viernes, 17 de mayo de 2019

PUELMAPU- Prisión preventiva para el policía asesino de Rafael Nahuel


# ¿QUIÉN MATÓ A RAFAEL NAHUEL?

Prisión preventiva para el Albatro que asesinó a Rafael Nahuel

La Cámara de Apelaciones de General Roca revirtió la resolución del Juez Moldes y procesó por “homicidio agravado” al Cabo Primero Francisco Javier Pintos. Se cae el relato del ministerio de Seguridad sobre un “enfrentamiento” armado y se confirma que existió una “persecución” contra los integrantes de la comunidad mapuche el día que mataron a Nahuel.

15/05/2019-Bariloche-Santiago Rey


Pintos, al momento de las pruebas de presencia de pólvora en sus manos
La Justicia dio un importante paso hacia el esclarecimiento del asesinato estatal de Rafael Nahuel. La Cámara de Apelaciones de General Roca descartó los procesamientos contra cinco integrantes del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina bajo la figura de “homicidio en exceso de legítima defensa”, y en cambio procesó por “homicidio agravado” al Cabo Primero Francisco Javier Pintos, de cuya arma subfusil MP5 salió el disparo mortal.

Además, le dictó prisión preventiva.

La resolución de 80 páginas -conocida este miércoles- desarma el relato oficial del ministerio de Seguridad sobre la existencia de un enfrentamiento armado entre los uniformados y los integrantes de la comunidad Lafken Winkul Mapu. Precisamente sobre esa teoría Moldes basó su acto de cierre de la instrucción.

Pero ahora la investigación deberá proseguir y tanto el Juez Federal de Bariloche como el propio ministerio que conduce Patricia Bullrich recibieron duras críticas de los magistrados de la Cámara.

Por caso, los jueces descartaron la relevancia de la pericia balística realizada por Gendarmería que echó un manto de duda sobre la procedencia de la bala que mató a Nahuel. Ese trabajo había sido solicitado por los Albatros comprometidos -fundamentalmente por la defensa de Pintos-, luego que una primera pericia determinara de forma indubitable que el proyectil provino del subfusil MP5 del Cabo Pintos.


Pintos y la selfie antes de la represión

Ahora, aquel primer informe realizado por probados profesionales como el perito Ricardo Nigris, vuelve a ser una prueba clave en torno a la responsabilidad del homicidio.

En tanto, en su resolución, la Cámara dictó la falta de mérito para los otros cuatro Prefectos involucrados, Juan Ramón Obregón, Sergio Damián García, Carlos Valentín Sosa, Sergio Cavia, ya que, al quedar parcialmente acreditada la responsabilidad de Pintos, no les cabe para el Tribunal la imputación por el asesinato.

Relato

El 27 de noviembre de 2017, un día y medio después del homicidio y con un audio de whatsapp de uno de los uniformados involucrados como única base de sustento, la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich dio su versión sobre lo sucedido. Dijo que los mapuches habían disparado con armas de fuego, “de grueso calibre” que incluso “arrancaban ramas de árboles de cuajo”. Habló de máscaras antigases y un despliegue defensivo con tácticas de guerra.

A pesar del cúmulo de pruebas, pericias, testimonios y la inspección ocular en el lugar que desmienten ese relato, el Ministerio no se movió un centímetro de su discurso.

Ahora, la Justicia cuestionó con dureza esa posición. El Juez Ricardo Barreiro, en su fallo, planteó que “es notorio que el Ministerio de Seguridad ha asumido, en la actual gestión, un rol activo en la defensa irrestricta de los funcionarios de las fuerzas de seguridad involucrados en episodios bajo investigación judicial. Y lo ha hecho no con la mesura, la distancia y el respeto por el Poder Judicial de la Nación y la división de poderes que exige la República, sino con intervenciones que no toman en cuenta el trámite de las causas judiciales, sus tiempos ni las decisiones de los magistrados”.

Además cuestionó a Bullrich porque “antes de que las pesquisas avancen lo suficiente como para echar mínima luz sobre los sucesos, se publican declaraciones del más alto nivel cuestionando a la judicatura, o las medidas probatorias dispuestas o, lisa y llanamente, sentenciando -mediáticamente- que el o los funcionarios implicados no han cometido delito y que son inocentes”.

Ahora, la Justicia Federal de Bariloche deberá reiniciar la investigación pero esta vez bajo la premisa de la inexistencia de un “enfrentamiento” y con uno de los responsables del homicidio cumpliendo prisión preventiva.
https://www.enestosdias.com.ar/3773-prision-preventiva-para-el-albatro-que-asesino-a-rafael-nahuel
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# ¿QUIÉN MATÓ A RAFAEL NAHUEL?

Pintos, una línea de conducta

El ya borrado perfil de Facebook del Albatro procesado por el asesinato de Rafael Nahuel, deja en claro su pensamiento: xenófobo, violento y un fiel seguidor de la doctrina Bullrich de disparar antes que actúe la Justicia.

17/05/2019

Pintos, pocas horas después de asesinar a Rafael Nahuel

“El único criminal que no vuelve a delinquir, es el criminal muerto”. La frase, con imagen de un efectivo de una fuerza de seguridad de fondo, fue compartida por el Cabo Primero de la Prefectura Naval Argentina, Francisco Javier Pintos, hace ya casi cuatro años.

Dos años y cinco meses después de ese posteo difundido por un grupo de Facebook bajo la denominación “Agrupación Albatros”, Pintos disparó unas 50 veces con proyectiles 9 mm contra los integrantes de una comunidad mapuche en Villa Mascardi, y mató, por la espalda, a Rafael Nahuel.




Desde entonces, tanto el Gobierno nacional de la alianza Cambiemos como los medios colaborativos, instalaron el relato sobre la existencia de un enfrentamiento armado entre los uniformados y los mapuches, teoría justificatoria del asesinato de Rafael.

Pero ya Pintos no compartió en Facebook sus impresiones sobre el caso: decidió o fue obligado a cerrar su perfil después del 25 de noviembre de 2017, cuando mató al joven mapuche.

Quedaron, sin embargo, algunas capturas de pantalla que demuestran el pensamiento vivo del ahora procesado por “homicidio agravado”: violento, xenófobo y seguidor de la doctrina impulsada por el Ministerio de Seguridad que conduce Patricia Bullrich sobre la actuación de las fuerzas de seguridad ante una “flagrancia”.

Bajo el amparo de la doctrina de la “flagrancia” actuaron las fuerzas de seguridad -Gendarmería y Prefectura- durante las represiones en la pu lof en Resistencia Cushamen el 1 de agosto de 2017, y en la comunidad Lafken Winkul Mapu el 25 de noviembre de ese mismo año. El resultado: la desaparición seguida de muerte de Santiago Maldonado y el asesinato por la espalda de Rafael Nahuel.

El encargado de bajar línea a los uniformados y diversos referentes del Poder Judicial de Río Negro y Chubut sobre los alcances de la actuación por la flagrancia, fue el ex Jefe de Gabinete del ministerio de Seguridad de Bullrich, Pablo Nocetti, quien un día antes de la avanzada de Gendarmería sobre la comunidad mapuche en el noroeste de Chubut se reunió con ellos en Bariloche.

Eligió una frase digna de análisis psicológico. Dijo, para estimular la actuación de las fuerzas de seguridad, que “si veo que están violando a mi mamá, tengo que actuar”. Y los convocó a reprimir la protesta social como quien actúa ante un delito aberrante como el mencionado.

“El único criminal que no vuelve a delinquir, es el criminal muerto”, compartió Pintos en su muro en 2015, en sintonía con esa doctrina.

En el caso de Rafael Nahuel, el reciente fallo de la Cámara Federal de General Roca dejó en claro que la víctima no estaba cometiendo un delito y que no efectuó disparo con un arma de fuego, tal como instalaron el Ministerio de Seguridad y los medios dominantes.




No fue la única intervención del Albatro a través de la red social. Pintos compartió una foto de efectivos de una fuerza de seguridad arrojando un gas -presumiblemente gas pimienta- en el rostro de una persona. El texto que acompaña la imagen dice: “Disculpe caballero, quiere probar la nueva fragancia de Avón”.

Siempre en 2015, el miembro del grupo Albatros y ahora procesado por el asesinato de Rafael Nahuel, posteó: “Lo feo que debe sentirse siendo bosteros, amargos, y bolivianos”. Xenofobia disfrazada de folklore futbolero.





Para muchos analistas, las redes sociales -Facebook en particular- constituye una suerte de alter ego digital, la construcción de un “otro” que quisiéramos ser o al que quisiéramos parecernos. Pintos no conoce de esa distancia: es efectivamente el violento que enaltece en sus posteos.

https://www.enestosdias.com.ar/3781-pintos-una-linea-de-conducta
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# ¿QUIÉN MATÓ A RAFAEL NAHUEL?
Los puntos claves del fallo que desarma la teoría del “enfrentamiento”

La Cámara Federal de General Roca descartó la figura del “exceso en legítima defensa” y procesó al Cabo Primero Francisco Javier Pintos por el “homicidio agravado” de Rafael Nahuel. Se cae el relato del Ministerio de Seguridad y los medios colaborativos sobre la existencia de un “enfrentamiento armado” y en cambio se asegura que existió una “persecución”.

15/05/2019-Bariloche


Bullrich y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano

La resolución firmada por los jueces Mariano Lozano, Richar Gallego y Ricardo Barreiro, incluye duras críticas al Juez Federal Leónidas Moldes quien había procesado a cuatro miembros del grupo Albatros bajo la figura de “homicidio” cometido “en exceso de legítima defensa”.

Apenas un par de meses al frente del expediente habían bastado para que Moldes dé por acreditada la versión del enfrentamiento y había cerrado la instrucción con el procesamiento de los Albatros Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Sosa, Sergio Cavia imputándoles que en un supuesto contexto de agresión por parte de la comunidad mapuche, mataron a Rafael Nahuel. Moldes no determinó las diferentes responsabilidades entre los uniformados, y, tal como publicó En estos días, emitió una resolución plagada de puntos oscuros.

Pero la Cámara de Apelaciones desarmó esa teoría, y cuestionó al magistrado.

“Se dijo que los disparos ‘arrancaron ramas gruesas de cuajo’, esto no pudo ser respaldada con las pericias y la inspección del lugar”, planteó el Tribunal.

La Cámara acreditó la inexistencia del enfrentamiento, y en cambio, según palabras del Juez Barreiro, existió una “persecución”, ya que se encontraron vainas servidas de proyectiles 9 mm en ocho sitios distintos. Los Albatros, según este fallo, persiguieron a los tiros a los integrantes de la comunidad. Una verdadera cacería.


Leonidas Moldes

“Tuvo lugar una persecución, la que se comprueba sin mayor esfuerzo porque en ocho lugares más a lo largo del sendero ascendente fueron hallados restos de municiones disparadas con armas de fuego”, planteó Barreiro, y agregó que “¿no es, acaso, un hecho acreditado sin la menor duda que Nahuel recibió el balazo por la espalda? ¿No es ello compatible con una hipótesis como la que vengo delineando sobre la probable existencia de una persecución?”.

En esa misma línea, la versión sobre las ramas de árboles arrancadas de cuajo por los disparos con armas de grueso calibre en posesión de los mapuches, también fue desestimada.

La versión de Pintos “constituye la secuela precisa y planificada de un guión al que se atuvo con la mayor estrictez que le fue posible, instalando la teoría de que hubo una emboscada en la que los prefectos fueron rodeados, quedando atrapados por la pedrea hasta que lograron escapar bajo disparos efectuados por los mapuches con armas de fuego de un calibre importante, de lo que dio cuenta el relato estatal al consignar ‘porque arrancaron ramas gruesas de cuajo”.

La primera versión sobre esas supuestas armas corresponde a un audio de whatsapp del Oficial Principal Berra, quien dejó grabado un mensaje de voz dando cuenta de ese relato, que, dos días más tarde hizo propio la ministra de Seguridad Patricia Bullrich.

En tanto, tal como publicó este medio, también los Jueces desestimaron que segunda pericia balística realizada por Gendarmería, que contradijo lo afirmado en un primer trabajo elaborado por prestigiosos peritos.

“El peritaje de la Gendarmería fue dejado de lado -dijo la Cámara- ya que había sido elaborado por un organismo que depende del mismo Ministerio -el de Seguridad- del que depende la fuerza que intervino en el procedimiento”, por la Prefectura Naval Argentina, señaló el Juez Lozano.

Así, se revitalizó la pericia realizada por los peritos Roberto Nigris y Karina Uribe, con la participación ofrecida por la querella de la Licenciada en Criminalística, Silvia Bufalini. “Ese peritaje fue categórico en afirmar que el proyectil extraído de quien en vida fue Rafael Nahuel Salvo había sido disparado con el arma identificada con el número de serie 05-C335508; es decir, el subfusil asignado a Pintos”, detallaron los jueces.

Esclarecedor es el siguiente párrafo del voto de Barreiro: “De acuerdo con estos rastros en el lugar de los hechos, las cosas no acaecieron como dijo Pintos, ya que su versión dejó en claro que fueron atacados por el grupo de encapuchados con piedras y palos y también con dos armas de puño y que en ese lugar, acorralados, dispararon primeramente sus armas no letales y luego las de fuego reglamentarias hasta que, tras arrojar una bomba de estruendo lograron escapar hacia abajo. Es decir que, según este imputado, todo el episodio sucedió en un mismo sector. Nada de eso se respalda con los datos que arrojó el reconocimiento del lugar, en donde desde la primera señal de estas acciones —los restos de cartuchos no letales— hasta la última, los miembros de la Prefectura habrían avanzado, hacia arriba en la ladera, bastante más de 300 metros, detectándose en ese examen in situ la existencia de diez lugares en donde se ubicaron restos de la acción con armas. Los dos primeros con elementos no letales, los ocho restantes con rastros del empleo de armas reglamentarias 9mm. Diez lugares diferentes, a lo largo de esa distancia, en la que los agentes estatales emplearon sus armas.

¿Mintió Pintos? Creo que la respuesta afirmativa es irrebatible, al menos con lo que hasta aquí se ha colectado en la investigación y que he puntualizado precedentemente. Y si mintió acerca de cómo fue el desplazamiento sobre el terreno y cómo fueron empleadas las armas, ¿por qué creer su versión según la cual ascendió sin llevar consigo el subfusil MP5 y que recién se hizo de él luego de descender, cuando el episodio había concluido? ¿Cómo creer que esa arma no fue parte del equipamiento que llevó montaña arriba si la bala extraída del cuerpo de Nahuel Salvo fue disparada con ella como indica la pericia balística, según la cual ese proyectil “posee correspondencia categórica con el proyectil testigo” que se obtuvo de la prueba del subfusil de Pintos y, además, varias vainas servidas de ese tipo de arma fueron rescatadas durante el reconocimiento judicial?”.

La Cámara de Apelaciones dedicó un párrafo también a la doctrina de seguridad del Gobierno nacional de la alianza Cambiemos. Planteó que la de Rafael Nahuel “no una causa más de las que engrosan la agenda de los Tribunales y que lo que subyace en ella, o mejor dicho lo que hace que eclosione un resultado tan ominoso para el estado de derecho como cruel y doloroso para la familia del fallecido, es la discutible concepción de la seguridad nacional que alienta episodios que se reiteran en el tiempo con frecuencia cada vez mayor, en espiral de violencia estatal que no puede ser obviada en esta sentencia, cadena fatídica en la que la muerte evitable de Nahuel Salvo es un eslabón más, acaso no el último”.
https://www.enestosdias.com.ar/3775-los-puntos-claves-del-fallo-que-desarma-la-teoria-del-enfrentamiento
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MAS SOBRE ESTE ASESINATO

# ¿QUIÉN MATÓ A RAFAEL NAHUEL?
Los puntos oscuros del procesamiento de los Albatros


La resolución del Juez Leónidas Moldes abre las puerta a la impunidad en el asesinato de Rafael Nahuel, y al mismo tiempo lo deja a un paso de la recusación. Sólo tres minutos pasaron entre la recepción de la segunda pericia balística y el fallo de 111 páginas que procesó a los Albatros bajo la figura de “exceso en legítima defensa”. Los audios “verosímiles” y las indagatorias no creídas. El martes se presentan las apelaciones.

13/ENERO/2019- Bariloche- Santiago Rey


Leónidas Moldes

Si el Juez Gustavo Villanueva fue calificado por este medio como “el lento”, en relación a las demoras del expediente por el asesinato de Rafael Nahuel; Leónidas Moldes llegó para demostrar que era posible hacerlo todo más rápido. Mal, pero rápido.

Por ejemplo, tomando en cuenta las notificaciones obrantes en el sistema, en sólo tres minutos desde la notificación del resultado de la segunda pericia balística escribió su resolución de 111 páginas en la que procesa a cinco miembros del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina bajo la figura de “homicidio agravado cometido con exceso en la legítima defensa”.

Fuentes judiciales confiaron a En estos días que el miércoles 9 de enero pasado a las 12,48 por sistema se notificó de la llegada de la segunda pericia balística, realizada por Gendarmería, sobre el proyectil que mató a Rafael Nahuel. Y que exactamente tres minutos después, Moldes notificó el procesamiento, en una resolución de 111 páginas.



El magistrado posee una capacidad desconocida para resolver y escribir en tan corto lapso, o ya tenía información sobre el resultado de la pericia, que no compartió con las partes.

Esa brevedad impidió también que se notificara fehacientemente a la partes de las conclusiones de la pericia y que se permitiera a los abogados impugnar dicho resultado.

Ese informe planteó que no se puede determinar con certeza si la bala que mató a Rafael fue disparada por el subfusil MP5 del Cabo Primero Francisco Javier Pintos, tal como había establecido de forma indubitable una pericia realizada por los prestigiosos expertos Roberto A. Nigris y Karina N. Uribe por el Juzgado, y Silvia Bufalini por la querella.

Es decir que la Gendarmería sembró dudas sobre la procedencia del disparo mortal y los abogados de la querella -en representación de la familia de Rafael Nahuel- no tuvieron acceso a ese informe y se enteraron del resultado por su inclusión en la resolución de procesamientos.

Además, el resultado no se cotejó con la primera pericia, cuya existencia Moldes pareció desconocer u otorgarle menor valor probatorio por motivos que no explica en su resolución.


Rafael Nahuel

El ocultamiento y sobrevaloración de esa pericia no es el único punto oscuro del fin de la instrucción determinado por el Juez.

Por caso, de forma arbitraria y sin mayor fundamento que su propia valoración personal, consideró verosímiles los cuatro audios que por whatsapp envió el Oficial Principal Pablo Rubén Berra, a cargo del operativo, y quien armó el relato del enfrentamiento gracias a lo que le “contaron” los Albatros que efectuaron disparos.

Berra, sabiendo que su teléfono celular sería secuestrado -“poco más y te piden que entregues el culo”, se quejó- envió cuatro mensajes de voz en los que da forma al relato del enfrentamiento.

Dijo cosas como: “Cuando el segundo grupo (el que había quedado en una posición fija, asegurada) está ascendiendo a la montaña se chocan de frente con una unidad de aproximadamente diez o quince efectivos de estos mapuches. 

Cuando toman contacto agarran y les dicen ‘Alto Prefectura’, obviamente, como corresponde, y los tipos se desenvuelven, se mueven, ¿no? Forman una cuña, una cuña, y empiezan a tirar… piedras. De esa patrulla, uno tenía una marcadora; empieza a disparar con la marcadora. Cuando los indios reciben la agresión de las marcadoras responden con fuego letal, es decir, con armas letales, primero y fundamental con un calibre 22 y algún arma de otro calibre un poco más grande porque reventaba las ramas de los árboles. Obviamente, los soldados instruidos porque (inaudible) gente de la unidad, todos (inaudible) con infantería, empiezan a descender con disciplina de combate y los tipos avanzaban por saltos individuales, saltos individuales. Esto es lo que me estaban diciendo los muchachos”.

Uno de los Albatros con una honda, en el territorio

Y sobre sus “muchachos”, agregó: “Yo sé y creo y quiero pensar de que ninguno de estos es un enfermo mental y disparó a matar gente porque sí, ¿eh? Inclusive, no dispararon a matar sino que dispararon a los árboles. Eso es lo que me dijeron a mí”.

El Juez Moldes también le creyó a los “muchachos” y, a pesar que dio por cierto que no hubo otras armas más que las oficiales -subfusiles MP5 y pistolas Beretta- en el territorio donde ocurrió el hecho, consideró “verosímil” el relato de Berra, e interpretó que los Albatros fueron sometidos a disparos de armas de fuego. Por ese motivo, la figura de la legítima defensa.

Durante las indagatorias a las que fueron sometidos Fausto Jones Huala y Lautaro González -los dos jóvenes testigos del asesinato y quienes bajaron el cuerpo de Nahuel-, ambos relataron el hecho de forma muy distinta a los dichos de Berra por whatsapp.


La única lesión de uno de los Albatros en el "enfrentamiento"

Jones Huala señaló: “Cuando empezamos a bajar fuimos interceptados por efectivos de Prefectura, no sé cuántos eran, nos gritaron “¡ALTO!” y nos empezaron a disparar. Nos resguardamos un poco, fueron muchos disparos, rebotaban los disparos en los coihues. En un momento miro y veo que cae Rafael. Ahí empecé a gritar que dejen de disparar, pero siguieron disparando. De repente, no se escuchó más nada. Estaba Rafael en el suelo, me acerqué a verlo y vi que tenía un disparo del lado izquierdo. Le preguntaba cómo estaba y no podía hablar”.

Mientras que Lautaro González dijo: “Nosotros vimos morir a Rafael en nuestras manos, pero yo me entregué para llevar el cuerpo de Rafael, para que no pase lo mismo que con Santiago Maldonado, por lo corruptos que son”. Y agregó: “Antes de que llegara Prefectura, se disponían a bajar 'a ver qué estaba pasando', pero se encontraron en el camino con funcionarios de Prefectura y 'no les dieron tiempo a nada'”. Añadió: “Nos dieron la voz de alto y después empezó la balacera”.

Otros audios y mensajes de texto figuran en el expediente, surgidos de los teléfonos intervenidos de los integrantes de la comunidad Lafken Winkul Mapu y personas del exterior.

En ninguno de ellos -obtenidos antes, durante y después del asesinato de Rafael- se habla de uso de armas de fuego, ni ataque armado.

Pero para la Moldes -tal como había explicitado la Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich- la palabra de un uniformado -aunque se trate de quienes, según las pericias, hayan disparado entre 114 y 129 balas 9 mm.- es más verosímil que la de los mapuches de la comunidad.

Respecto a la pericia relacionada con la supuesta presencia de pólvora en las manos, una vez más Moldes prefiere dar crédito a un segundo informe que cuestionó los resultados del primero, realizado por el prestigioso Departamento de Caracterización de Materiales del Centro Atómico Bariloche.

El magistrado no resolvió el pedido de nulidad sobre dichas pericias, e incluyó ambos informes, contradictorios en relación a la presencia de pólvora en las manos de Rafael Nahuel.

Otro punto inexplicable en el apuro de Moldes es que tampoco se distribuyó una cédula por la habilitación de feria. Se habilitó de facto, sin comunicar a las partes, para emitir este procesamiento que abre la puerta a la impunidad.


Albatros, horas antes de ingresar al territorio en disputa

Así, el procesamiento, sin prisión preventiva, de Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Sergio García, Sergio Cavia y Carlos Sosa, será apelado el próximo martes, tanto por la querella, en representación de la familia de Rafael, como por los abogados de los también procesados testigos del hecho, Fausto Jones Huala y Lautaro González.

Así, ya sea por una potencial elevación a juicio bajo la figura del “exceso en legítima defensa”, o por una previsible recusación ante las inconsistencias del cierre de la intrucción, Moldes ya no estará al frente del expediente. Y lo logró en sólo dos meses.
https://www.enestosdias.com.ar/3373-los-puntos-oscuros-del-procesamiento-de-los-albatros

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# ¿QUIÉN MATÓ A RAFAEL NAHUEL?

Graciela: “Todavía tenemos que luchar mucho”


Los padres de Rafael Nahuel, asesinado por la espalda por efectivos de Prefectura en la comunidad mapuche de Mascardi, expresaron su conformidad por la prisión dispuesta para el Cabo Pintos. Dijeron que el juez Moldes se les “rió en la cara”. También pidieron que “Macri y Bullrich paguen por la muerte de Rafita”.

17/05/2019


Graciela y Alejandro, un poco más cerca de la verdad

“Estoy contenta porque los jueces nos dieron por lo menos alguna solución. Detienen a Pintos, que en verdad es el verdadero asesino de Rafita. Lo sabemos hace rato y estoy contenta de verdad. Creo que deberían meterlo preso de por vida”. 
Así, Graciela Salvo, madre de Rafael Nahuel, expresó su conformidad por la decisión de la Cámara Federal de General Roca de dictar prisión preventiva al sospechoso principal de asesinar a su hijo Rafael Nahuel, el prefecto Francisco Javier Pintos.

En diálogo con Wall Kintun TV, Canal Mapuche, Graciela Salvo y el padre de Rafita, Alejandro Nahuel, se refirieron a la decisión judicial que dio vuelta el fallo previo del juez instructor Leónidas Moldes, y reclamaron un juicio transparente y una condena ejemplar para Pintos, además de reclamar que también “paguen” el presidente Mauricio Macri y la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, defensores de los asesinos y promotores de una versión falsa de “muerte en enfrentamiento”.

“Yo digo que Macri y Bullrich tienen que hacerse cargo de lo que pasó con Rafita”, dijo.

“A nosotros no nos van a devolver la vida de Rafita, seguimos todo el tiempo con el mismo dolor toda la familia con un dolor muy grande de no tener a Rafita. Esto recién empieza y tenemos que luchar mucho todavía. Este es un un paso más a la solución que queríamos, al menos el que mató a Rafita está preso”, agregó Graciela.

En realidad, hasta el momento Pintos no fue detenido, aunque pesa la orden de la Cámara Federal que el pasado miércoles resolvió procesarlo por el “homicidio agravado” de Nahuel.

La madre de la víctima recordó que fueron a una audiencia a la Cámara Federal de General Roca y les “dijeron que iban a resolver el caso de Rafita” aunque “mucho no informaron sobre lo que pasaba”.



Alejandro expresó que en Bariloche la Justicia Federal “no escuchó: al contrario, nos ponían trabas. Nos decían que no sabían si había sido Pintos, que había sido un compañero, y así nos tenían”, afirmó.

“Fuimos dos veces a hablar con el juez (federal Leónidas Moldes) y se nos rió en la cara. Ahora estamos con bronca, aunque un poco más tranquilos porque detuvieron a Pintos, el asesino. Lo sabíamos bien, las pericias lo decían. No sé por qué el Juez metía tanta traba. Ahora esperamos el juicio y que le den condena”, señaló el padre de Rafa.

Graciela agregó que “este 25 se cumple un año y siete meses de la muerte de Rafita, que como madre nunca voy a aceptar. Siempre es como si lo tuviera presente, lo tengo conmigo”, reafirmó.

Para la madre, desde aquel 25 de noviembre de 2017, “no tenemos una vida normal; es una vida de tristeza”.

https://www.enestosdias.com.ar/3779-graciela-todavia-tenemos-que-luchar-mucho
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Vea mas: Autonomía y Libredeterminación Mapuche

https://www.facebook.com/Autonom%C3%ADa-y-libredeterminaci%C3%B3n-Mapuche-1803299293218106/

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Nota de WMFT: Cuanta gente como este asesino de nuestro hermano Rafita están en las filas de las distintas policías de los países?
Por ello tanta violencia contra el pueblo desarmado, humilde, que pide justicia ante los continuos atropellos a que son sometidos por los Estados coloniales cri$tiano/ma$ones que controlan los hilos de estas sociedades.
Como detectar a estos criminales que se infiltran en los estamentos militares y que posteriormente harán tanto daño a las sociedades, comunidades, familias.

Aquí este delincuente debe ser condenado y enviado a una cárcel común para que pague por su crimen. Eso al menos dará un pequeño sosiego a la familia de Rafita, su comunidad, su pueblo.


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