Corte Interamericana de Derechos Humanos condena a Chile en caso Mapuche vs República de Chile
San José, Costa Rica, 29 de julio de 2014.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) notificó hoy su condena del Estado chileno por violaciones a los derechos humanos de integrantes del pueblo Mapuche en el caso Norin Catriman y otros vs la República de Chile. La FIDH saluda y reconoce esta valiosa decisión.
“Este fallo sienta un precedente en la región ya que constituye un importante reconocimiento por la Corte IDH del fenómeno de criminalización de la protesta social en regímenes democráticos en América Latina” señaló Jimena Reyes, Responsable de la Oficina para las Américas de la FIDH y abogada del caso. “ Se abre un camino a la condena de este tipo de prácticas lamentablemente extendidas en nuestro continente ” acotó.
La Corte IDH condena al Estado Chileno al considerar, entre otras, que las sentencias condenatorias expedidas en contra de las víctimas de este caso -determinando su responsabilidad penal por delitos de supuesto carácter terrorista- fueron emitidas fundándose en una ley antiterrorista violatoria del principio de legalidad y del derecho a la presunción de inocencia.
La Corte también encontró que en la fundamentación de las sentencias condenatorias se utilizaron razonamientos que denotan estereotipos y prejuicios, lo cual configuró una violación del principio de igualdad y no discriminación. Adicionalmente, la Corte encontró que se produjeron violaciones al derecho de la defensa y del derecho de recurrir de esos fallos penales condenatorios. Todo ello hace que esas condenas fuesen arbitrarias e incompatibles con la Convención Americana.
La FIDH junto con dos otros abogados representó ante la Corte a cinco de las ocho víctimas del caso: los dos Lonkos Ciriaco y Pichun, y los Mapuche y activistas José Huencunao, Jaime Marileo y Patrico Marileo, militantes por la recuperación de las tierras de sus comunidades condenados en el 2002 y 2003 a largas penas por los delitos de “amenaza terrorista” e “incendios terroristas”.
La FIDH acoge con satisfacción que la Corte haya confirmado en su sentencia que las condenas por terrorismo de nuestros representados constituyeron un acto de discriminación racial mediante el cual se criminalizó la protesta social de miembros del pueblo indígena mapuche, esto teniendo como posible efecto el amedrentamiento de la expresión de reivindicaciones mapuche de recuperación de las tierras ancestrales.
Al regreso de la democracia, y frente a las constantes negativas de los tribunales de reconocer los títulos de propiedad de los Mapuches y al impacto de los proyectos de inversión forestales, hidroeléctricos y camineros que los gobiernos realizaron sin proceso de consulta, los Mapuches respondieron mediante movilizaciones en defensa de sus derechos. A partir de 1992, los gobiernos empezaron a criminalizar la protesta Mapuche, y desde 2001 mediante la aplicación de la Ley Antiterrorista a sus autoridades, dirigentes y miembros, destinadas a debilitar las movilizaciones y protestas sociales emprendidas para recuperar sus territorios ancestrales.
“La FIDH celebra esta memorable decisión, no obstante, manifiesta su preocupación por las extensas violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales que siguen afectando particularmente a los grupos más vulnerables como las comunidades indígenas de América Latina” señaló Karim Lahidji, Presidente de la FIDH.
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- VEA FALLO AKÍ:
- VEA FALLO AKÍ:
http://www.cooperativa.cl/noticias/site/artic/20140729/asocfile/20140729210229/fallo.pdf
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Abya Yala/$hile/Wallmapu- TEMUKO- 3er COMUNICADO PÚBLICO, HUELGA DE HAMBRE DE LOS PRESOS POLÍTICOS MAPUCHE EN TEMUKO - 26 DE JULIO 2014
Los Presos Politicos Mapuche han tomado la drástica desición de pasar a una HUEGA de HAMBRE INDEFINIDA "por nuestra LIBERTAD TOTAL, ya que el gobierno no tiene la voluntad de solucionar nuestro traslado" explicaron en un comunicado.
"Por lo tanto si hemos de arriesgar nuestras vidas debe ser por algo digno" señalaron Cristian Levinao Melinao y Luis Marileo Cariqueo, quienes el pasado 17 de julio iniciaron esta movilización que se mantendrá "hasta las últimas consecuencias".
Al respecto, el gobierno chileno de Bachelet aún no ha respondido y mantiene su indiferencia.
Alrededor de un kilo por día están bajado de peso los dos Presos Politicos Mapuche que retomaron una HUELGA DE HAMBRE al interior de la cárcel de Temuco luego del incumplimiento del Gobierno chileno de Bachelet de trasladarlos, pero AHORA EXIGEN SU LIBERTAD TOTAL.
Luego de 11 días Cristian Levinao Melinao y Luis Marileo Cariqueo han bajado 8 y 10 kilos respectivamente y retomaron el reclamo de la huelga de hambre anterior que se extendió por 39 días luego de NO ser trasladados al CET de Victoria, junto a Leonardo Quijón.
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- 3° COMUNICADO PUBLICO HUELGA DE HAMBRE DE LOS PRESOS POLITICOS MAPUCHE EN TEMUCO - 26 DE JULIO 2014
A las comunidades en resistencia, a los peñi y lamgen que solidarizan conscientemente con nuestra lucha, a la opinión pública nacional e internacional:
Kiñe: Los Presos Políticos Mapuche Cristian Levinao Melinao y Luis Marileo Cariqueo, del Lof Chequenco, comuna de Ercilla, que actualmente permanecemos en huelga de hambre en el penal de Temuco, reafirmamos nuestra decisión con mucha fuerza y dignidad de continuar hasta las últimas consecuencias nuestra movilización, por el incumplimiento del gobierno con respecto a su compromiso público de nuestro traslado al CET.
Epu: Hemos tomado la decisión que no arriesgaremos nuestras vidas por un simple traslado al CET. Hoy día asumiremos esta huelga indefinida por nuestra libertad total, ya que el gobierno no tiene la voluntad de solucionar nuestro traslado. Por lo tanto si hemos de arriesgar nuestras vidas debe ser por algo digno de nuestra lucha, que es la lucha de todo un pueblo.
Küla: A 9 días de haber retomado la movilización hemos tenido una baja promedio de peso de 1 kg diario, aproximadamente. Recordamos que esta es nuestra cuarta huelga de hambre, por lo cual nuestro estado de salud es grave y las secuelas serán permanentes.
Meli: Exigimos al gobierno que cumpla los acuerdos y a resolver de manera real lo que ha sido su afán político de un “nuevo trato” con el pueblo mapuche, ya que hasta ahora no lo ha demostrado, usando solamente la mentira y la represión como todos los gobiernos anteriores.
¡¡¡TRASLADO INMEDIATO AL CET DE ANGOL!!!
¡¡¡LIBERTAD A TODOS LOS PRESOS POLÍTICOS MAPUCHES!!!
AMULEPE TAIÑ WEICHAN
Penal de Temuko, 26 de julio de 2014
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Corte Interamericana de DD.HH condena a Chile por aplicar ley antiterrorista a ocho mapuche
(Lonko Pascual Pichún | RBB)
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) responsabilizó al Estado chileno de violar los principios de legalidad y presunción de inocencia, entre otros, de ocho ciudadanos mapuche que fueron juzgados y condenados en base a la Ley Antiterrorista.
“La Corte concluyó que Chile violó el principio de legalidad y el derecho a la presunción de inocencia en perjuicio de las ocho víctimas de este caso por haber mantenido vigente y aplicado el artículo 1° de la Ley N° 18.314 que contenía una presunción legal del elemento subjetivo del tipo terrorista”, precisó un comunicado del tribunal, con sede en Costa Rica.
Los ocho involucrados en el caso fueron condenados a penas de entre 5 y 10 años por los delitos de incendio y tentativa de incendio, calificados de terroristas, en hechos ocurridos en los años 2001 y 2002 en las regiones chilenas de Bío Bío y La Araucanía.
Se trata de los lonko de Traiguén Aniceto Norín y Pascual Pichún, fallecido en marzo de 2013 (en la foto); el dirigente de Collipulli Víctor Ancalaf Llaupe; el lonko de Chequenco Juan Ciriaco Millacheo; los comuneros de Ercilla Jaime Marileo Saravia y Juan Patricio Marileo Saravia; el ex miembro de la Coordinadora Arauco Malleco y dirigente de Lleu Lleu, José Huenchunao; y la activista Patricia Troncoso Robles.
La Corte encontró además que en la fundamentación de las sentencias condenatorias se utilizaron “razonamientos que denotan estereotipos y prejuicios”, lo cual configura una violación del principio de igualdad y no discriminación, y el derecho a la igual protección de la ley.
Los magistrados de la Corte regional encontraron también en los diferentes procesos contra los mapuche violaciones a las garantías judiciales, como el derecho de la defensa a interrogar testigos y recurrir los fallos penales.
Violaciones a la libertad personal, a la libertad de pensamiento y de expresión y a los derechos políticos son otras de las garantías de la Convención Americana de Derechos Humanos que fueron vulneradas en perjuicio de varias de las víctimas, señaló el tribunal.
La sentencia ordena al Estado chileno, como medida de reparación, adoptar “todas las medidas judiciales, administrativas o de cualquier otra índole para dejar sin efecto, en todos sus extremos, las sentencias penales condenatorias emitidas en contra de las ocho víctimas”.
Asimismo ordena otorgar becas de estudio en instituciones públicas chilenas a los hijos de las víctimas que lo soliciten y pagar indemnizaciones por los daños materiales y inmateriales causados a los demandantes.
"Por lo tanto si hemos de arriesgar nuestras vidas debe ser por algo digno" señalaron Cristian Levinao Melinao y Luis Marileo Cariqueo, quienes el pasado 17 de julio iniciaron esta movilización que se mantendrá "hasta las últimas consecuencias".
Al respecto, el gobierno chileno de Bachelet aún no ha respondido y mantiene su indiferencia.
Alrededor de un kilo por día están bajado de peso los dos Presos Politicos Mapuche que retomaron una HUELGA DE HAMBRE al interior de la cárcel de Temuco luego del incumplimiento del Gobierno chileno de Bachelet de trasladarlos, pero AHORA EXIGEN SU LIBERTAD TOTAL.
Luego de 11 días Cristian Levinao Melinao y Luis Marileo Cariqueo han bajado 8 y 10 kilos respectivamente y retomaron el reclamo de la huelga de hambre anterior que se extendió por 39 días luego de NO ser trasladados al CET de Victoria, junto a Leonardo Quijón.
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- 3° COMUNICADO PUBLICO HUELGA DE HAMBRE DE LOS PRESOS POLITICOS MAPUCHE EN TEMUCO - 26 DE JULIO 2014
A las comunidades en resistencia, a los peñi y lamgen que solidarizan conscientemente con nuestra lucha, a la opinión pública nacional e internacional:
Kiñe: Los Presos Políticos Mapuche Cristian Levinao Melinao y Luis Marileo Cariqueo, del Lof Chequenco, comuna de Ercilla, que actualmente permanecemos en huelga de hambre en el penal de Temuco, reafirmamos nuestra decisión con mucha fuerza y dignidad de continuar hasta las últimas consecuencias nuestra movilización, por el incumplimiento del gobierno con respecto a su compromiso público de nuestro traslado al CET.
Epu: Hemos tomado la decisión que no arriesgaremos nuestras vidas por un simple traslado al CET. Hoy día asumiremos esta huelga indefinida por nuestra libertad total, ya que el gobierno no tiene la voluntad de solucionar nuestro traslado. Por lo tanto si hemos de arriesgar nuestras vidas debe ser por algo digno de nuestra lucha, que es la lucha de todo un pueblo.
Küla: A 9 días de haber retomado la movilización hemos tenido una baja promedio de peso de 1 kg diario, aproximadamente. Recordamos que esta es nuestra cuarta huelga de hambre, por lo cual nuestro estado de salud es grave y las secuelas serán permanentes.
Meli: Exigimos al gobierno que cumpla los acuerdos y a resolver de manera real lo que ha sido su afán político de un “nuevo trato” con el pueblo mapuche, ya que hasta ahora no lo ha demostrado, usando solamente la mentira y la represión como todos los gobiernos anteriores.
¡¡¡TRASLADO INMEDIATO AL CET DE ANGOL!!!
¡¡¡LIBERTAD A TODOS LOS PRESOS POLÍTICOS MAPUCHES!!!
AMULEPE TAIÑ WEICHAN
Penal de Temuko, 26 de julio de 2014
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Corte Interamericana de DD.HH condena a Chile por aplicar ley antiterrorista a ocho mapuche
(Lonko Pascual Pichún | RBB)
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) responsabilizó al Estado chileno de violar los principios de legalidad y presunción de inocencia, entre otros, de ocho ciudadanos mapuche que fueron juzgados y condenados en base a la Ley Antiterrorista.
“La Corte concluyó que Chile violó el principio de legalidad y el derecho a la presunción de inocencia en perjuicio de las ocho víctimas de este caso por haber mantenido vigente y aplicado el artículo 1° de la Ley N° 18.314 que contenía una presunción legal del elemento subjetivo del tipo terrorista”, precisó un comunicado del tribunal, con sede en Costa Rica.
Los ocho involucrados en el caso fueron condenados a penas de entre 5 y 10 años por los delitos de incendio y tentativa de incendio, calificados de terroristas, en hechos ocurridos en los años 2001 y 2002 en las regiones chilenas de Bío Bío y La Araucanía.
Se trata de los lonko de Traiguén Aniceto Norín y Pascual Pichún, fallecido en marzo de 2013 (en la foto); el dirigente de Collipulli Víctor Ancalaf Llaupe; el lonko de Chequenco Juan Ciriaco Millacheo; los comuneros de Ercilla Jaime Marileo Saravia y Juan Patricio Marileo Saravia; el ex miembro de la Coordinadora Arauco Malleco y dirigente de Lleu Lleu, José Huenchunao; y la activista Patricia Troncoso Robles.
La Corte encontró además que en la fundamentación de las sentencias condenatorias se utilizaron “razonamientos que denotan estereotipos y prejuicios”, lo cual configura una violación del principio de igualdad y no discriminación, y el derecho a la igual protección de la ley.
Los magistrados de la Corte regional encontraron también en los diferentes procesos contra los mapuche violaciones a las garantías judiciales, como el derecho de la defensa a interrogar testigos y recurrir los fallos penales.
Violaciones a la libertad personal, a la libertad de pensamiento y de expresión y a los derechos políticos son otras de las garantías de la Convención Americana de Derechos Humanos que fueron vulneradas en perjuicio de varias de las víctimas, señaló el tribunal.
La sentencia ordena al Estado chileno, como medida de reparación, adoptar “todas las medidas judiciales, administrativas o de cualquier otra índole para dejar sin efecto, en todos sus extremos, las sentencias penales condenatorias emitidas en contra de las ocho víctimas”.
Asimismo ordena otorgar becas de estudio en instituciones públicas chilenas a los hijos de las víctimas que lo soliciten y pagar indemnizaciones por los daños materiales y inmateriales causados a los demandantes.
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PRONUNCIAMIENTO
Los(as) familiares de los Presos Políticos Mapuche de la Coordinadora Arauco Malleco, ante la condena al Estado Chileno por parte de la CIDH, en el caso Norin Catriman y otros vs la República de Chile, por violaciones a los derechos humanos, señala lo siguiente:
1) Saludamos y valoramos esta resolución la que viene a remediar en parte las injusticias cometidas en contra de nuestras autoridades y hermanos y hermanas mapuche que fueron procesados y condenados a través de la Ley Antiterrorista.
2) Dicha resolución viene a ratificar lo que hemos denunciado en múltiples ocasiones respecto de la Ley Antiterrorista, promulgada durante la Dictadura Pinochetista, la que ha sido aplicada durante la “democracia” exclusivamente en contra de dirigentes y militantes de la causa del Pueblo Nación Mapuche, lo cual es un evidente acto de discriminación y de persecución en contra del “enemigo interno”. Como dice la resolución:
• Violándose garantías judiciales como el Derecho a la Defensa
• Violándose el Derecho a la libertad personal a través de largas prisiones preventivas entre otros.
3) Que la resolución establece claramente, en relación a la utilización de testigos con reserva de identidad, “que ese medio de prueba no sea utilizado en grado decisivo para fundar una condena”.
4) Junto con lo anterior se establece la violación, por parte del Estado Chileno, del Derecho a la Protección de la Familia, al recluir a los presos políticos mapuche en centros penitenciarios alejados de sus comunidades.
5) Por lo anterior denunciamos que el Estado Chileno, a través de sus diferentes instituciones, ha continuado violando todos estos derechos, independiente de los gobiernos de turno, y que en caso particular de los PPM-CAM (caso Elgueta y Jorquera) se suman otras violaciones a las garantías judiciales y derechos humanos, tales como:
• Prisión preventiva de un año y medio aproximadamente.
• Torturas y apremios ilegítimos
• Participación de 40 testigos secretos
• Condena basada ÚNICAMENTE, en el testimonio del testigo secreto Nº 26.
• DOBLE JUZGAMIENTO, a través de la Justicia Civil y Militar, con dos veredictos contradictorios, donde la Justicia Militar absuelve y la Justicia Civil Condena.
• Traslado ilegal desde la Cárcel de Angol a la Cárcel de Concepción, por parte de Gendarmería, en contra de la Resolución Judicial del Tribunal de Cañete.
Situación que en estos momento, esta siendo evaluada por en la Comisión Interamerica de Derechos Humanos.
6) Cabe mencionar que los PPM-CAM sufrieron, además, las más altas condenas, 25 a 20 años respectivamente, las que sólo fueron rebajadas tras una larga huelga de hambre.
6) Por todo lo anterior y en base al Informe del Relator Ben Emmerson y a la actual Condena en contra del Estado Chileno,exigimos, la revisión inmediata de la Condena en contra de los PPM-CAM y un nuevo Juicio sin Ley Antiterrorista y sin la utilización de testigos secretos.
¡LIBERTAD A TODOS LOS PRESOS POLÍTICOS MAPUCHE!
NO A LA LEY ANTITERRORISTA
Familiares Presos Políticos Mapuche-CAM
Colectivo de Apoyo Presos Políticos Mapuche-CAM
Wallmapu, Julio 30 de 2014
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Gobierno asegura que acatará condena de la CIDH por aplicar Ley Antiterrorista a ocho mapuche
(Sebastián Rodríguez | Agencia UNO)
“El gobierno va a cumplir con la condena dictada por este tribunal internacional dependiente de la OEA”, así lo anunció el Ministro de Justicia, José Antonio Gómez, quien no quiso calificar si fue un error por parte de los gobiernos de la Concertación al haber invocado la Ley Antiterrorista en este proceso judicial, donde el Estado chileno fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Recordemos que fueron ocho comuneros mapuche los que fueron condenados por la Ley Antiterrorista. Se trata de los lonko de Traiguén Aniceto Norín y Pascual Pichún, fallecido en marzo de 2013; el dirigente de Collipulli Víctor Ancalaf Llaupe; el lonko de Chequenco Juan Ciriaco Millacheo; los comuneros de Ercilla Jaime Marileo Saravia y Juan Patricio Marileo Saravia; el ex miembro de la Coordinadora Arauco Malleco y dirigente de Lleu Lleu, José Huenchunao; y la activista Patricia Troncoso Robles.
Cabe destacar que Lorena Fries, directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, asistió a la actividad en el Ministerio de Justicia, donde reconoció que es grave que la Corte Interamericana haya sancionado a Chile, enfatizando el hecho que la resolución judicial discriminó por raza a los condenados.
Por su parte Juan Pichún, hijo de Pascual Pichún, uno de los comuneros mapuche condenados y que murió de un ataque cardiaco, dijo que lo único que lamenta es que su padre haya fallecido condenado por amenaza terrorista y que espera que la Presidenta Michelle Bachelet cumpla con esta sanción.
En tanto, el Ministro del Interior, Rodrigo Peñailillo también se refirió al fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó a Chile por aplicar la Ley Antiterrorista a ocho mapuche, violando principios de legalidad y presunción de inocencia.
En la ocasión el secretario de Estado dijo que “tenemos que respetar el fallo, ver cómo lo implementamos, pero aquí no hay que llamarse a engaño, aquí nosotros vamos a perseguir a todas las personas que están detrás de los hechos violentos, porque demanda histórica o no, no amerita, no justifica la violencia. Por supuesto respetaremos el fallo, lo leeremos con calma”.
- http://www.biobiochile.cl/2014/07/30/gobierno-asegura-que-acatara-condena-de-la-cidh-por-aplicar-ley-antiterrorista-a-ocho-mapuche.shtml
PRONUNCIAMIENTO
Los(as) familiares de los Presos Políticos Mapuche de la Coordinadora Arauco Malleco, ante la condena al Estado Chileno por parte de la CIDH, en el caso Norin Catriman y otros vs la República de Chile, por violaciones a los derechos humanos, señala lo siguiente:
1) Saludamos y valoramos esta resolución la que viene a remediar en parte las injusticias cometidas en contra de nuestras autoridades y hermanos y hermanas mapuche que fueron procesados y condenados a través de la Ley Antiterrorista.
2) Dicha resolución viene a ratificar lo que hemos denunciado en múltiples ocasiones respecto de la Ley Antiterrorista, promulgada durante la Dictadura Pinochetista, la que ha sido aplicada durante la “democracia” exclusivamente en contra de dirigentes y militantes de la causa del Pueblo Nación Mapuche, lo cual es un evidente acto de discriminación y de persecución en contra del “enemigo interno”. Como dice la resolución:
• Violándose garantías judiciales como el Derecho a la Defensa
• Violándose el Derecho a la libertad personal a través de largas prisiones preventivas entre otros.
3) Que la resolución establece claramente, en relación a la utilización de testigos con reserva de identidad, “que ese medio de prueba no sea utilizado en grado decisivo para fundar una condena”.
4) Junto con lo anterior se establece la violación, por parte del Estado Chileno, del Derecho a la Protección de la Familia, al recluir a los presos políticos mapuche en centros penitenciarios alejados de sus comunidades.
5) Por lo anterior denunciamos que el Estado Chileno, a través de sus diferentes instituciones, ha continuado violando todos estos derechos, independiente de los gobiernos de turno, y que en caso particular de los PPM-CAM (caso Elgueta y Jorquera) se suman otras violaciones a las garantías judiciales y derechos humanos, tales como:
• Prisión preventiva de un año y medio aproximadamente.
• Torturas y apremios ilegítimos
• Participación de 40 testigos secretos
• Condena basada ÚNICAMENTE, en el testimonio del testigo secreto Nº 26.
• DOBLE JUZGAMIENTO, a través de la Justicia Civil y Militar, con dos veredictos contradictorios, donde la Justicia Militar absuelve y la Justicia Civil Condena.
• Traslado ilegal desde la Cárcel de Angol a la Cárcel de Concepción, por parte de Gendarmería, en contra de la Resolución Judicial del Tribunal de Cañete.
Situación que en estos momento, esta siendo evaluada por en la Comisión Interamerica de Derechos Humanos.
6) Cabe mencionar que los PPM-CAM sufrieron, además, las más altas condenas, 25 a 20 años respectivamente, las que sólo fueron rebajadas tras una larga huelga de hambre.
6) Por todo lo anterior y en base al Informe del Relator Ben Emmerson y a la actual Condena en contra del Estado Chileno,exigimos, la revisión inmediata de la Condena en contra de los PPM-CAM y un nuevo Juicio sin Ley Antiterrorista y sin la utilización de testigos secretos.
¡LIBERTAD A TODOS LOS PRESOS POLÍTICOS MAPUCHE!
NO A LA LEY ANTITERRORISTA
Familiares Presos Políticos Mapuche-CAM
Colectivo de Apoyo Presos Políticos Mapuche-CAM
Wallmapu, Julio 30 de 2014
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Gobierno asegura que acatará condena de la CIDH por aplicar Ley Antiterrorista a ocho mapuche
(Sebastián Rodríguez | Agencia UNO)
“El gobierno va a cumplir con la condena dictada por este tribunal internacional dependiente de la OEA”, así lo anunció el Ministro de Justicia, José Antonio Gómez, quien no quiso calificar si fue un error por parte de los gobiernos de la Concertación al haber invocado la Ley Antiterrorista en este proceso judicial, donde el Estado chileno fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Recordemos que fueron ocho comuneros mapuche los que fueron condenados por la Ley Antiterrorista. Se trata de los lonko de Traiguén Aniceto Norín y Pascual Pichún, fallecido en marzo de 2013; el dirigente de Collipulli Víctor Ancalaf Llaupe; el lonko de Chequenco Juan Ciriaco Millacheo; los comuneros de Ercilla Jaime Marileo Saravia y Juan Patricio Marileo Saravia; el ex miembro de la Coordinadora Arauco Malleco y dirigente de Lleu Lleu, José Huenchunao; y la activista Patricia Troncoso Robles.
Cabe destacar que Lorena Fries, directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, asistió a la actividad en el Ministerio de Justicia, donde reconoció que es grave que la Corte Interamericana haya sancionado a Chile, enfatizando el hecho que la resolución judicial discriminó por raza a los condenados.
Por su parte Juan Pichún, hijo de Pascual Pichún, uno de los comuneros mapuche condenados y que murió de un ataque cardiaco, dijo que lo único que lamenta es que su padre haya fallecido condenado por amenaza terrorista y que espera que la Presidenta Michelle Bachelet cumpla con esta sanción.
En tanto, el Ministro del Interior, Rodrigo Peñailillo también se refirió al fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó a Chile por aplicar la Ley Antiterrorista a ocho mapuche, violando principios de legalidad y presunción de inocencia.
En la ocasión el secretario de Estado dijo que “tenemos que respetar el fallo, ver cómo lo implementamos, pero aquí no hay que llamarse a engaño, aquí nosotros vamos a perseguir a todas las personas que están detrás de los hechos violentos, porque demanda histórica o no, no amerita, no justifica la violencia. Por supuesto respetaremos el fallo, lo leeremos con calma”.
- http://www.biobiochile.cl/2014/07/30/gobierno-asegura-que-acatara-condena-de-la-cidh-por-aplicar-ley-antiterrorista-a-ocho-mapuche.shtml
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Consejo de Todas las Tierras destaca a CIDH por anular condenas a mapuche bajo Ley Antiterrorista
Luego que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenara a Chile por violar la presunción de inocencia y los principios de legalidad de un grupo de mapuches a quien se les aplicó la ley antiterrorista, el Consejo de Todas las Tierras, señaló que siempre tuvo la convicción que el Estado sería objeto de una contundente resolución.
El Consejo de Todas las Tierras, declaró que la resolución de un tribunal internacional y con carácter obligatorio, sienta un precedente y abre una gran oportunidad en lucha Mapuche por la restitución de tierras y el derecho a la autodeterminación al más breve plazo.
Esta resolución pone de manifiesto que los jueces Chilenos actúan discriminatoriamente con los Mapuche, pero brinda a fuerza al movimiento Mapuche, según el Consejo de Todas las Tierras.
El martes 29 de julio 2014, la Corte Interamericana consideró en la resolución que “la sola utilización de razonamientos que denotan estereotipos y prejuicios en la fundamentación de las sentencias configuraron una violación del principio de igualdad y no discriminación”.
Por ello ordenó “anular las sentencias y dejar sin efecto las penas privativas de libertad y penas accesorias y liberar a las víctimas que aún se encuentren sujetas a libertad condicional”
La Resolución además indicó que “el Estado debe adoptar todas las medidas judiciales, administrativas o de cualquier otra índole para dejar sin efecto, en todos sus extremos, las sentencias penales condenatorias emitidas”.
Asimismo, ésta agregó que el “Estado violó el derecho a la libertad personal, la libertad de expresión y pensamiento, a que la defensa interrogara testigos, el de recurrir el fallo ante un juez o tribunal superior y los derechos políticos de los mapuches”.
Consejo de Todas las Tierras destaca a CIDH por anular condenas a mapuche bajo Ley Antiterrorista
Luego que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenara a Chile por violar la presunción de inocencia y los principios de legalidad de un grupo de mapuches a quien se les aplicó la ley antiterrorista, el Consejo de Todas las Tierras, señaló que siempre tuvo la convicción que el Estado sería objeto de una contundente resolución.
El Consejo de Todas las Tierras, declaró que la resolución de un tribunal internacional y con carácter obligatorio, sienta un precedente y abre una gran oportunidad en lucha Mapuche por la restitución de tierras y el derecho a la autodeterminación al más breve plazo.
Esta resolución pone de manifiesto que los jueces Chilenos actúan discriminatoriamente con los Mapuche, pero brinda a fuerza al movimiento Mapuche, según el Consejo de Todas las Tierras.
El martes 29 de julio 2014, la Corte Interamericana consideró en la resolución que “la sola utilización de razonamientos que denotan estereotipos y prejuicios en la fundamentación de las sentencias configuraron una violación del principio de igualdad y no discriminación”.
Por ello ordenó “anular las sentencias y dejar sin efecto las penas privativas de libertad y penas accesorias y liberar a las víctimas que aún se encuentren sujetas a libertad condicional”
La Resolución además indicó que “el Estado debe adoptar todas las medidas judiciales, administrativas o de cualquier otra índole para dejar sin efecto, en todos sus extremos, las sentencias penales condenatorias emitidas”.
Asimismo, ésta agregó que el “Estado violó el derecho a la libertad personal, la libertad de expresión y pensamiento, a que la defensa interrogara testigos, el de recurrir el fallo ante un juez o tribunal superior y los derechos políticos de los mapuches”.
- http://www.biobiochile.cl/2014/07/30/consejo-de-todas-las-tierras-valora-resolucion-de-cidh-que-dejo-sin-efecto-condenas-por-terrorismo.shtml
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Corte IDH ordenó a Chile anular condenas contra comuneros mapuche por terrorismo
Tribunal condenó a Chile por violar el principio de legalidad y el derecho a la presunción de inocencia, entre otras cosas.
"El Estado debe adoptar todas las medidas judiciales para dejar sin efecto las sentencias penales condenatorias emitidas", indica la resolución.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ordenó a Chile dejar sin efecto las condenas por terrorismo contra siete integrantes del pueblo mapuche y una activista, informó el organismo.
"El Estado debe adoptar todas las medidas judiciales, administrativas o de cualquier otra índole para dejar sin efecto, en todos sus extremos, las sentencias penales condenatorias emitidas", indicó el fallo publicado este martes por la Corte, con sede en Costa Rica.
Los mapuche condenados por terrorismo a partir de 2003, en el marco de un conflicto por tierras, son Segundo Aniceto Norín Catrimán, Pascual Huentequeo Pichún Paillalao, Víctor Manuel Ancalaf LLaupe, Florencio Jaime Marileo Saravia, Juan Patricio Marileo Saravia, José Huenchunao Mariñán, Juan Ciriaco Millacheo Licán y la activista Patricia Troncoso Robles.
La decisión de la Corte IDH
En la sentencia la CorteIDH condenó a Chile por violar, entre otras cosas, el principio de legalidad y el derecho a la presunción de inocencia, el principio de igualdad y no discriminación y el derecho a la igual protección de la ley de las víctimas.
Además, el Estado chileno violó el derecho a la libertad personal, la libertad de expresión y pensamiento, a que la defensa interrogara testigos, el de recurrir el fallo ante un juez o tribunal superior y los derechos políticos de los mapuches.
Las víctimas de este caso fueron procesadas bajo la ley Antiterrorista por hechos ocurridos en los años 2001 y 2002 en las regiones de Biobío y la Araucanía.
En esa zona se mantiene abierto desde hace dos décadas un conflicto que enfrenta a grupos mapuches con empresarios agrícolas y forestales, algunos de los cuales han recibido protección policial, por la propiedad de tierras que los indígenas consideran ancestrales.
Las condenas contra los indígenas fueron por delitos como "amenaza de incendio terrorista", "incendio terrorista" y "conducta terrorista", y los castigos dictados oscilaron entre los 5 y los 10 años de prisión.
Indemnizaciones
La CorteIDH, un órgano autónomo de la OEA, consideró que "la sola utilización de razonamientos que denotan estereotipos y prejuicios en la fundamentación de las sentencias configuraron una violación del principio de igualdad y no discriminación".
Por ello ordenó anular las sentencias y dejar sin efecto las penas privativas de libertad y penas accesorias y liberar a las víctimas que aún se encuentren sujetas a libertad condicional.
Asimismo, el Estado deberá suprimir los antecedentes judiciales, administrativos, penales o policiales que existan en contra de las ocho víctimas del caso, así como la anulación de su inscripción en cualquier tipo de registro nacional e internacional que los vincule con actos de carácter terrorista, indica el fallo.
En sus disposiciones, los jueces interamericanos también ordenaron al Estado chileno brindar de forma gratuita e inmediata el tratamiento médico y psicológico o psiquiátrico a las víctimas de este caso, así como otorgar becas de estudio a sus hijos.
La Corte también ordenó el pago indemnizaciones económicas a las ocho víctimas que consisten en 50.000 dólares a cada uno (poco más de 28 millones de pesos) por daños materiales e inmateriales, y cerca de 100.000 dólares (casi 57 millones de pesos) por costos y gastos del proceso.
Chile está en la obligación de rendir a la CorteIDH un informe en el plazo de un año acerca de las medidas adoptadas para cumplir con la sentencia.
Corte-IDH condena a Chile por “errada política de criminalización del pueblo mapuche”
Paula Correa | Miércoles 30 de julio 2014 14:49 hrs.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado chileno por violaciones a los derechos fundamentales de integrantes del pueblo Mapuche en diversos juicios cuestionados donde se aplicó la polémica Ley Antiterrorista. Mientras las autoridades afirmaron que se respetará el fallo, se pronunciaron las víctimas y abogados del caso que, para diversos juristas es un precedente de total importancia tanto para Chile como para América Latina.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó a Chile dejar sin efecto las condenas por terrorismo que se realizaron desde el 2003 en el Biobío y La Araucanía contra siete dirigentes mapuche y una chilena. Se trata del lonko Aniceto Norín y el fallecido lonko Pascual Pichún, los dirigentes Víctor Ancalaf, Jaime y Juan Marileo, José Huenchunao, Juan Millacheo y la activista Patricia Troncoso.
En el fallo la Corte IDH detalla que las sentencias condenatorias expedidas en contra de los acusados fueron emitidas fundándose en una Ley Antiterrorista violatoria del principio de legalidad y del derecho a la presunción de inocencia y que las sentencias condenatorias incurrían en “razonamientos que denotan estereotipos y prejuicios”.
En concreto, el tribunal internacional condenó a Chile por violar el principio de legalidad y el derecho a la presunción de inocencia, de igualdad y no discriminación, y el derecho a la igual protección de la ley de las víctimas. Además, violó el derecho a la libertad personal, la libertad de expresión y pensamiento, a que la defensa interrogara testigos, el de recurrir ante un juez o tribunal superior y los derechos políticos de los dirigentes mapuche.
La mañana de este miércoles el ministro el Relaciones Exteriores, Heraldo Muñoz, sostuvo que lo que corresponde ahora es, en primer lugar, analizar el fallo de manera detenida y por supuesto cumplirlo. “Siempre Chile ha cumplido con los fallos internacionales que nos obligan y somos parte de la Corte Interamericana”, sostuvo.
La noticia fue recibida con alegría por parte de los querellantes. Pascual, hijo del lonko Pascual Pichún, afirmó que este fallo, después de tanto tiempo y de que su padre falleciera esperando Justicia, viene a ratificar la inocencia de los condenados por lo que, hoy pueden decir que su padre “descansa en paz”.
“Este fallo es la ratificación de una situación que se ha venido denunciando por muchos años por parte del pueblo mapuche, de tantas personas que han sufrido y que siguen sufriendo esta errada política de criminalización de nuestro pueblo”, afirmó y añadió que, obviamente esos tiempos, esas pérdidas, el maltrato psicológico y físico nadie lo va a devolver, pero es una aliciente saber que se ha podido llegar al cierre de un proceso.
El fallo establece, como medida de reparación, indemnizaciones de 50 mil dólares por familia, acceso a la Salud Mental y entrega de becas. Sin embargo, los dirigentes y sus abogados han sostenido que “nunca va a ser suficiente porque las circunstancias que les tocó vivir jamás van a ser reparadas”.
Jimena Reyes, responsable de la Oficina para las Américas de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y abogada del rotulado como “Caso Norin Catriman y otros v/s la República de Chile” acogió con satisfacción la sentencia que la Corte confirmara que las condenas de sus representados son “un acto de discriminación racial” mediante el cual se criminalizó la protesta de dirigentes mapuche. Esto “teniendo como posible efecto el amedrentamiento de la expresión de reivindicaciones de recuperación de las tierras ancestrales”, afirmó.
Y es que en todos los casos hay de fundamento una reivindicación territorial, como señala la parte histórica de la demanda, elaborada por el historiador Martín Correa.
“Al regreso de la democracia, y frente a las constantes negativas de los tribunales de reconocer los títulos de propiedad de los mapuche y al impacto de los proyectos de inversión forestales, hidroeléctricos y camineros que los gobiernos realizaron sin proceso de consulta, respondieron con movilizaciones en defensa de sus derechos”, recordó la abogada y añadió que a partir de 1992, los gobiernos empezaron a criminalizar la protesta social y desde 2001 lo hicieron también mediante la aplicación de la Ley Antiterrorista destinada a debilitar las movilizaciones y protestas emprendidas para recuperar sus territorios ancestrales.
Hernando Silva, Coordinador del Área Jurídica del Observatorio Ciudadano, organización nacional asociada a la FIDH, remarcó la que principal crítica del organismo internacional al sistema judicial chileno pasa por la utilización de los testigos sin rostro, con lo que coincidieron desde la Defensoría Penal Pública. El Defensor Nacional, Georgy Schubert, valoró la sentencia y afirmó que el uso de la polémica ley no fue restrictivo y fundado, como exigen los estándares internacionales.
Por su parte, Salvador Millaleo, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y Director del Programa de Derechos Indígenas de la Fundación Chile 21, quien dio una mirada sobre cómo se está evaluando este fallo desde el exterior, afirmando que no se deben minimizar los efectos de esta decisión.
“Yo estoy en Alemania en un instituto europeo, el Max Plank de Derecho Penal Internacional donde investigan todos estos problemas de la lucha contra el terrorismo, en relación a los Derechos Humanos y la verdad es que para los investigadores internacionales esto es un precedente muy importante que marca un antes y un después en el sistema interamericano de cómo equilibrar las medidas de seguridad, la aplicación de leyes penales y los derechos fundamentales”, sostuvo.
Así, los juristas coinciden en que la decisión sienta un precedente en la región y que constituye un importante reconocimiento del fenómeno de criminalización en regímenes democráticos en América Latina, cuando en argentina evaluaban una ley similar a la chilena en sus ambigüedades y en Brasil también se discute el tema. Así, se abre con este fallo un camino a la condena de estas prácticas cada vez más extendidas en nuestro continente.
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Detención arbitraria de 6 jóvenes mapuche cerca del nuevo aeropuerto de Temuco
por Alianza Territorial Mapuche
Publicado el 30 julio, 2014
El nuevo aeropuerto se resguarda con detenciones ilegales señalan dirigentes.
Un arresto, calificado como ilegal por dirigentes de la comunidad de Trapilhue, afectó a seis jóvenes mapuche de este sector al mediodía de hoy. Estos se desplazaban por el camino público desde tareas agrícolas hacia su comunidad, en el sector vecino al aeropuerto que inició hoy sus vuelos cuando fueron detenidos por la Policía de Investigaciones chilena.
Según relataron fueron mantenidos esposados en un camino de ripio y barro durante al menos una hora y luego llevados al cuartel central en Temuco. Al lugar acudieron dirigentes de la comunidad y la abogada Manuela Royo Letelier a quienes los policías explicaron de que se trataba de un “control de identidad debido a que cuatro de los detenidos no portaban su cédula de identidad”.
Los detenidos fueron liberados recién a las 18 horas, manteniéndose toda la tarde mojados y sin alimento, dificultándose incluso el acceso al baño del cuartel, señalaron. El werken de Trapilhue calificó el hecho como “una detención ilegal con el que el gobierno pretende resguardar al nuevo aeropuerto de Temuco, lo que se suma a una nueva serie de acosos policiales a comuneros mapuche, tanto en el campo como en las ciudades, consistente en patrullajes a toda hora al interior de las comunidades y encerronas e interrogatorios a nuestros hermanos.”
Tanto los dirigentes de Trapilhue como de otros territorios señalaron que “esto es una muestra más del estado de sitio similar a los tiempos de la dictadura de Pinochet que vive la Nación Mapuche”. En el mismo día se dió a conocer las solicitudes de cárcel que realiza la iglesia católica de la zona contra mapuche de la zona costera del Budi por supuesto robo de leña en un terreno ancestral mapuche hoy inscrito como propiedad nombre de esa iglesia y que los mapuche utilizaban luego de una acuerdo que reconocía la propiedad ancestral originaria. Al respecto los dirigentes expresaron su solidaridad con el Logko lafkenche Calfuqueo y los demás acusados, enfatizando que estos hechos no son casualidad, “pues hoy nuestros peñi de Trapilhue fueron encerrados en el mismo lugar que durante la dictadura. Como casa del obispo católico, acogió a muchos perseguidos y hoy es arrendado por el nuevo obispo católico a la policía civil”.
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“Si no protegemos a los pueblos en aislamiento seremos testigos de su desaparición”
- Dramático llamado efectúa Comisión Interamericana en nuevo informe.
Servindi, 29 de julio, 2014.- “Si no logramos asegurar su protección contra estas incursiones, enfrentamos el riesgo de ser testigos de la desaparición completa de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial en las Américas”.
Así se manifiesta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el comunicado de prensa que da a conocer la publicación “Pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial en las Américas” lanzada el martes 29 de julio.
En él informe aborda la situación de los pueblos que no fueron colonizados y que no tienen relaciones permanentes con las sociedades nacionales prevalecientes en la actualidad.
Muchos de estos pueblos han desaparecido, y los pocos que sobreviven se encuentran en una situación única de vulnerabilidad, ya que no pueden abogar por sus propios derechos.
Adicionalmente, hay una demanda alta y creciente en forma permanente de los recursos naturales que se encuentran en sus territorios, tales como maderas, hidrocarburos, combustibles fósiles, minerales y recursos hídricos.
Esta demanda genera incursiones de personas no indígenas en sus territorios, que ponen en riesgo su existencia.
La elaboración del documentado informe fue posible gracias al apoyo financiero del Grupo de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (IWGIA, por su sigla en inglés), con sede en Copenhague, Dinamarca.
Los pueblos en aislamiento en Abya Yala/América
En el continente americano se sabe de la presencia de pueblos indígenas en situación de aislamiento voluntario o contacto inicial en Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y Venezuela.
También hay indicios de su presencia en Guyana y Surinam, en las zonas fronterizas con Brasil.
Los Estados de la región han reconocido, en diferentes términos y con diferentes niveles de protección, más de 9 millones de hectáreas a favor de pueblos indígenas en aislamiento voluntario o contacto inicial.
A pesar de estas protecciones jurídicas, en la práctica las prohibiciones de acceso a estas áreas no siempre son respetadas, ni se realizan acciones para hacerlas cumplir.
Esto permite contactos directos e indirectos que derivan en violaciones al derecho a la vida e integridad de estos pueblos, lo cual a su vez genera el riesgo de que desaparezcan por completo.
- Más en: http://ayi-noticias.blogspot.com/2014/07/pueblos-indigenas-en-aislamiento.html
En la sentencia la CorteIDH condenó a Chile por violar, entre otras cosas, el principio de legalidad y el derecho a la presunción de inocencia, el principio de igualdad y no discriminación y el derecho a la igual protección de la ley de las víctimas.
Además, el Estado chileno violó el derecho a la libertad personal, la libertad de expresión y pensamiento, a que la defensa interrogara testigos, el de recurrir el fallo ante un juez o tribunal superior y los derechos políticos de los mapuches.
Las víctimas de este caso fueron procesadas bajo la ley Antiterrorista por hechos ocurridos en los años 2001 y 2002 en las regiones de Biobío y la Araucanía.
En esa zona se mantiene abierto desde hace dos décadas un conflicto que enfrenta a grupos mapuches con empresarios agrícolas y forestales, algunos de los cuales han recibido protección policial, por la propiedad de tierras que los indígenas consideran ancestrales.
Las condenas contra los indígenas fueron por delitos como "amenaza de incendio terrorista", "incendio terrorista" y "conducta terrorista", y los castigos dictados oscilaron entre los 5 y los 10 años de prisión.
Indemnizaciones
La CorteIDH, un órgano autónomo de la OEA, consideró que "la sola utilización de razonamientos que denotan estereotipos y prejuicios en la fundamentación de las sentencias configuraron una violación del principio de igualdad y no discriminación".
Por ello ordenó anular las sentencias y dejar sin efecto las penas privativas de libertad y penas accesorias y liberar a las víctimas que aún se encuentren sujetas a libertad condicional.
Asimismo, el Estado deberá suprimir los antecedentes judiciales, administrativos, penales o policiales que existan en contra de las ocho víctimas del caso, así como la anulación de su inscripción en cualquier tipo de registro nacional e internacional que los vincule con actos de carácter terrorista, indica el fallo.
En sus disposiciones, los jueces interamericanos también ordenaron al Estado chileno brindar de forma gratuita e inmediata el tratamiento médico y psicológico o psiquiátrico a las víctimas de este caso, así como otorgar becas de estudio a sus hijos.
La Corte también ordenó el pago indemnizaciones económicas a las ocho víctimas que consisten en 50.000 dólares a cada uno (poco más de 28 millones de pesos) por daños materiales e inmateriales, y cerca de 100.000 dólares (casi 57 millones de pesos) por costos y gastos del proceso.
Chile está en la obligación de rendir a la CorteIDH un informe en el plazo de un año acerca de las medidas adoptadas para cumplir con la sentencia.
- http://www.cooperativa.cl/noticias/pais/pueblos-originarios/mapuche/corte-idh-ordeno-a-chile-anular-condenas-contra-comuneros-mapuche-por-terrorismo/2014-07-29/210229.html
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Corte-IDH condena a Chile por “errada política de criminalización del pueblo mapuche”
Paula Correa | Miércoles 30 de julio 2014 14:49 hrs.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado chileno por violaciones a los derechos fundamentales de integrantes del pueblo Mapuche en diversos juicios cuestionados donde se aplicó la polémica Ley Antiterrorista. Mientras las autoridades afirmaron que se respetará el fallo, se pronunciaron las víctimas y abogados del caso que, para diversos juristas es un precedente de total importancia tanto para Chile como para América Latina.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó a Chile dejar sin efecto las condenas por terrorismo que se realizaron desde el 2003 en el Biobío y La Araucanía contra siete dirigentes mapuche y una chilena. Se trata del lonko Aniceto Norín y el fallecido lonko Pascual Pichún, los dirigentes Víctor Ancalaf, Jaime y Juan Marileo, José Huenchunao, Juan Millacheo y la activista Patricia Troncoso.
En el fallo la Corte IDH detalla que las sentencias condenatorias expedidas en contra de los acusados fueron emitidas fundándose en una Ley Antiterrorista violatoria del principio de legalidad y del derecho a la presunción de inocencia y que las sentencias condenatorias incurrían en “razonamientos que denotan estereotipos y prejuicios”.
En concreto, el tribunal internacional condenó a Chile por violar el principio de legalidad y el derecho a la presunción de inocencia, de igualdad y no discriminación, y el derecho a la igual protección de la ley de las víctimas. Además, violó el derecho a la libertad personal, la libertad de expresión y pensamiento, a que la defensa interrogara testigos, el de recurrir ante un juez o tribunal superior y los derechos políticos de los dirigentes mapuche.
La mañana de este miércoles el ministro el Relaciones Exteriores, Heraldo Muñoz, sostuvo que lo que corresponde ahora es, en primer lugar, analizar el fallo de manera detenida y por supuesto cumplirlo. “Siempre Chile ha cumplido con los fallos internacionales que nos obligan y somos parte de la Corte Interamericana”, sostuvo.
La noticia fue recibida con alegría por parte de los querellantes. Pascual, hijo del lonko Pascual Pichún, afirmó que este fallo, después de tanto tiempo y de que su padre falleciera esperando Justicia, viene a ratificar la inocencia de los condenados por lo que, hoy pueden decir que su padre “descansa en paz”.
“Este fallo es la ratificación de una situación que se ha venido denunciando por muchos años por parte del pueblo mapuche, de tantas personas que han sufrido y que siguen sufriendo esta errada política de criminalización de nuestro pueblo”, afirmó y añadió que, obviamente esos tiempos, esas pérdidas, el maltrato psicológico y físico nadie lo va a devolver, pero es una aliciente saber que se ha podido llegar al cierre de un proceso.
El fallo establece, como medida de reparación, indemnizaciones de 50 mil dólares por familia, acceso a la Salud Mental y entrega de becas. Sin embargo, los dirigentes y sus abogados han sostenido que “nunca va a ser suficiente porque las circunstancias que les tocó vivir jamás van a ser reparadas”.
Jimena Reyes, responsable de la Oficina para las Américas de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y abogada del rotulado como “Caso Norin Catriman y otros v/s la República de Chile” acogió con satisfacción la sentencia que la Corte confirmara que las condenas de sus representados son “un acto de discriminación racial” mediante el cual se criminalizó la protesta de dirigentes mapuche. Esto “teniendo como posible efecto el amedrentamiento de la expresión de reivindicaciones de recuperación de las tierras ancestrales”, afirmó.
Y es que en todos los casos hay de fundamento una reivindicación territorial, como señala la parte histórica de la demanda, elaborada por el historiador Martín Correa.
“Al regreso de la democracia, y frente a las constantes negativas de los tribunales de reconocer los títulos de propiedad de los mapuche y al impacto de los proyectos de inversión forestales, hidroeléctricos y camineros que los gobiernos realizaron sin proceso de consulta, respondieron con movilizaciones en defensa de sus derechos”, recordó la abogada y añadió que a partir de 1992, los gobiernos empezaron a criminalizar la protesta social y desde 2001 lo hicieron también mediante la aplicación de la Ley Antiterrorista destinada a debilitar las movilizaciones y protestas emprendidas para recuperar sus territorios ancestrales.
Hernando Silva, Coordinador del Área Jurídica del Observatorio Ciudadano, organización nacional asociada a la FIDH, remarcó la que principal crítica del organismo internacional al sistema judicial chileno pasa por la utilización de los testigos sin rostro, con lo que coincidieron desde la Defensoría Penal Pública. El Defensor Nacional, Georgy Schubert, valoró la sentencia y afirmó que el uso de la polémica ley no fue restrictivo y fundado, como exigen los estándares internacionales.
Por su parte, Salvador Millaleo, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y Director del Programa de Derechos Indígenas de la Fundación Chile 21, quien dio una mirada sobre cómo se está evaluando este fallo desde el exterior, afirmando que no se deben minimizar los efectos de esta decisión.
“Yo estoy en Alemania en un instituto europeo, el Max Plank de Derecho Penal Internacional donde investigan todos estos problemas de la lucha contra el terrorismo, en relación a los Derechos Humanos y la verdad es que para los investigadores internacionales esto es un precedente muy importante que marca un antes y un después en el sistema interamericano de cómo equilibrar las medidas de seguridad, la aplicación de leyes penales y los derechos fundamentales”, sostuvo.
Así, los juristas coinciden en que la decisión sienta un precedente en la región y que constituye un importante reconocimiento del fenómeno de criminalización en regímenes democráticos en América Latina, cuando en argentina evaluaban una ley similar a la chilena en sus ambigüedades y en Brasil también se discute el tema. Así, se abre con este fallo un camino a la condena de estas prácticas cada vez más extendidas en nuestro continente.
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Detención arbitraria de 6 jóvenes mapuche cerca del nuevo aeropuerto de Temuco
por Alianza Territorial Mapuche
Publicado el 30 julio, 2014
El nuevo aeropuerto se resguarda con detenciones ilegales señalan dirigentes.
Un arresto, calificado como ilegal por dirigentes de la comunidad de Trapilhue, afectó a seis jóvenes mapuche de este sector al mediodía de hoy. Estos se desplazaban por el camino público desde tareas agrícolas hacia su comunidad, en el sector vecino al aeropuerto que inició hoy sus vuelos cuando fueron detenidos por la Policía de Investigaciones chilena.
Según relataron fueron mantenidos esposados en un camino de ripio y barro durante al menos una hora y luego llevados al cuartel central en Temuco. Al lugar acudieron dirigentes de la comunidad y la abogada Manuela Royo Letelier a quienes los policías explicaron de que se trataba de un “control de identidad debido a que cuatro de los detenidos no portaban su cédula de identidad”.
Los detenidos fueron liberados recién a las 18 horas, manteniéndose toda la tarde mojados y sin alimento, dificultándose incluso el acceso al baño del cuartel, señalaron. El werken de Trapilhue calificó el hecho como “una detención ilegal con el que el gobierno pretende resguardar al nuevo aeropuerto de Temuco, lo que se suma a una nueva serie de acosos policiales a comuneros mapuche, tanto en el campo como en las ciudades, consistente en patrullajes a toda hora al interior de las comunidades y encerronas e interrogatorios a nuestros hermanos.”
Tanto los dirigentes de Trapilhue como de otros territorios señalaron que “esto es una muestra más del estado de sitio similar a los tiempos de la dictadura de Pinochet que vive la Nación Mapuche”. En el mismo día se dió a conocer las solicitudes de cárcel que realiza la iglesia católica de la zona contra mapuche de la zona costera del Budi por supuesto robo de leña en un terreno ancestral mapuche hoy inscrito como propiedad nombre de esa iglesia y que los mapuche utilizaban luego de una acuerdo que reconocía la propiedad ancestral originaria. Al respecto los dirigentes expresaron su solidaridad con el Logko lafkenche Calfuqueo y los demás acusados, enfatizando que estos hechos no son casualidad, “pues hoy nuestros peñi de Trapilhue fueron encerrados en el mismo lugar que durante la dictadura. Como casa del obispo católico, acogió a muchos perseguidos y hoy es arrendado por el nuevo obispo católico a la policía civil”.
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Informe revela que niños indígena son los más pobres de Chile
Sandra Trafilaf | Miércoles 30 de julio 2014 12:37 hrs.
El segundo “Informe Cuenta en Chile 2014”, realizado por el Observatorio Niñez y Adolescencia, develó una cifra alarmante, el 22,89 por ciento de la población infantil de la zona austral vive por debajo de la línea de pobreza, en especial niños y niñas de comunidades indígenas y campesinas.
Según la cifra total nacional el 14, 4 por ciento de la población vive en situación de pobreza, los niños y niñas de las regiones del Biobío y La Araucanía, están 8,4 por ciento por encima de esta cifra, de acuerdo a los datos entregados por en el segundo informe “Infancia Cuente en Chile 2014” del Observatorio Niñez y Adolescencia.
Si se unen los datos de educación, salud, pobreza y acceso a la cultura, uno de cuatro niños están bajo el nivel de la pobreza. Esta realidad tiene un impacto en una mayor segregación escolar menores con resultados negativos en pruebas de selección, particularmente en las regiones del Biobío y La Araucanía.
El segundo informe del Observatorio Niñez y Adolescencia, “Infancia Cuenta en Chile 2014″, monitorea la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas en Chile, la directora ejecutiva de la Asociación Chilena Pro Naciones Unidas (Achnu), Francis Valverde informa que los niños de la región del Biobío alcanzan cifras alarmantes en el nivel de la pobreza de un 30 por ciento y en la Araucanía un 33 por ciento.
La pobreza, en tanto violencia estructural, genera necesariamente una vulneración en todos los ámbitos de los derechos de las personas, afirma la directora ejecutiva de la Asociación Chilena Pro Naciones Unidas (ACHNU), Francis Valverde.
“Los niños y niñas indígenas son los más pobres de los niños pobres de Chile, entonces podemos evidenciar una doble y triple discriminación y segregación política, cultural y económica y es nuestro pueblo originario el que está afectado en mayor medida con la pobreza. ¿Qué le podemos pedir al Estado? Por de pronto, que devele las cifras que le son propias y las utilice en la perspectiva de generar políticas públicas para enfrentar las situaciones de mayor vulneración de derechos que están ancladas en el nivel territorial”.
La directora de Achnu, sostuvo que el Estado debería garantizar y generar condiciones de las familias, que por diferentes motivos esté en una situación de cesantía, responsabilizándose de sostener a esas personas en dignidad. La pobreza, advierte Francis Valverde, es indicador de vulneración de derechos que va más allá de solo considerar el ingreso económico de las familias.
El perfil de menores más vulnerables a la indigencia se localiza en niñas de entre 6 a 13 años de la región de La Araucanía con un 9,4 por ciento, lo que representa más del doble del porcentaje promedio nacional.
Otro de los datos que arroja el segundo Informe, es que solo un 0,4 por ciento de los hogares con niños, presentan una evaluación irrecuperable, con un mayor déficit en Arica y Parinacota, donde un 5 por ciento de las casas tienen piso de tierra o paredes de material reciclado.
La representante de la Red de ONGs de Infancia y Juventud – Chile, Nury Gajardo, afirmó que es “aberrante” que a 25 años de la firma del Convención de los derechos del niño, no existan cifras claras de la situación que viven los niños a nivel nacional.
“Tenemos un gran desafío como en realidad podemos relevar los datos, pero los datos también con enfoque de derechos, yo creo que tenemos como grandes desafíos, efectivamente no tenemos estadísticas, no tenemos datos, no sabemos cuál es la inversión que hay en infancia, pero además también deberíamos tener un trato especial porque en realidad Chile sufre de la ‘focalización’, que también es una crítica en la política pública, deberían haber derechos universales para los niños”.
Sobre el proceso de recopilar información para el informe, los analistas del Observatorio dejaron de manifiesto que existió un temor generalizado de todos los servicios públicos para entregar la información, incluso se vulneró la ley de transparencia, pues en algunos casos, no se logró acceder a los datos solicitados.
El desafío que se plantea el Observatorio, es lograr una política universal que impacte a los niños, contar con políticas públicas que trabajen en terminar con la segregación territorial y social, considerando las variables de distribución del ingreso, concluyendo que es imperativo que los niños tengan la posibilidad real de acceder el ejercicio pleno de sus derechos.
Informe revela que niños indígena son los más pobres de Chile
Sandra Trafilaf | Miércoles 30 de julio 2014 12:37 hrs.
El segundo “Informe Cuenta en Chile 2014”, realizado por el Observatorio Niñez y Adolescencia, develó una cifra alarmante, el 22,89 por ciento de la población infantil de la zona austral vive por debajo de la línea de pobreza, en especial niños y niñas de comunidades indígenas y campesinas.
Según la cifra total nacional el 14, 4 por ciento de la población vive en situación de pobreza, los niños y niñas de las regiones del Biobío y La Araucanía, están 8,4 por ciento por encima de esta cifra, de acuerdo a los datos entregados por en el segundo informe “Infancia Cuente en Chile 2014” del Observatorio Niñez y Adolescencia.
Si se unen los datos de educación, salud, pobreza y acceso a la cultura, uno de cuatro niños están bajo el nivel de la pobreza. Esta realidad tiene un impacto en una mayor segregación escolar menores con resultados negativos en pruebas de selección, particularmente en las regiones del Biobío y La Araucanía.
El segundo informe del Observatorio Niñez y Adolescencia, “Infancia Cuenta en Chile 2014″, monitorea la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas en Chile, la directora ejecutiva de la Asociación Chilena Pro Naciones Unidas (Achnu), Francis Valverde informa que los niños de la región del Biobío alcanzan cifras alarmantes en el nivel de la pobreza de un 30 por ciento y en la Araucanía un 33 por ciento.
La pobreza, en tanto violencia estructural, genera necesariamente una vulneración en todos los ámbitos de los derechos de las personas, afirma la directora ejecutiva de la Asociación Chilena Pro Naciones Unidas (ACHNU), Francis Valverde.
“Los niños y niñas indígenas son los más pobres de los niños pobres de Chile, entonces podemos evidenciar una doble y triple discriminación y segregación política, cultural y económica y es nuestro pueblo originario el que está afectado en mayor medida con la pobreza. ¿Qué le podemos pedir al Estado? Por de pronto, que devele las cifras que le son propias y las utilice en la perspectiva de generar políticas públicas para enfrentar las situaciones de mayor vulneración de derechos que están ancladas en el nivel territorial”.
La directora de Achnu, sostuvo que el Estado debería garantizar y generar condiciones de las familias, que por diferentes motivos esté en una situación de cesantía, responsabilizándose de sostener a esas personas en dignidad. La pobreza, advierte Francis Valverde, es indicador de vulneración de derechos que va más allá de solo considerar el ingreso económico de las familias.
El perfil de menores más vulnerables a la indigencia se localiza en niñas de entre 6 a 13 años de la región de La Araucanía con un 9,4 por ciento, lo que representa más del doble del porcentaje promedio nacional.
Otro de los datos que arroja el segundo Informe, es que solo un 0,4 por ciento de los hogares con niños, presentan una evaluación irrecuperable, con un mayor déficit en Arica y Parinacota, donde un 5 por ciento de las casas tienen piso de tierra o paredes de material reciclado.
La representante de la Red de ONGs de Infancia y Juventud – Chile, Nury Gajardo, afirmó que es “aberrante” que a 25 años de la firma del Convención de los derechos del niño, no existan cifras claras de la situación que viven los niños a nivel nacional.
“Tenemos un gran desafío como en realidad podemos relevar los datos, pero los datos también con enfoque de derechos, yo creo que tenemos como grandes desafíos, efectivamente no tenemos estadísticas, no tenemos datos, no sabemos cuál es la inversión que hay en infancia, pero además también deberíamos tener un trato especial porque en realidad Chile sufre de la ‘focalización’, que también es una crítica en la política pública, deberían haber derechos universales para los niños”.
Sobre el proceso de recopilar información para el informe, los analistas del Observatorio dejaron de manifiesto que existió un temor generalizado de todos los servicios públicos para entregar la información, incluso se vulneró la ley de transparencia, pues en algunos casos, no se logró acceder a los datos solicitados.
El desafío que se plantea el Observatorio, es lograr una política universal que impacte a los niños, contar con políticas públicas que trabajen en terminar con la segregación territorial y social, considerando las variables de distribución del ingreso, concluyendo que es imperativo que los niños tengan la posibilidad real de acceder el ejercicio pleno de sus derechos.
- http://radio.uchile.cl/2014/07/30/informe-revela-que-ninos-indigena-son-los-mas-pobres-de-chile
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Especialistas exigen respuestas sobre demanda territorial mapuche
Paula Correa | Sábado 26 de julio 2014 11:17 hrs.
La entrega de tierras a comunidades mapuche ha estado presente en la agenda pública estos días. Pese a los avances durante estos años, aún queda mucho terreno por entregar. Ante esto surgen cuestionamientos sobre cuáles son las vías correctas de adjudicación, los mecanismos y el rol que ha jugado la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena encargada por ley del proceso.
La reivindicación territorial es uno de los pilares de las demandas del pueblo mapuche, pero el gobierno de Michelle Bachelet aún no ha tomado acción directa sobre este tema. Sus prioridades pasan, como señalara el ministro del Interior, Rodrigo Peñailillo en la interpelación a la que se sometió el jueves pasado, por la participación de los pueblos en el parlamento y la reforma a la actual institucionalidad, a través de la creación de un Ministerio de Asuntos Indígenas, un Consejo de Pueblos y una Agenda para el Desarrollo.
Aún así, el tema ha estado presente en el debate nacional. Hace unos días se reunieron las 148 comunidades con aplicabilidad ante Conadi y designaron diversos representantes para solicitar a las autoridades de gobierno que se resuelva de forma urgente la demanda territorial, ya que afirman que la adjudicación ha sido demasiado lenta, más aún considerando que desde hace varios años hay comunidades en lista de espera y algunas tienen fecha de entrega para el año 2018 o 2020.
Estas comunidades están contempladas en el artículo 20B de la Ley 19 mil 253, conocida como “Ley Indígena”, artículo que dice relación con quienes tienen títulos de propiedad reconocidos por el Estado, por lo que es un deber de nuestro país que accedan a estos predios.
Según José Bengoa, académico y rector de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, sólo de los Títulos de Merced (los que no podían ser expropiados ni vendidos), se calcula que hay unas 200 mil hectáreas que fueron usurpadas en La Araucanía y se ha constatado que en ellas se instalaron Forestales y privados.
En ese sentido, recordó los planteamientos de la Comisión, formada el año 2000 en el gobierno de Ricardo Lagos para “encausar el diálogo y mejorar la relación de los pueblos indígenas”: “Lo que se planteó entonces fue que debería entregarse todo eso a la Corte Suprema. Así se hizo Canadá y en muchos otros países que han resuelto problemas de tan larga data histórica. Que la Corte Suprema tomara este tema y estableciera cuáles son las tierras usurpadas y, con esa resolución, pasara a una ley de expropiación específica”, afirmó.
Bengoa añadió que cree que ese camino “es realista, ya que se puede llegar a una certeza jurídica de quiénes son los expropiadores y por lo tanto cuál es el rumbo de, al menos, esas 200 mil hectáreas”.
Además, afirmó que la Ley Indígena tiene otros mecanismos que permiten la compra de predios para restituir algunas de las llamadas “líneas antiguas”, pero indicó que, si bien se planteó en la Comisión, el tema “quedó escondido”.
“Creo que ese tipo de cuestiones va a tener que ser necesariamente repuesta en este debate” – dijo.
Desde las comunidades han manifestado molestia porque actualmente sólo se está hablando de las tierras provenientes de estos Títulos “oficiales”. Así lo expresó el historiador, Martín Correa, quien –al igual que Bengoa- integró la Comisión Verdad Histórica y Nuevo Trato.
“Los Títulos de Merced son las tierras reduccionales, son fruto de la ocupación militar de La Araucanía, de la llegada de los colonos. A las familias mapuche se les reconoce el dominio en el espacio mínimo que tenían en las rucas, las huertas, los cercados, no en sus tierras antiguas, y por algo se llaman reducciones”, afirmó.
El autor de los libros “La Reforma Agraria y las Tierras Mapuche” y “los motivos del Illkun” añadió que lo que está hoy en discusión para las comunidades, las organizaciones y quienes están trabajando con ellos en terreno, son las tierras antiguas y también las tierras que falten en los títulos de Merced.
“Si se toma en cuenta las últimas tierras que compró el Estado, de Urban para las familias de Temucuicui, no son tierras de Títulos de Merced, son antiguas. Las que están en conflicto en Chiguaihue, son las antiguas que fueron usurpadas y entregadas a los colonos y que dieron forma al ‘Fundo Chiguaihue’ donde fueron asesinados Álex Lemún y Jaime Mendoza Collío”.
Y añadió: “Las tierras que entregó Lavín en el Gobierno de Piñera con gran parafernalia mediática es el fundo Santa Rosa de Colpi, que es de Forestal Mininco y que también son tierras antiguas. De hecho, todos los presos políticos mapuche que están hoy día encarcelados están luchando por la reivindicación de sus tierras antiguas”, dijo el historiador, mostrando la relevancia del asunto.
Por lo mismo, afirmó, plantearse la fórmula reduccionista como una solución al conflicto mapuche “es desconocer la demanda territorial mapuche en su completa amplitud” e indicó que están inquietos con que en la reciente discusión sobre entrega de tierras se pierda de vista este tema fundamental.
La ley indica que Conadi permite la asignación de algunas de estas tierras antiguas a través del artículo 20-A de la Ley Indígena, pero, de momento, es un fondo concursable, suele regirse por los criterios políticos que impone el gobierno de turno. Ante esto, Correa también apuntó a la posibilidad de realizar expropiaciones, al tratarse de “un tema de interés nacional”, como dice la misma Ley 19 mil 253.
De hecho, los mecanismos de asignación de tierras por parte de la entidad han sido fuertemente criticados porque se someten a la especulación del mercado financiero. Incluso, se han detectado irregularidades en la adjudicación, las que están siendo investigadas por la Fiscalía en la Justicia y por una Comisión recientemente formada en la Cámara Baja, que preside el diputado radical Fernando Meza.
Ante las críticas se han pronunciado los funcionarios del organismo. Sandra Marín, presidenta de la Asociación de Funcionarios (Anfuco) reveló la falta de personal para asignar las tierras ya comprometidas en la priorización nacional.
“La dificultad en la Conadi es el déficit de recursos humanos y de infraestructura para poder atender a estas demandas. Somos 447 funcionarios a nivel nacional y 56 en el fondo de tierras, que son los que ejecutan el 40 por ciento del presupuesto de todo Chile. Desde ese punto de vista se entiende por qué el proceso es más lento. A eso se suma que muchas de las decisiones no se toman de forma oportuna en el marco de las negociaciones y del sistema de compras que tenemos”, sostuvo.
La funcionaria manifestó su preocupación por la falta de presupuesto del Servicio y auguró un lento avance hacia el futuro ministerio debido a que –dijo- no se observa preocupación de las autoridades.
“Piensa que el Presupuesto 2015 no será mejor que el presente, que aumento un 0,6 por ciento en Conadi cuando los otros servicios tuvieron incrementos del orden de un 2,5. Eso, sin contar los constantes atrasos en la ejecución presupuestaria de la Corporación que, “hacen pensar que no hay interés”, indicó.
http://radio.uchile.cl/2014/07/26/jose-bengoa-la-justicia-deberia-resolver-el-conflicto-de-tierras-mapuche
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Especialistas exigen respuestas sobre demanda territorial mapuche
Paula Correa | Sábado 26 de julio 2014 11:17 hrs.
La entrega de tierras a comunidades mapuche ha estado presente en la agenda pública estos días. Pese a los avances durante estos años, aún queda mucho terreno por entregar. Ante esto surgen cuestionamientos sobre cuáles son las vías correctas de adjudicación, los mecanismos y el rol que ha jugado la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena encargada por ley del proceso.
La reivindicación territorial es uno de los pilares de las demandas del pueblo mapuche, pero el gobierno de Michelle Bachelet aún no ha tomado acción directa sobre este tema. Sus prioridades pasan, como señalara el ministro del Interior, Rodrigo Peñailillo en la interpelación a la que se sometió el jueves pasado, por la participación de los pueblos en el parlamento y la reforma a la actual institucionalidad, a través de la creación de un Ministerio de Asuntos Indígenas, un Consejo de Pueblos y una Agenda para el Desarrollo.
Aún así, el tema ha estado presente en el debate nacional. Hace unos días se reunieron las 148 comunidades con aplicabilidad ante Conadi y designaron diversos representantes para solicitar a las autoridades de gobierno que se resuelva de forma urgente la demanda territorial, ya que afirman que la adjudicación ha sido demasiado lenta, más aún considerando que desde hace varios años hay comunidades en lista de espera y algunas tienen fecha de entrega para el año 2018 o 2020.
Estas comunidades están contempladas en el artículo 20B de la Ley 19 mil 253, conocida como “Ley Indígena”, artículo que dice relación con quienes tienen títulos de propiedad reconocidos por el Estado, por lo que es un deber de nuestro país que accedan a estos predios.
Según José Bengoa, académico y rector de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, sólo de los Títulos de Merced (los que no podían ser expropiados ni vendidos), se calcula que hay unas 200 mil hectáreas que fueron usurpadas en La Araucanía y se ha constatado que en ellas se instalaron Forestales y privados.
En ese sentido, recordó los planteamientos de la Comisión, formada el año 2000 en el gobierno de Ricardo Lagos para “encausar el diálogo y mejorar la relación de los pueblos indígenas”: “Lo que se planteó entonces fue que debería entregarse todo eso a la Corte Suprema. Así se hizo Canadá y en muchos otros países que han resuelto problemas de tan larga data histórica. Que la Corte Suprema tomara este tema y estableciera cuáles son las tierras usurpadas y, con esa resolución, pasara a una ley de expropiación específica”, afirmó.
Bengoa añadió que cree que ese camino “es realista, ya que se puede llegar a una certeza jurídica de quiénes son los expropiadores y por lo tanto cuál es el rumbo de, al menos, esas 200 mil hectáreas”.
Además, afirmó que la Ley Indígena tiene otros mecanismos que permiten la compra de predios para restituir algunas de las llamadas “líneas antiguas”, pero indicó que, si bien se planteó en la Comisión, el tema “quedó escondido”.
“Creo que ese tipo de cuestiones va a tener que ser necesariamente repuesta en este debate” – dijo.
Desde las comunidades han manifestado molestia porque actualmente sólo se está hablando de las tierras provenientes de estos Títulos “oficiales”. Así lo expresó el historiador, Martín Correa, quien –al igual que Bengoa- integró la Comisión Verdad Histórica y Nuevo Trato.
“Los Títulos de Merced son las tierras reduccionales, son fruto de la ocupación militar de La Araucanía, de la llegada de los colonos. A las familias mapuche se les reconoce el dominio en el espacio mínimo que tenían en las rucas, las huertas, los cercados, no en sus tierras antiguas, y por algo se llaman reducciones”, afirmó.
El autor de los libros “La Reforma Agraria y las Tierras Mapuche” y “los motivos del Illkun” añadió que lo que está hoy en discusión para las comunidades, las organizaciones y quienes están trabajando con ellos en terreno, son las tierras antiguas y también las tierras que falten en los títulos de Merced.
“Si se toma en cuenta las últimas tierras que compró el Estado, de Urban para las familias de Temucuicui, no son tierras de Títulos de Merced, son antiguas. Las que están en conflicto en Chiguaihue, son las antiguas que fueron usurpadas y entregadas a los colonos y que dieron forma al ‘Fundo Chiguaihue’ donde fueron asesinados Álex Lemún y Jaime Mendoza Collío”.
Y añadió: “Las tierras que entregó Lavín en el Gobierno de Piñera con gran parafernalia mediática es el fundo Santa Rosa de Colpi, que es de Forestal Mininco y que también son tierras antiguas. De hecho, todos los presos políticos mapuche que están hoy día encarcelados están luchando por la reivindicación de sus tierras antiguas”, dijo el historiador, mostrando la relevancia del asunto.
Por lo mismo, afirmó, plantearse la fórmula reduccionista como una solución al conflicto mapuche “es desconocer la demanda territorial mapuche en su completa amplitud” e indicó que están inquietos con que en la reciente discusión sobre entrega de tierras se pierda de vista este tema fundamental.
La ley indica que Conadi permite la asignación de algunas de estas tierras antiguas a través del artículo 20-A de la Ley Indígena, pero, de momento, es un fondo concursable, suele regirse por los criterios políticos que impone el gobierno de turno. Ante esto, Correa también apuntó a la posibilidad de realizar expropiaciones, al tratarse de “un tema de interés nacional”, como dice la misma Ley 19 mil 253.
De hecho, los mecanismos de asignación de tierras por parte de la entidad han sido fuertemente criticados porque se someten a la especulación del mercado financiero. Incluso, se han detectado irregularidades en la adjudicación, las que están siendo investigadas por la Fiscalía en la Justicia y por una Comisión recientemente formada en la Cámara Baja, que preside el diputado radical Fernando Meza.
Ante las críticas se han pronunciado los funcionarios del organismo. Sandra Marín, presidenta de la Asociación de Funcionarios (Anfuco) reveló la falta de personal para asignar las tierras ya comprometidas en la priorización nacional.
“La dificultad en la Conadi es el déficit de recursos humanos y de infraestructura para poder atender a estas demandas. Somos 447 funcionarios a nivel nacional y 56 en el fondo de tierras, que son los que ejecutan el 40 por ciento del presupuesto de todo Chile. Desde ese punto de vista se entiende por qué el proceso es más lento. A eso se suma que muchas de las decisiones no se toman de forma oportuna en el marco de las negociaciones y del sistema de compras que tenemos”, sostuvo.
La funcionaria manifestó su preocupación por la falta de presupuesto del Servicio y auguró un lento avance hacia el futuro ministerio debido a que –dijo- no se observa preocupación de las autoridades.
“Piensa que el Presupuesto 2015 no será mejor que el presente, que aumento un 0,6 por ciento en Conadi cuando los otros servicios tuvieron incrementos del orden de un 2,5. Eso, sin contar los constantes atrasos en la ejecución presupuestaria de la Corporación que, “hacen pensar que no hay interés”, indicó.
http://radio.uchile.cl/2014/07/26/jose-bengoa-la-justicia-deberia-resolver-el-conflicto-de-tierras-mapuche
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“Si no protegemos a los pueblos en aislamiento seremos testigos de su desaparición”
- Dramático llamado efectúa Comisión Interamericana en nuevo informe.
Servindi, 29 de julio, 2014.- “Si no logramos asegurar su protección contra estas incursiones, enfrentamos el riesgo de ser testigos de la desaparición completa de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial en las Américas”.
Así se manifiesta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el comunicado de prensa que da a conocer la publicación “Pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial en las Américas” lanzada el martes 29 de julio.
En él informe aborda la situación de los pueblos que no fueron colonizados y que no tienen relaciones permanentes con las sociedades nacionales prevalecientes en la actualidad.
Muchos de estos pueblos han desaparecido, y los pocos que sobreviven se encuentran en una situación única de vulnerabilidad, ya que no pueden abogar por sus propios derechos.
Adicionalmente, hay una demanda alta y creciente en forma permanente de los recursos naturales que se encuentran en sus territorios, tales como maderas, hidrocarburos, combustibles fósiles, minerales y recursos hídricos.
Esta demanda genera incursiones de personas no indígenas en sus territorios, que ponen en riesgo su existencia.
La elaboración del documentado informe fue posible gracias al apoyo financiero del Grupo de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (IWGIA, por su sigla en inglés), con sede en Copenhague, Dinamarca.
Los pueblos en aislamiento en Abya Yala/América
En el continente americano se sabe de la presencia de pueblos indígenas en situación de aislamiento voluntario o contacto inicial en Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y Venezuela.
También hay indicios de su presencia en Guyana y Surinam, en las zonas fronterizas con Brasil.
Los Estados de la región han reconocido, en diferentes términos y con diferentes niveles de protección, más de 9 millones de hectáreas a favor de pueblos indígenas en aislamiento voluntario o contacto inicial.
A pesar de estas protecciones jurídicas, en la práctica las prohibiciones de acceso a estas áreas no siempre son respetadas, ni se realizan acciones para hacerlas cumplir.
Esto permite contactos directos e indirectos que derivan en violaciones al derecho a la vida e integridad de estos pueblos, lo cual a su vez genera el riesgo de que desaparezcan por completo.
- Más en: http://ayi-noticias.blogspot.com/2014/07/pueblos-indigenas-en-aislamiento.html
editedbyJá