mataron en puerta de su casa y enfrente de su pequeña de 6 añitos, con disparo de escopeta.

El cuerpo de Mendoza Collio fue levantado por el Servicio Medico Legal a esos de las 5:15 de la madrugada y fue traslado a Temuco.

El peñi asesinado era Werken de su Lof Manuel Pillan, su comunidad hace pocos días atrás había hecho ocupación territorial en el sector Lolenco, dichas tierras están en manos de forestales”.- 
- http://mapuexpress.org/2014/10/30/peni-victor-mendoza-collio-fue-asesinado-frente-a-su-casa-por-desconocidos-y-no-en#sthash.ETneLz44.dpuf
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Bachelet lamenta muerte de mapuche y señala que no tendría “un sentido ni político ni nada”



Durante su visita a España, la presidenta Michelle Bachelet fue consultada por el caso del mapuche hallado muerto en una comunidad de Ercilla ayer miércoles. La mandataria señaló que será la justicia quien aclare los hechos.
Junto con lamentar lo que -según los primeros antecedentes- sería un homicidio de Víctor Manuel Mendoza Collío, la presidenta se limitó a señalar que de acuerdo a las informaciones que ha recibido, el crimen no se originaría en el marco de las reivindicaciones del pueblo mapuche. 

“A mí me han dicho que más bien no tiene un sentido ni político ni nada, sino que otro tipo“, afirmó la jefa de Estado, agregando que “será la justicia, la fiscalía la que determine las causas”. 

“Por cierto que todo fallecimiento es algo que lamentamos, pero en este caso será la justicia la que definirá cuáles fueron las condiciones, si es que hay alguien sospechoso o culpables claros determinados”, agregó.

El miembro de la comunidad Requem Pillán fue encontrado muerto en la puerta de su casa, con un disparo en el tórax, sin que hasta ahora se aclare el contexto en que se habría originado la presunta agresión.

Conflicto Estado-mapuche

Consultada sobre la situación general de las reivindicaciones de las comunidades mapuche y los hechos de violencia asociados, la presidenta Bachelet afirmó que los conflictos no se han iniciado en este gobierno, “han venido tiempo atrás”.
“En este Gobierno han habido sin duda expresiones que nos preocupan, que nos han hecho tomar las medidas pertinentes en los casos en que se ha requerido de medidas especiales”, explicó a la prensa en Madrid. 

En el mismo tema, ratificó su respaldo al intendente de La Araucanía, Francisco Huenchumilla. “Creo que el intendente ha llevado adelante una política de diálogo tanto con las comunidades como con todos los actores sociales y una deuda historia que tenemos sin duda no se resuelve en ocho meses”, dijo.

Fuente: BioBioChile http://www.biobiochile.cl/2014/10/30/bachelet-lamenta-muerte-de-mapuche-no-tendria-un-sentido-ni-politico-ni-nada.shtml
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Victor Mendoza Collío, muere tras recibir disparo en las cercanías de Pidima



Fuente: biobiochile.cl

Un comunero mapuche, integrante de la comunidad Requem Pillán, fue encontrado muerto este miércoles, según confirmó la gobernadora de Malleco, Andrea Parra.

La información preliminar indica que hecho se habría registrado al interior de dicha comunidad, la cual se ubica en la localidad de Lonco Mahuida, 18 kilómetros al interior de Pidima, perteneciente a la comuna de Ercilla, en la Región de La Araucanía.

El capitán de Carabineros, Francisco Guzmán, indicó que la muerte del hombre se habría producido en el contexto de un enfrentamiento entre dos comunidades mapuche. El funcionario policial también confirmó que se registraron distintos cortes de caminos y barricadas en el sector.

A las 21:30 horas, la Cenco de Malleco habría recibido una llamada por parte de una persona que no se identificó y que daba cuenta de la muerte de un comunero mapuche, deceso producido por impacto de bala.

Es por ello que la policía uniformada y personal del GOPE realizan las diligencias para investigar los hechos que se presuntamente se desencadenaron tras una riña y también para verificar la identidad de la víctima fatal.

El fiscal César Chivar confirmó la identidad del fallecido. Se trata de Víctor Manuel Mendoza Collío, quien recibió un impacto de bala en el tórax.

Según se indicó, la víctima fatal era familiar del comunero mapuche Jaime Mendoza Collío, quien murió hace 5 años tras recibir un disparo por la espalda por parte de un funcionario policial durante la recuperación del Fundo San Sebastián.
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Se retira general de Carabineros que aparecía en tarjetas de presentación de narco



Por Matías Rojas - Fuente: elciudadano.cl

Cuestionado por su responsabilidad de mando en la muerte del comunero mapuche Jaime Mendoza Collío, y por la presencia de su nombre en documentos incautados a un traficante de drogas vinculado a la causa judicial de Jorge Matute Johns, se acogió esta semana a retiro el jefe de Zona de la Región del Biobío, general Iván Bezmalinovic Hidalgo.

Carabineros definió ayer la composición del Alto Mando para el próximo año, confirmando la permanencia de los generales Bruno Villalobos Krumm (inteligencia) y Juan Gutiérrez Silva (justicia), quienes fueron ligados, por una reciente investigación de El Ciudadano, al caso de las escuchas telefónicas ilegales denunciadas en 2011 ante el parlamento.

Asimismo, la institución ratificó en su cargo al general de la Región de Magallanes, Eduardo Weber Vejar, condenado por el Primer Juzgado de Letras de Punta Arenas a pagar 20 millones de pesos de indemnización por un caso de abuso de poder en contra de un suboficial en retiro.

En cuanto a Bezmalinovic, quien usó un helicóptero fiscal para emitir su voto en Angol durante las pasadas elecciones presidenciales, sorpresa causó el hecho de que el general llevara menos de un año en la jefatura de zona.

La premura en desplazar de las filas institucionales de Bezmalinovic podría deberse en parte –según comentarios emitidos por una fuente allegada a la Prefectura Concepción– al complicado escenario que se proyecta en Carabineros con los interrogatorios a funcionarios activos y en retiro anunciados ayer por la ministra en visita Carola Rivas, quien lleva adelante el emblemático proceso de Jorge Matute Johns.

Trascendió hace algunos meses que Bezmalinovic contrató como personal C.P.R. al teniente coronel en retiro Jaime Portales Yefi, abogado que intervino irregularmente en las primeras pesquisas del caso que se inició en la discoteque La Cucaracha. A mediados del año 2000, Portales fue también acusado de obstruir el sumario interno que indagó los vínculos del traficante apodado Mañungo con funcionarios de Carabineros, denuncia que nunca fue investigada.

Documentos del proceso conocido como el “cartel del Carbón”, que será examinado en las próximas semanas por la jueza Carola Rivas, corroboran que el nombre de Iván Bezmalinovic aparecía en las tarjetas de presentación y agendas incautadas a un detenido que concentró la atención del OS7 por “trasladar clorhidrato de cocaína” para Mañungo, según se lee en un oficio dirigido al juez del Primer Juzgado del Crimen de Talcahuano, el 2 de agosto de 2000.

Cabe señalar que las denuncias de una red de narcotráfico en Coronel ya eran conocidas en 1995 por el OS7 de Concepción. Una testigo que aportó antecedentes al departamento anti-drogas de la Región del Biobío y que declaró ante el fallecido juez Eduardo Carrasco, quien instruyó un proceso en paralelo al de Matute, señaló que “todas las pruebas contra Manuel (Mañungo) las hicieron desaparecer… pienso que los que las hicieron desaparecer fueron estos funcionarios de Carabineros que denuncié”.

A mediados de la semana pasada, El Ciudadano fue notificado sobre el resultado del sumario administrativo ordenado instruir a petición del Consejo para la Transparencia por la pérdida de archivos internos del “caso Mañungo”.
La resolución, firmada por el general Ivan Bezmalinovic, concluye que no fue posible establecer la derivación de dicha investigación interna a la ciudad de Santiago y por tanto continuaría desaparecida, pese a que el octavo punto del documento considera la declaración del funcionario Rubén Vega Sepúlveda, quien señaló que “varias veces le tocó cocer la citada documentación conocida como el ‘Caso Mañungo’ o el ‘Cartel de Coronel’ e indicó que ésta era constantemente remitida a Santiago”.
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viernes, 24 de octubre de 2014

Josè Aylwin y Wallmapuwen manipulan el concepto de "PARLAMENTO"



COMPLICIDAD Y DOBLE ESTANDAR DE JOSE AYLWIN OYARZUN EN ALIANZA CON WALLMAPUWEN

José Aylwin Azocar, Co- Director del Observatorio Ciudadano, junto a Pedro Mariman Quemenado, éste último Presidente del partido político Wallmapuwen, han manifestado en reiteradas oportunidades que la Consulta Indígena no se podía realizar porque estaba viciada. El primero, emitía estas declaraciones en calidad de jefe del observatorio y el segundo, además en calidad de empleado, encargado de aérea indígena del Observatorio ciudadano. Sin embargo, el día domingo 19 de octubre de 2014, se ha informado en Radio Bio Bio que Pedro Mariman sería el coordinador de la Consulta Indígena del Ministerio de Cultura y esta información fue corroborado por el Diario Austral –lunes 20 de octubre 2014 que informa que Mariman coordina la Consulta Indígena en la Comuna de Padre Las Casas.

1.- Lo anterior no es todo, sino, el Partido Wallmapuwen, junto a José Aylwin, el día viernes 18 de octubre 2014, estuvieron realizando un seminario en Temuco, en la Universidad Católica sobre Autonomía Mapuche. Tal cual están ahora comprometidos con llevar adelante la Consulta Indígena del Ministerio de Cultura, ese Seminario fue una buena entretención, un buen engaño a la opinión pública y a los Mapuche en general. 

Incluso en el Seminario tuvieron la participación del Intendente Francisco Huenchumilla y el Alcalde de Tirúa Adolfo Millabur.

2.- Para encubrir la Consulta Indígena del Ministerio de Cultura, el Observatorio Ciudadano junto a Wallmapuwen, le han denominado “Parlamentos”.

3.- El denominado Partido Mapuche Autonomista Wallmapuwen y sus líderes aparecen promoviendo aparentemente la autonomía, sin embargo, sus posiciones se mantienen hasta que el gobierno les ofrece un lugar en el sistema Estatal Chileno y su discurso aparente terminan en otra dirección a lo que difunden en internet, en declaraciones públicas y en seminarios como es el caso de Pedro Mariman Quemenado. 
Pero esto ya se había dado con anterioridad con Pedro Cayuqueo también integrante de Wallmapuwen, quien tenía una agenda de colaboración con el gobierno de derecha de Sebastian Piñera y que finalmente terminó avalando el Plan Araucanía renunciando al “derecho a la tierra por un Bono Compensatorio” en donde dicho partido tuvo una completa complicidad con Pedro Cayuqueo.

5.- José Aylwin y Wallmapuwen en la persona de Pedro Mariman Quemenado están tergiversando el concepto de “Parlamentos” al intentar de hacer igual o parecido la Consulta indígena con los “Parlamentos Mapuche”. 

Los Parlamentos Mapuche fueron acuerdos contractuales que celebraron nuestros antepasados y tienen un carácter obligatorio, sin embargo, todas las autoridades Chilenas, tanto, la Ministra del Desarrollo Social María Fernanda Villegas y el Seremi de la Araucanía Jorge Blamey, han manifestado que la Consulta Indígena del gobierno de la Nueva Mayoría, “No tiene un carácter obligatorio”, por tanto, realizar la Consulta indígena bajo el “concepto de Parlamentos”, constituye un engaño a la opinión pública, una ofensa al Pueblo Mapuche y una abierta tergiversación del verdadero sentido de los Parlamentos.

6.- Pedimos encarecidamente que el Observatorio Ciudadano y el grupo Wallmapuwen no debiliten el verdadero sentido de los “Parlamentos Mapuche” que han sido reconocidos por parte del derecho internacional en la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

7.- Recordamos que, José Aylwin ha tenido una participación en diferentes momentos históricos en asuntos propios del Pueblo Mapuche, es decir, en la ley Indígena 19.253 que ahora no reconoce su participación, incluso crítica la ley Indígena que él mismo ideo. También tuvo una determinante participación en la Comisión Verdad y Nuevo Trato del cual con su mirada indigenista junto a otros diluyeron sus contenidos.

8.- Hacemos un llamado a las organizaciones Mapuche, a las comunidades Mapuche a reaccionar la estrategia que están propiciando los organismos que hemos identificado en esta declaración.


Juan Carlos Cayunao- Comunidad Quintrilpe – C. Vilcun 

EMILIO LIENLAF- Comun. Huillomallin- Lanco

Patricio Castro- 
Comunid. Antilhue Lanco

 Victorino Antilef-  Comunidad Antilhue Comuna Lanco


Wallmapuche, 20 de octubre de 2014
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- Información aparecida en Radio Biobio.

Consulta previa entregará información sobre creación de Ministerio de Cultura a comunidades mapuche


Publicado por Amparo Montoya | La Información es de Andres Pino


Este lunes se inicia en La Araucanía la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas respecto de la creación del Ministerio de Cultura, Arte y Patrimonio. La primera reunión se realizará a partir de las 10:00 horas en el Centro Cultural de Padre Las Casas.

El primer Gütramkawün o Parlamento de esta Consulta Previa tiene por finalidad entregar información sobre los objetivos y características del futuro Ministerio de Cultura y tomar acuerdos sobre la metodología que seguirá el proceso.

La etapa incluye 12 parlamentos y se desarrollará desde mañana hasta el 10 de noviembre. A ello se ha convocado a las comunidades, asociaciones, organizaciones, autoridades tradicionales, gestores culturales y artistas del pueblo mapuche.

El encargado de la Unidad de Pueblos Originarios del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes en La Araucanía, Pedro Marimán, señaló en términos de convocatoria fue positivo contar con un periodo previo al inicio formal de la consulta.

La Consulta Previa, Libre e Informada a los Pueblos Indígenas según lo dispuesto en el Convenio 169 de la OIT está destinado a alcanzar acuerdos y resguardar debidamente sus derechos frente a la medida propuesta, que en este caso es el proyecto de ley que crea el Ministerio de Cultura.

- http://www.biobiochile.cl/2014/10/19/consulta-previa-entregara-informacion-sobre-creacion-de-ministerio-de-cultura-a-comunidades-mapuche.shtml
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- Vea los Parlamentos y tratados de la naciòn Mapuche en Ngulumapu (sector chileno) en el siguiente link: 

http://futatrawun.blogspot.com/p/megaproyectos-en-wallmapu.html

miércoles, 15 de octubre de 2014

Comisión de Esclarecimiento Histórico Mapuche



Presentación Formal COMISIÓN DE ESCLARECIMIENTO HISTÓRICO MAPUCHE a Presidenta de la República Michelle Bachelet

1.- Las organizaciones Mapuche que convocaron a la Primera Cumbre sobre Autodeterminación el día 13 de enero 2013 efectuado en la cima del Cerro Ñielol, entre los acuerdos adoptados exigían que el “Estado Chileno, pidiera Perdón al Pueblo Mapuche por los Crímenes de Lesa Humanidad cometidos por los actos militares denominados Pacificación de la Araucanía.

2.- El Intendente Francisco Huenchumilla, al asumir su función, pidió Perdón al Pueblo Mapuche. Este acto público de una autoridad represento un paso significativo, sin embargo, resulta insuficiente si no se esclarecen los hechos que afecto al Pueblo Mapuche y al mismo tiempo sean reparados. 
En definitiva Verdad y Justicia con el Pueblo Mapuche. 

3.- Consideramos un imperativo establecer al más breve plazo una Comisión de Esclarecimiento Histórico Mapuche CEHM.
Esta Comisión debe tener por objeto esclarecer todos y cada uno de los hechos y derechos que afectó el Estado Chileno alrededor de los actos coercitivos militares denominado “Pacificación de la Araucanía”. Cuya Comisión debe contar con un mandato claro y preciso sobre:

a.- El periodo de tiempo que cubrirá el Esclarecimiento.

b.- Los asuntos que debe esclarecer dicha Comisión.

c.- Composición.

d.- Naturaleza de las recomendaciones.

e.- ubicación de la Comisión.

f.- Establecer los estándares basados en los principios generales de los derechos humanos para las medidas reparatorias, restitutorias y compensatorias con el Pueblo Mapuche.

g.- Recomendar las instituciones adecuadas para establecer y garantizar una Paz firme y duradera entre Mapuche y no Mapuche.

4.- Esta iniciativa será presentada a la Presidenta de la República Michelle Bachelet Jería, el día jueves 16 de octubre 2014 a las 11:00 AM. (en la Moneda –Santiago).

AUCAN HUILCAMAN PAILLAMA

Wallmapuche 14 de octubre de 2014, Temuco Chile.
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- Vea los 
acuerdos adoptados en la Cumbre del cerro Ñielol en 2013 en el siguiente link: http://futatrawun.blogspot.com/2013/01/cumbre-por-el-autogobierno-mapuche-la.html

martes, 7 de octubre de 2014

Recurso de Protección en contra de Lautaro Loncon y Alcalde de Nueva Imperial



Recurso de Protección en contra de Lautaro Loncon y Alcalde de Nueva Imperial.

MATERIA: RECURSO DE PROTECCIÓN

RECURRIDOS: Lautaro Loncon Antileo y Manuel Salas Trautmann.

RECURRENTES: Domingo Curin Paillavil, Andrés Cornejo Parra.

EN LO PRINCIPAL: ACCION CONSTITUCIONAL DE PROTECCIÓN.

ILUSTRISIMA CORTE DE APELACIONES DE TEMUCO.

Domingo Adolfo Curin Paillavil cédula de identidad N° 13.111.842-2, Andrés Humberto Cornejo Parra, cédula de identidad N° 8874655-4, para estos efectos, todos domiciliados en calle Thiers 1144, de la Comuna de Nueva Imperial, respetuosamente decimos:

Que, en virtud de lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política del Estado y auto acordado de la Excma.Corte Suprema sobre tramitación de Recurso de Protección, venimos en interponer ACCIÓN CONSTITUCIONAL DE PROTECCIÓN en contra de:

Juan Lautaro Loncon Antileo, funcionario del Ministerio de Desarrollo Social con domicilio en calle Bulnes 590 piso 7de la ciudad de Temuco y en contra de Manuel Salas Trautmann, Alcalde de la Ilustre Municipalidad de la Comuna de Nueva Imperial, con domicilio en calle Arturo Prat N° 65 Por los actos arbitrarios e ilegales que amenazan los derechos constitucionales y los derechos de los Pueblos Indígenas contenidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT en materia de consulta.

Los Hechos.

US. I. El día viernes 05 de septiembre de 2014, en la comuna de Nueva Imperial, se llevó a cabo la “Consulta indígena”. Dicho acto se efectúo en el recinto municipal Gimnasio Chile- España, de dicha comuna.

La consulta tuvo por objeto someter a decisión el Consejo de Pueblos Indígenas y el Ministerio de Asuntos Indígenas. Originalmente, la presidenta de la República de Chile señora Michelle Bachelet Jeria, había anunciado que ambas ideas estarían estipuladas en sus respectivos proyectos de leyes, sin embargo, este anuncio que constituía una condición para su cabal entendimiento no sucedió y de igual modo se celebró la consulta indígena en la Comuna de Nueva Imperial.

US. I. En el marco de la consulta indígena se ha aplicado el Decreto Supremo N° 66, instrumento que regula la consulta y que se deriva del artículo 6.- del Convenio 169 de la organización Internacional del Trabajo OIT. Este decreto Supremo en su artículo 12.- estipula claramente que la consulta lo llevará a cabo el órgano de Estado. “El órgano de la Administración del Estado que deba adoptar la medida objeto de consulta, será el responsable de coordinar y ejecutar el proceso de consulta” El Decreto Supremo N°66 es muy categórico y expreso en cuanto a los órganos que se aplica dicho reglamento estipulado en su artículo 4.- de la siguiente manera “el presente reglamento se aplica a los ministerios, las intendencias, los gobiernos regionales, las gobernaciones y los servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa”

Sin embargo, en la convocatoria y en el desarrollo de la Consulta tuvo una destacada e inexplicable participación el Municipio de la Comuna de Nueva Imperial. Situación que se contrapone abiertamente tanto, al Decreto Supremo N° 66 en su artículo N° 12.- y las normas relativas a la competencia y funciones de las instituciones públicas y del mismo modo cuyas acciones e intromisiones son contrarias a la Ley Orgánica Constitucional que establece inequívocamente la función de los Municipios de la República de Chile.

US.I. La sola participación del Municipio de Nueva Imperial perturba los actos libres y soberanos de las personas Mapuche que concurren a un evento de trascendental importancia, considerando que los resultados de la consulta en una u otra dirección tendrán efectos legales e institucionales y, determinarán un tipo de relación entre el Pueblo Mapuche y el Estado Chileno.

US.I. El Municipio de Nueva Imperial en el marco de la consulta indígena no tan solo tuvo una intromisión institucional indebida e ilegal, sino, su participación y funciones fueron completamente al margen de la ley. Pero además, gran parte de los funcionarios de dicho Municipio estuvieron actuando en todo el desarrollo de la consulta Indígena con el objeto de inducir a las personas de las comunidades Mapuche para conseguir la aprobación de dicha consulta y de esta manera vulnerando el principio y el derecho al Consentimiento Previo Libre e Informado, afectando esencialmente estos derechos que están contenidos en el propio Decreto Supremo y en el Convenio 169 de la OIT.

US.I. El señor Juan Lautaro Loncon Antileo estuvo a cargo del desarrollo de la Consulta y de un grupo de funcionarios públicos del Ministerio de Desarrollo Social. El individualizado, estableció como condición que cada participante de la consulta firmara una lista a su ingreso para que constara su asistencia al evento y sin embargo, esta lista sin poner en antecedentes a nadie fue utilizada como acta de aprobación de la consulta que se había celebrado, lo que resulta un acto completamente reñido con la buena fe y la trasparencia de toda actividad pública que compromete los derechos individuales y colectivos del Pueblo Mapuche. Nadie de los participantes Mapuche estuvo al tanto del uso inapropiado e ilegal de la lista, ésta originalmente fue con finalidad completa y absolutamente distinta a su uso malicioso como instrumento público.

Y a modo de ejemplo, no quisieron registrar un número comprendido de más de un centenar de personas Mapuche que se hicieron presente en el desarrollo de la Consulta, entre ellos incluidos todos los recurrentes. 
Nuestra participación tuvo por objeto dejar registrada en el acta nuestra posición de desaprobación a la Consulta y a esto agregamos que el número de personas que participaron de la consulta y que desaprobaron dicho acto fue completamente mayoritario, sin embargo, no se nos permitió por parte del señor Loncon, de ninguna manera de registrar nuestra voluntad soberana de desaprobación y rechazo a la consulta indígena en Nueva Imperial.
Esta inexplicable situación pone de relieve los vicios que adolecen la Consulta Indígena y la ausencia de la buena fe. Y la buena fe constituye un principio y requisito esencial estipulado en el mismo Decreto Supremo N° 66 y está contenido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT.

La consulta indígena tal como lo estipula el Convenio 169 de la OIT, tiene por objeto decidir los “asuntos que les afectan a los Pueblos Indígenas” y por tanto, se sitúa en el marco de una elección popular, en donde se debe establecer el mecanismo y el medio apropiado y establecido previamente para que en última instancia se registre la voluntad soberana de cada participante. 
Al contrario en esta consulta no hubo más que un intercambio de puntos de vistas sobre cuestiones procedimentales, pero mayoritariamente en contra de los contenidos de la Consulta. 
El acto de consulta fue desaprobado, pero como no se concluyó en una forma de constancia fidedigna como es el voto y constancia de rechazo en el acta que diera garantía y credibilidad fehaciente, se atentó al principio de participación efectiva. A modo de ejemplo y dar cuenta de los hechos irregulares, Juan Lautaro Loncon Antileo, luego de cada intervención de los participantes Mapuche se tomaba la libertad de oponerse y persuadirlo, en definitiva fue un dialogo entre el señor Loncon y los participantes.

US.I. La consulta constituyó un acto discriminatorio, considerando que fue convocado para dirimir la aceptación o rechazo de la creación del Ministerio de asuntos Indígenas y del mismo modo la creación de un Consejo de Pueblos Indígenas. Nuestra firme oposición a ambas ideas fue mayoritariamente rechazada, sin embargo, los resultados han sido todo lo contrario. Esto pone de relieve los actos discriminatorio con los Mapuche. En todas partes del mundo se respeta la voluntad de la mayoría, pero en el caso del Pueblo Mapuche nuestra voluntad es completamente anulada por el uso malicioso de los fines del dialogo de parte de Lautaro Loncon Antileo.

US. I.- Los recurrentes tenemos la convicción que el pleno respeto a los derechos del Pueblo Mapuche es la manera adecuada para una convivencia pacífica sin embargo, la intromisión de instituciones ajenas a su competencia como son las actuaciones de la I. Municipalidad de Nueva Imperial y los actos al margen de la buena fe del encargado de la consulta Juan Lautaro Loncon Antileo, en cuanto a utilizar maliciosamente un instrumento público contenido en la acta de la consulta para conseguir un resultado contrario a la soberana decisión de los participantes Mapuche, no tan solo augura una mayor tensión y conflicto, sino, además pone en evidencia la arbitrariedad e ilegalidad en que se ha incurrido en dicha consulta Indígena.

EL DERECHO

US.I. El Decreto Supremo N° 66 sus artículos N° 4 y N°12 ha sido flagrantemente violado con la participación de instituciones públicas como es el Municipio de la Comuna de Nueva Imperial que no tiene competencia ni mandato institucional para participar en la aplicación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT. Además de lo anterior perturban la soberana voluntad de las personas Mapuche que concurren de buena fe.

La utilización maliciosa y con finalidades completamente distinta de las actas de participación de parte de Juan Lautaro Loncon Antileo transgrede la voluntad soberana de los participantes y siendo ésta la finalidad esencial de la consulta y al mismo tiempo su actuación es un acto ilegal, debido a que altera un instrumento público dándole utilización completamente diferente a la manifestación de la voluntad soberna.

Tanto, el artículo N° 6 Del Convenio 169 de la OIT y el del Decreto Supremo N° 66 sobre Consulta Indígena, establecen como condición esencial la buena fe, con la sola actuación descrita, del funcionario público del Ministerio de Desarrollo Social, Juan Lautaro Loncon Antileo, se anulan todos y cada uno de los instrumentos ya citados.

Conclusiones

La consulta efectuada en la Comuna Nueva Imperial por la participación de instituciones ajenas a su mandato institucional como es el Municipio ya identificado aleja el verdadero sentido de una consulta legitima además por los actos ilegales ya mencionados y sumado al uso reñido con la legalidad que debe gozar todo instrumento público de parte de Juan Lautaro Loncon, le resta toda legalidad y toda legitimidad al uso apropiado del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT.


POR TANTO;

En mérito a lo expuesto y conforme a lo dispuesto en los preceptos constitucionales art. Nº 20 de la CPE citado y las normas del Derecho Internacional.

En cuanto al DERECHO O GARANTIA agraviado por el acto arbitrario e ilegal está garantizado en el artículo 19 N°3 sobre la igualdad ante ley y articulo 19 N°22 también de la Constitución Política sobre la no discriminación y en cuanto el derecho a la consulta estipulado en el artículo n.-6 del Convenio 169 de la OIT.

Pedimos a US. I. tener por interpuesto Acción Constitucional de Protección, a favor de todas las personas Mapuche directamente afectadas en sus derechos y garantías constitucionales.

PRIMER OTROSÍ: Pedimos a US.I. Solicitar oficio del acta al señor Lautaro Loncon Antileo, ya individualizado, para que informe a US.I. de estos actos arbitrarios ilegales y discriminatorios.

SEGUNDO OTROSI: Pedimos a US.I. Solicitar informe al Alcalde de Nueva Imperial sobre su motivo para la participación sobre los actos ilegales y arbitrarios.

TERCER OTROSI: Anúlese la Consulta Indígena de la Comuna de Nueva Imperial.

CUARTO OTROSI: Decreto Supremo N.- 66 sobre reglamentación de Consulta y Convenio 169 de la organización Internacional del Trabajo OIT.

QUINTO OTROSI: Téngase Presente.


SEXTO OTROSI: Pedimos a V.S.I tener presente que de acuerdo a lo prescrito en el auto acordado sobre tramitación de Recurso de Protección, compareceremos personalmente en esta acción.

martes, 16 de septiembre de 2014

Poca seriedad de estado chileno respecto de Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas

Gobierno chileno llamó a conversar a dirigentes de pueblos originarios del país con miras a la participación en la Conferencia Mundial de Pueblos Indígenas del mundo a realizarse el 22 y 23 de septiembre de 2014 en la sede de la ONU en Nueva York, EEUU. 

Sin embargo las contradicciones estatales demuestran poca seriedad en el tema.

Por otro lado la llamada consulta previa que con apuro y sin participación en el diseño por parte de los pueblos indígenas el gobierno quiere realizar, da para desconfiar una ves mas sobre los verdaderos propósitos de estas acciones. Para esto se prestan burócratas estatales, algunos de ellos con apellidos mapuche que seguramente participarán en la Conferencia de la ONU y pretenderán decir que los pueblos indígenas estamos de acuerdo con los planteamientos y manipulación estatal. El estado necesita limpiar su imagen internacional en la temática de las naciones ancestrales y sus derechos.

Les presentamos a continuación comunicaciones desde el estado hacia los dirigentes y comunicaciones y pensamientos de algunos dirigentes de naciones originarias....Presentamos además documentos que con buena fe los dirigentes indígenas han estudiado y consensuado.
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De: Verónica Aranzazu Zubía Pinto
Enviado el: lunes, 08 de septiembre de 2014 17:10
Para: 'matamea@gmail.com'
CC: 'aucanhuilcaman@hotmail.com'; Patricio Utreras; Boriana Benev Ode
Asunto: Reunión Ministro de Relaciones Exteriores

Estimado Rafael,

Tomo contacto con usted para informarle que el Ministro de Relaciones Exteriores, Sr. Heraldo Muñoz, puede recibirlos el día 15 de septiembre a las 11:30 horas, o bien, el día 16 de septiembre a las 11:00 horas. Le pido por favor nos confirme por este medio qué día pueden asistir para informar al Ministro.

Junto con la confirmación, le ruego nos remita la lista de personas que atenderá a la reunión (de 4, 5 o 6 personas máximo). Esto es imprescindible, pues aparte de la necesidad de informarle al Ministro quién asistirá, debemos gestionar el acceso al Ministerio, que es restringido.  

Además, le pido por favor nos envíe los puntos que desean tratar en la reunión.



Saludos cordiales,  


Nuevo Logo MINREL.png
Verónica Zubía Pinto
Abogada Asesora
Dirección de Derechos Humanos
Ministerio de Relaciones Exteriores

Teléfono: +56 (2) 2827-4737
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---------- Mensaje reenviado ----------
De: Hugo Antonio Alcaman Riffo <hugoalcaman@gmail.com>
Fecha: 9 de septiembre de 2014, 23:27
Asunto: Reunión Ministro de Relaciones Exteriores
Para: wreyesaraya@gmail.com, Ana Llao Llao <anallaollao@gmail.com>, rolch@yahoo.com, antonio cruz plaza <acruz005@gmail.com>, DiaguitaVirtual <diaguitavirtual@gmail.com>, carilaoivan@gmail.com, Ricardo Felipe Coñoepan <ricardo.conoepanb@gmail.com>, Aucan Huilcaman <aucanhuilcaman@gmail.com>, wbacian@gmail.comzenonalarcon@gmail.com, andres matta <amatta.consejeroindigena@gmail.com>
Cc: Patricio Utreras <putreras@minrel.gov.cl>, Verónica Aranzazu Zubía Pinto <vzubia@minrel.gov.cl>, Pedro Cayuqueo <ragnintuleufu@yahoo.com>, 1 Richard Caifal Piutrin <rcaifal@gmail.com>


Marhi marhi pu peñi !
Reciban mis mejores saludos hermanos.
Les informo que, desde el Ministerio de Relaciones Exteriores, me han informado que el Ministro Sr. Heraldo Muñoz, puede recibirnos el día 15 de septiembre a las 11:30 horas, o bien, el día 16 de septiembre a las 11:00 horas.
Favor responder a la brevedad posible por este medio, para coordinarnos que dia podemos reunirnos con el Ministro
Cordialmente
Hugo Alcaman Riffo
Presidente Corporacion mapuche ENAMA
Telefono 79296328
www.enama.cl
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El 09/09/2014 18:15, "Verónica Aranzazu Zubía Pinto" <vzubia@minrel.gov.cl> escribió:
Estimado Hugo,

Por encargo del Subdirector Patricio Utreras reenvío correo para coordinar reunión entre representantes indígenas y Ministro de Relaciones Exteriores.

Saludos cordiales,

Verónica

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Conferencia Mundial de Pueblos Indígenas, 22 y 23 de septiembre, Sede de Naciones Unidas, Nueva York

La Conferencia Mundial de Pueblos Indígenas es una reunión plenaria de alto nivel sobre cuestiones indígenas que tendrá lugar los días 22 y 23 de septiembre de 2014, convocada por resolución de la Asamblea General 65/198. Su objetivo es compartir perspectivas y buenas prácticas en la realización de los derechos de los pueblos indígenas y lograr los objetivos de la Declaración Universal de Derechos de los Pueblos Indígenas.

1. Documento Final que se adoptará en Conferencia Mundial

Durante la Conferencia se adoptará un Documento final, que está en proceso de discusión. Ya se han realizado dos reuniones informales en las que han participado estados y pueblos indígenas, de ahora en adelante, sólo participan estados.

2. Formato Conferencia Mundial

La reunión consistirá en una sesión de apertura, una de clausura, 3 mesas redondas y un coloquio interactivo. Pueblos indígenas participarán a lo largo de todo el evento.

Sesión de apertura:

En esta instancia hará uso de la palabra el Presidente de la Asamblea General (PAG), Secretario General, Alto Comisionado, Jefes de Estado o Representante de Alto nivel por cada Grupo Regional, Presidente Foro Permanente y 3 representantes de pueblos indígenas propuestos por estos y designados por PAG en consulta con estados.

Mesas redondas:

· Mesa 1 (lunes 22 de 3:00 a 6:00): Acción del Sistema de Naciones Unidas para implementar los derechos de los pueblos indígenas.

· Mesa 2 (lunes 22 de 3:00 a 6:00): Implementación de los derechos de los pueblos indígenas a nivel nacional y local.

· Mesa 3 (martes 23 de 3 a 5): Tierras, territorios y recursos de los pueblos indígenas.

· Coloquio interactivo (martes 23 de 3 a 5): Prioridades indígenas para la agenda de desarrollo sostenible post 2015.

Ministerio de Desarrollo Social manifestó interés en participar en todas las mesas a través de la Ministra, Asesora Especial para Asuntos Indígenas y Director de CONADI. Sin embargo, nuestra Misión nos comunicó que tenemos espacio sólo para participar en una mesa, que podría como máximo extenderse a dos. En vista de lo anterior, privilegiamos las intervenciones que quiere hacerla Ministra de Desarrollo Social en mesa 2 y coloquio interactivo.


3. Delegación Chilena
Ministra de Desarrollo Social, Sra. Fernanda Villegas.
Asesora Especial para Asuntos Indígenas de la Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas (UCAI) del Ministerio de Desarrollo Social, Sra. Minerva Castañeda
Director de CONADI, Sr. Alberto Pizarro
Consejero de CONADI, Sr. Rafael Tuki
Intendente de La Araucanía, Sr. Francisco Huenchumilla
Embajador de Chile en Guatemala, Sr. Domingo Namuncura
Directora Instituto Nacional de Derechos Humanos, Sra. Lorena Fríes
Director de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Sr. Hernán Quezada
Abogada Asesora de la Unidad de Asuntos Indígenas del Ministerio de Relaciones Exteriores, Srta. Verónica Zubía


Presidenta Bachelett asistirá a la Sesión de Apertura el día lunes 23 de septiembre, pero no está contemplado que tome la palabra. Probablemente Presidenta vaya acompañada de Canciller y Embajador Barros.

4. Eventos paralelos

· Equator Prize Award Ceremony: Building the movement for inclusive climate and development solutions. (Ceremonia de premiación Equator Prize: Construyendo movimiento para soluciones inclusivas de clima y desarrollo)

Lunes 22 de 18:00 a 21:30

Lincoln Center -Avery Fisher Hall

Organizada por PNUD


Detalles: Actividad se trata de una ceremonia masiva (Avery Fisher Hall alberga hasta 2.800 personas) a la cual están invitados Jefes de Estado, Ministros, cuerpo diplomático, altos funcionarios de Naciones Unidas, delegados a la Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas y celebridades. Intervención final estará a cargo del ex Vicepresidente norteamericano, Al Gore. El “Equator Prize” es un premio que se otorga bianualmente para reconocer soluciones locales sustentables de desarrollo. Entre las organizaciones galardonadas este año se incluye por Chile a la Comunidad Indígena de Manquemapu.


· Side Event: Affirming the Beijing and Lima Plans of Action for Indigenous Women and Girls (Evento paralelo: Afirmando los Planes de Acción de Beijing y Lima para mujeres y niñas indígenas)

Martes 23 de septiembre de 12:30 a 14.00

Piso 19, Conference Room, Daily News Building, 220 E. 42nd Street

Organizado por ONU Mujeres y el Foro Internacional de Mujeres Indígenas

El evento reúne a representantes de Estados, organizaciones indígenas y agencias de Naciones Unidas con el fin de celebrar los logros de las mujeres y niñas indígenas y destacar los persistentes obstáculos para la realización de sus derechos.


· Pre Evento Especial a la Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas, de presentación de la obra de la escritora cherokee Mary Kathryn Nagle, "Sliver of a full moon" (Astilla de una luna llena)

Domingo 21 de Septiembre a las 13:00 horas.

Church Center, 777 ira Avenida (esquina calle 44), frente a Naciones Unidas.

Organizado por organizaciones indígenas Indian Law resource Center, National Indigenous Women's Resource Center, NIWRC y el National Congress of American Indians.


Nota: presentación será en inglés.

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Cancillería suspende reunión con representantes de naciones originarias.


Para muchos de nosotros significo un gran sacrificio económico y social haber realizado las logísticas necesarias para asistir a la reunión programado para hoy 16 de septiembre , que lamentablemente e unilateralmente fue suspendió por parte del Canciller a última hora, esto ha puesto en riesgo nuestros derechos y la buena fe en el dialogo.

Como una manera de enmendar las molestias y demostración de un acto de buena fe, es urgente que el Ministerio de Relaciones Exteriores se pronuncie a los puntos planteados en documento generado en reunión con los pueblos indígenas el 28 de agosto en la sede del PNUD, entregado al Canciller Mr. Heraldo Muños, y estas se resumen en los principales puntos.


1.- Que el gobierno pueda hacer una declaración para llamar a una verdadera Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas

2.- Que se constituya una Comisión Paritaria para explorar fórmulas de aplicación de los Tratados de los pueblos Rapa Nui y los Mapuche.

3.- Que se constituya una Comisión Paritaria para la exploración de fórmulas sobre tierras ancestrales.

4.- Revisión de los Mecanismos de Consulta a los pueblos originarios de Chile establecidos en el DS. N 66 del Ministerio de desarrollo Social y DS.N 40 del Ministerio del Medio ambiente.

Esperando vuestra respuesta

Atentamente

Rafael Tuki Tepano

Representante Electo Pueblo RapaNui

15 septiembre de 2014

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Estimado Rafael, Zenón y Wilson y Otros participantes.

1.- Aunque todavía no hemos recibido la comunicación formal de parte de la Cancillería Chilena sobre la suspensión de la reunión prevista para mañana martes 16 de septiembre de 2014, a la 11:00 hrs, considero apropiado tener una primera reacción preliminar de los hechos y del mismo modo indicar los pasos y procedimientos que debiéramos seguir entre los Consejeros ante CONADI en alianza con las organizaciones de los Pueblos Indígenas que concurrimos a la reunión auto-convocada el día 28 de agosto en la dependencia del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.

1.- Lamento que el Ministerio de Relaciones Exteriores haya suspendido unilateralmente una reunión que habíamos convenios con la debida antelación en tiempo y con una agenda tan importante como el documento que adoptamos el día 28 de agosto, 2014.

2.- De mi lado y junto a otros dirigentes Mapuche ya habíamos adquiridos nuestros pasajes para viajar de Temuco a Santiago, cuya suspensión nos ha traído costos económicos, considerando que estamos cubriendo de nuestra propias capacidades económica para asistir a la reunión.

3.- Una eventual reunión a posterior del día 22 y 23 de septiembre de 2014, constituye un acto fuera de lugar, considerando que el objeto de reunión del día 16 de septiembre es establecer algunas líneas de trabajo entre los Pueblos Indígenas y el gobierno en el marco de la Reunión Plenaria de Alto Nivel.

4.- Por otro lado, hasta el momento el Ministerio de Desarrollo Social, no ha respondido de una reunión de trabajo, sin embargo, la señora Minerva Castañeda se comprometió efectuar una reunión con la Ministra y no hemos recibido comunicación alguna.

II Consideraciones generales:

Con la suspensión de la reunión de parte de la Cancillería y la falta de respuesta del Ministerio de Desarrollo Social, se pone de relieve que el gobierno en su conjunto no tiene un mayor compromiso en trabajar en cooperación con los Pueblos Indígenas en el marco de la Reunión plenaria de Alto Nivel.

La falta de interés en efectuar una simple reunión para explorar fórmulas de cooperación, indica que el gobierno llevara su propia versión a la Reunión Plenaria de Alto Nivel y cuya versión de los hechos será completamente diferente a la realidad y los esfuerzos que realizamos los representantes de los Pueblos Indígenas para efectuar un trabajo conjunto no se condice con la posición del gobierno.

III. Acciones:

A, considero apropiado elevar una nota de protesta a la Cancillería tanto, por la suspensión y la falta de repuesta a un documento que trabajamos con la debida seriedad que se merece un evento Internacional como es la Reunión Plenaria de Alto Nivel.

B.- Enviar urgentemente una nota recordatoria a la Señora Minerva Casteñeda, con el objeto a que nos responda responsablemente de un compromiso que adquirió en la reunión del día 28 de agosto 2014.

C.- Reconsiderar la participación de Rafael Tuky y Aucan Huilcaman en la Reunión Plenaria de Alto Nivel en Nueva York.

D.- Retomar y reafirmar el acuerdo del día 28 de agosto. Que la participación indígena estaba sujeto a los avances en el diálago con el gobierno.

E.- Con el objeto de rendir cuenta pública de nuestras actuaciones en las acciones de promoción y protección de nuestros derechos como Pueblo, sería apropiado emitir una Declaración Pública sobre los hechos.

F.- Poner en antecedentes al PNUD y al Instituto Nacional de Derechos Humanos INDH sobre lo que ha sucedido hasta el momento.

Debo agregar que se ha criticado la Reunión Plenaria de Alto Nivel, por la falta de participación indígena y compromiso de los gobiernos con los derechos de los Pueblos Indígenas. Esta situación de la Cancillería viene a confirmar todas y cada una de las críticas.

Espero reacción y comentarios.

Aucan Huilcaman Paillama

Temuco, Chile 15 de septiembre de 2014

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Documento de Consenso de los Pueblos Indígenas de Chile sobre Reunión Plenaria de Alto Nivel (ONU)

( http://futatrawun.blogspot.com/2014/08/documento-para-conferencia-mundial-de.html )

Nosotros los representantes de organizaciones de los Pueblos Indígenas del país, reunidos en Santiago de Chile el día 28 de agosto 2014, con motivo a tratar las cuestiones relativas a la Reunión Plenaria de Alto Nivel o también Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas adoptado en base a la resolución 65/198, del 21 diciembre 2010 de la Asamblea General de las Naciones Unidas a efectuarse los días 22 y 23 de septiembre 2014 en la ciudad de Nueva York. Los participantes hemos examinado toda la documentación respectiva, hemos analizado el proceso de participación, sus limitantes y sus consecuencias, del mismo modo hemos adoptado el presente documento que contiene nuestras principales preocupaciones de la situación de los Pueblos Indígenas del país y del concierto internacional indígena.

Nuestra reunión se efectúa bajo el principio de la libre determinación y el Consentimiento Previo Libre e Informado manifestada mediante nuestras propias instituciones ancestrales y contemporáneas. En este sentido hemos invitado a las autoridades Chilenas, entre ellas la Señora Presidenta de la República de Chile Michelle Bachelet J., la Cancillería, Instituto Nacional de Derechos Humanos, el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo entre otras instituciones interesadas.

El presente documento será presentado a las autoridades Chilenas del país con el objeto de arribar a determinados acuerdos, al presidente de la Asamblea General de las Naciones Jhon Ashe, y a todas las partes interesadas.

Consideraciones Generales:

La Reunión Plenaria de Alto nivel, a pesar de todos los esfuerzos que sean desplegados de parte de los Pueblos Indígenas sigue resultando insuficiente, debido, a que no ha dado la debida cobertura nacional e internacional para la plena y efectiva participación de los Pueblos Indígenas en todos los asuntos que les afectan especialmente en el proceso de toma de decisiones en los asuntos temáticos que trata dicha reunión Internacional.

La reunión plenaria de Alto Nivel, no se condice con una verdadera y auténtica Conferencia Mundial dentro del sistema intergubernamental de Naciones Unidas, situación que pone de manifiesto que los Estados partes del mundo que conforman las Naciones unidas, no le atribuyen la verdadera significación y urgencia a la situación que viven los Pueblos Indígenas del mundo por lo que sigue siendo un desafío pendiente para los Estados, los Pueblos Indígenas y sus derechos.

La reunión Plenaria de Alto Nivel ofrece una oportunidad para trasmitir nuestras preocupaciones a la comunidad internacional, y para afirmar nuestros derechos colectivos como es el derecho a la libre determinación y asimismo comprometer a la comunidad internacional con el presente y futuro de los Pueblos indígenas, promoviendo y asegurando los derechos humanos, la igualdad en derecho, reconociendo la diferencia a ser tratados y reconocidos como tales.

La reunión ofrece una oportunidad para profundizar un dialogo con los Estados nacionales y establecer un plan de acción con cobertura país orientado a implementar los derechos sustantivos de los Pueblos Indígenas contenidos en la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y otros instrumentos relevantes, asimismo, atender las recomendaciones de los órganos de protección de los derechos humanos a los Estados partes, especialmente las recomendaciones formuladas al Estado parte de Chile.

Subrayamos que el Plan de Acción País se debe implementar bajo el principio de la cooperación, el interés recíproco de las partes interesadas y de la buena fe.

Ámbito Internacional.

Exhortamos al Estado de Chile apoyar la realización de una verdadera Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas y que ésta cumpla con todos los protocolos, requisitos y procedimientos propios y genuinos de una Conferencia Mundial en el sistema Intergubernamental de Naciones Unidas y que tal posición se manifieste de manera expresa en el desarrollo de la reunión Plenaria de Alto Nivel.

El Estado de Chile debe cumplir con los principios generales de los derechos humanos y del derecho a la libre determinación de los Pueblos Indígenas contenidos en el artículos 3.- de la Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas y consistentemente con el artículo 1.- del Pacto de Derechos Civiles Políticos y el artículo 1.- del Pacto de Derechos Económicos Sociales y Culturales.

Exigimos que se efectúen las consultas y la cooperación de buena fe con los Pueblos Indígenas, por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que afecten a los Pueblos Indígenas y que las medidas sean incluyentes y de interés recíproco y que el Consentimiento Previo Libre e Informado se materialice mediante las propias instituciones y su participación se efectué bajo el principio de la libre determinación.

Ámbito Nacional.

Demandamos al Estado de Chile a implementar y aplicar el artículo 28.- de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Cuya implementación de dicho artículo se efectué mediante una “Comisión Paritaria”, compuesto, entre representantes de todos los Pueblos Indígenas del país y representantes del Estado de Chile y que ésta se constituya antes que finalice 2014.

Exigimos urgentemente al Gobierno de Chile a que derogue el Decreto Supremo N.-66, instrumento que reglamenta la consulta del Convenio 169 de la OIT, y el Decreto Supremo N° 40, que regula el sistema de evaluación ambiental, considerando que dichas normativas transgreden y vulneran dicho Convenio afectando su espíritu y su aplicación de buena fe.

Teniendo en cuenta que el Estado de Chile celebró un conjunto de Tratados con el Pueblo Mapuche y el Pueblo Rapa Nui y cuyos instrumentos están plenamente vigentes y reconocidos expresamente de parte del derecho Internacional. Exigimos al gobierno de Chile que implemente el artículo 37.- de la Declaración de Naciones Unidas sobre Tratados celebrados con los Pueblos Indígenas. Y se constituya una “Comisión Paritaria”, con el objeto de explorar fórmulas aceptables para el cumplimiento y su aplicación de buena fe. Esta Comisión surgirá de una decisión soberana de naturaleza colectiva de las organizaciones y comunidades tanto del Pueblo Rapa Nui y del Pueblo Mapuche y estará guiada por un mandato claro y preciso que salvaguarde los principios, espíritu y los contenidos del mismo.

Exhortamos urgentemente al Estado de Chile a implementar las recomendaciones del Comité Internacional para la Eliminación de la Discriminación Racial CERD/C/CHL/CO/19-20, adoptados 30 agosto 2013 y las recomendaciones del Comité Internacional de Derechos Humanos, celebradas los días 7 y 8 de julio de 2014 en su 3090ª sesión (CCPR/C/SR.3090), celebrada el 22 de julio de 2014 sobre las recomendaciones de “tierras ancestrales” con este objetivo se constituya una Comisión Presidencial integrada por todos los pueblos indígenas del país y para explorar su implementación y aplicación guiados por los estándares internacionales y los principios generales de los derechos humanos.

Considerando que la situación del Pueblo Mapuche se deriva de actos coercitivos y omisiones de parte del Estado Chile, exigimos constituir una Comisión de Esclarecimiento Histórico Mapuche (CEHM) Cuya Comisión debe contar con un mandato claro y preciso sobre: a.- El periodo de tiempo que cubrirá el Esclarecimiento. b.- Los asuntos que debe esclarecer dicha Comisión. c.- Composición. d.- Naturaleza de las recomendaciones. e.- ubicación de la Comisión. f.- Establecer los estándares internacionales basados en los principios generales de los derechos humanos para las medidas reparatorias, restitutorias y compensatorias con el Pueblo Mapuche. g.- Recomendar las instituciones para establecer y garantizar una Paz firme y duradera entre Mapuche y no Mapuche.

Establecer un Plan Nacional de divulgación y promoción de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT cuya acción debe comprender formación y capacitación a los titulares de estos y otros instrumentos de derechos relevantes.

Subrayando que el agua constituye uno de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas de vital importancia, reafirmamos el derecho a participar en todo lo relativo al proceso de modificación y alcance al Código de Agua que se está implementando en Chile mediante el delegado presidencial sobre los Recursos hídricos a través de un proceso de consulta urgente a los Pueblos Indígenas.

Teniendo en cuenta que la Reforma Educacional en Chile ofrece una oportunidad para subsanar la doctrina de la negación que se ha implementado desde el sistema educacional Estatal con los Pueblos Indígenas y sus culturas. Exhortamos al Gobierno de Chile a realizar una consulta apropiada para armonizar imperativamente lo que estipula el Convenio 169 de la OIT en materia de educación indígena en sus artículos 21-22- y la Declaración de Naciones Unidas sobre derechos de los Pueblos Indígenas en relación a la educación.

Invitamos al Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD en Chile, a apoyar un plan de Acción derivado de la Reunión Plenaria de Alto Nivel.

Pedimos al Instituto Nacional de Derechos Humanos INDH, a que observe el cumplimiento de los derechos de los Pueblos Indígenas en el marco de un Plan de Acción y los derechos adquiridos tanto, aquellos contenidos en la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

Exigimos al Estado fortalecer mecanismos plenos, efectivos y duraderos en el tiempo de información, participación efectiva y toma de decisiones acerca de los proyectos de ley que hoy se discuten en el parlamento y los que próximamente se ingresarán a discusión y que sean de afectación directa para los Pueblos Indígenas del País.


Santiago de Chile, 28 de junio 2014

PARA CONSTANCIA FIRMAN....