miércoles, 24 de abril de 2019

Caso “Norin Catriman” y la errada aplicación de la Ley Antiterrorista



 


Caso “Norin Catriman” y la errada aplicación de la Ley Antiterrorista

En los próximos días, la Corte Suprema revisará el mecanismo para revocar la sentencia que condenó a comuneros mapuches bajo esa normativa. Pese a las recomendaciones y dictámenes de organismos internacionales, el Gobierno insistirá en reformar la ley utilizada principalmente contra comunidades mapuche.

Rodrigo Fuentes-Miércoles 24 de abril 2019 8:19 hrs. 


Próximamente el máximo tribunal del país debiera dar a conocer su veredicto respecto del caso denominado “Norin Catrimán y otros”, de modo de dar cumplimiento a la sentencia por la que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó al Estado chileno a anular el fallo contra comuneros mapuche.

Los hechos datan del año 2002, cuando Aniceto Norín, Pascual Pichún, Víctor Ancalaf, Florencio Marileo, Juan Marileo, José Huenchunao, Juan Millacheo y la activista Patricia Troncoso, fueron condenados bajo la denominada “Ley Antiterrorista” por “amenaza de incendio”, “incendio” y “conducta terrorista” contra una propiedad de la empresa Forestal Mininco.

Con posterioridad a esta resolución, el caso fue elevado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), órgano que ordenó anular las sentencias y condenó a Chile por violar el principio de legalidad, el derecho a la presunción de inocencia, el principio de igualdad y no discriminación; y el derecho a la igual protección de la ley en beneficio de las víctimas.

Este lunes, la Corte Suprema realizó una audiencia con el fin de dilucidar los mecanismos para acatar el fallo y revocar la sentencia que condenó a este grupo de mapuche por delito terrorista.

Siete especialistas debatieron el caso ante el Pleno. Uno de ellos es el abogado y profesor de la Universidad Central, Sergio Fuenzalida, quien además de valorar la iniciativa tomada por los magistrados, manifestó su esperanza de que el máximo tribunal del país respete lo establecido por la CIDH.

“En rigor no existe un mecanismo legal establecido en Chile respecto a este punto, y la idea era evaluar cuales son las vías que tiene la Corte Suprema para declarar sin efecto esta sentencia. Ahí puede haber tal vez otros elementos que utilice el máximo tribunal, no los descartamos, el punto es que se cumpla la finalidad de lo que ordena la Corte Interamericana”, afirmó.



Debido a la transcendencia del tema y porque, además, podría crear jurisprudencia, algunos académicos expertos en Derecho Internacional argumentan que se trata de la primera vez que un organismo internacional ordena directamente revocar un fallo dictado por los tribunales chilenos.

Sin embargo, para la abogada María Noel Leoni, integrante del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), quien llevó este caso ante la CIDH, aseveró que existen otros procesos similares donde el poder judicial debe acatar lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“Existen precedentes en Argentina, al igual que en Chile, en el cual se ha dado cumplimiento a una reparación similar utilizando un recurso de revisión. En Costa Rica, por ejemplo, el propio tribunal local que dictó la sentencia optó por un nuevo fallo, dejando sin efecto el anterior. En Panamá sucedió algo similar. Entonces existen precedentes los cuales la Corte Suprema puede tener en cuenta, incluso nosotros mismos facilitamos a dicha instancia judicial casos similares ocurridos en países europeos”, argumentó.



Para la abogada y presidenta del Centro de Investigación y Defensa Sur (Cidsur), Karina Riquelme, el fallo que castigó erróneamente a Aniceto Norín y otros siete comuneros es el mejor ejemplo de la equívoca aplicación de la ley antiterrorista, razón por la que una Corte internacional decide la condena al país por el uso de dicha normativa contra mapuches.

La profesional precisó que en vez de crear leyes que criminalizan las reivindicaciones de pueblos originarios, el Estado debiera apostar por el diálogo, para dar con una solución válida al conflicto que afecta principalmente a la región de la Araucanía.

“El Gobierno de turno, sin importan el que sea, manifiesta absoluto desprecio por el derecho internacional y los organismos que han condenado al Estado por la utilización de esta normativa en la cual se discrimina al pueblo mapuche. En definitiva, solo se busca seguir criminalizando una protesta social impulsada por una etnia indígena y que no se trabaja para tomar acciones más maduras y no acciones políticas de criminalización, sino más bien establecer un dialogo, que no se realizará debido al nuevo trámite de la normativa”, subrayó.

Recordemos que recientemente el gobierno del Presidente Piñera anunció que enviará en los próximos días al Senado una “ley corta”, para agilizar la tramitación de una reforma a la Ley Antiterrorista.

La idea del Ejecutivo, a grueso modo, pretende entregar mayores facultades a los fiscales para investigar delitos tipificados bajo esta regulación.

Una iniciativa que, recalcan desde La Moneda, comprende dar mayor agilidad a las medidas indagatorias, contar con agentes encubiertos y reveladores, además de validar la interceptación de comunicaciones.



Para el senador integrante de la Comisión de Constitución y Legislación, Alfonso de Urresti, no es necesario seguir legislando sobre la materia.

“Yo no estoy de acuerdo con esta nueva tramitación mientras no haya una revisión de la efectividad de este tipo de legislaciones. El Gobierno está acostumbrado a los titulares y noticias, que no resuelven los problemas de fondo. Creo que el Ejecutivo en primer lugar debe hacerse cargo de la modernización de las policías en general, de los sistemas de inteligencia, de un sistema preventivo, y luego de eso abocarse en la modificación o fragmentación de la Ley Antiterrorista”, aseveró.

Al respecto, el werkén del consejo de todas las tierras, Aucán Huilcamán, indicó que aplicar la Ley Antiterrorista contra miembros de comunidades originarias, se aparta de un sistema político democrático y se retoman los principios de la dictadura cívico-militar.

“Constituye una acción desesperada, de carácter bomberil, que nada ayudará a solucionar el conflicto entre el Estado chileno y el pueblo mapuche. Todos los gobiernos, especialmente el del Presidente Piñera, tienen exclusiva responsabilidad por lo que sucede en la Araucanía, al desechar abiertamente el diálogo y ha optado por la represión. Llamamos a los parlamentarios del Frente Amplio y otros bloques políticos, a que desechen legislar sobre la materia, considerando que una iniciativa de esa naturaleza afecta negativamente la imagen del país ante la comunidad internacional”, sostuvo.



Recordemos que hace algunos años, la ONU recomendó al Estado de Chile no aplicar la Ley Antiterrorista ante el conflicto mapuche.

El entonces Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos y Contraterrorismo, Ben Emmerson, aseveró que en el país “no hay situación de terrorismo” y por ello “la autoridad debe derogar la normativa o abstenerse de usarla” contra etnias originarias.


https://radio.uchile.cl/2019/04/24/caso-norin-catriman-y-la-errada-aplicacion-de-la-ley-antiterrorista/
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