miércoles, 15 de octubre de 2014

Comisión de Esclarecimiento Histórico Mapuche



Presentación Formal COMISIÓN DE ESCLARECIMIENTO HISTÓRICO MAPUCHE a Presidenta de la República Michelle Bachelet

1.- Las organizaciones Mapuche que convocaron a la Primera Cumbre sobre Autodeterminación el día 13 de enero 2013 efectuado en la cima del Cerro Ñielol, entre los acuerdos adoptados exigían que el “Estado Chileno, pidiera Perdón al Pueblo Mapuche por los Crímenes de Lesa Humanidad cometidos por los actos militares denominados Pacificación de la Araucanía.

2.- El Intendente Francisco Huenchumilla, al asumir su función, pidió Perdón al Pueblo Mapuche. Este acto público de una autoridad represento un paso significativo, sin embargo, resulta insuficiente si no se esclarecen los hechos que afecto al Pueblo Mapuche y al mismo tiempo sean reparados. 
En definitiva Verdad y Justicia con el Pueblo Mapuche. 

3.- Consideramos un imperativo establecer al más breve plazo una Comisión de Esclarecimiento Histórico Mapuche CEHM.
Esta Comisión debe tener por objeto esclarecer todos y cada uno de los hechos y derechos que afectó el Estado Chileno alrededor de los actos coercitivos militares denominado “Pacificación de la Araucanía”. Cuya Comisión debe contar con un mandato claro y preciso sobre:

a.- El periodo de tiempo que cubrirá el Esclarecimiento.

b.- Los asuntos que debe esclarecer dicha Comisión.

c.- Composición.

d.- Naturaleza de las recomendaciones.

e.- ubicación de la Comisión.

f.- Establecer los estándares basados en los principios generales de los derechos humanos para las medidas reparatorias, restitutorias y compensatorias con el Pueblo Mapuche.

g.- Recomendar las instituciones adecuadas para establecer y garantizar una Paz firme y duradera entre Mapuche y no Mapuche.

4.- Esta iniciativa será presentada a la Presidenta de la República Michelle Bachelet Jería, el día jueves 16 de octubre 2014 a las 11:00 AM. (en la Moneda –Santiago).

AUCAN HUILCAMAN PAILLAMA

Wallmapuche 14 de octubre de 2014, Temuco Chile.
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- Vea los 
acuerdos adoptados en la Cumbre del cerro Ñielol en 2013 en el siguiente link: http://futatrawun.blogspot.com/2013/01/cumbre-por-el-autogobierno-mapuche-la.html

martes, 7 de octubre de 2014

Recurso de Protección en contra de Lautaro Loncon y Alcalde de Nueva Imperial



Recurso de Protección en contra de Lautaro Loncon y Alcalde de Nueva Imperial.

MATERIA: RECURSO DE PROTECCIÓN

RECURRIDOS: Lautaro Loncon Antileo y Manuel Salas Trautmann.

RECURRENTES: Domingo Curin Paillavil, Andrés Cornejo Parra.

EN LO PRINCIPAL: ACCION CONSTITUCIONAL DE PROTECCIÓN.

ILUSTRISIMA CORTE DE APELACIONES DE TEMUCO.

Domingo Adolfo Curin Paillavil cédula de identidad N° 13.111.842-2, Andrés Humberto Cornejo Parra, cédula de identidad N° 8874655-4, para estos efectos, todos domiciliados en calle Thiers 1144, de la Comuna de Nueva Imperial, respetuosamente decimos:

Que, en virtud de lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política del Estado y auto acordado de la Excma.Corte Suprema sobre tramitación de Recurso de Protección, venimos en interponer ACCIÓN CONSTITUCIONAL DE PROTECCIÓN en contra de:

Juan Lautaro Loncon Antileo, funcionario del Ministerio de Desarrollo Social con domicilio en calle Bulnes 590 piso 7de la ciudad de Temuco y en contra de Manuel Salas Trautmann, Alcalde de la Ilustre Municipalidad de la Comuna de Nueva Imperial, con domicilio en calle Arturo Prat N° 65 Por los actos arbitrarios e ilegales que amenazan los derechos constitucionales y los derechos de los Pueblos Indígenas contenidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT en materia de consulta.

Los Hechos.

US. I. El día viernes 05 de septiembre de 2014, en la comuna de Nueva Imperial, se llevó a cabo la “Consulta indígena”. Dicho acto se efectúo en el recinto municipal Gimnasio Chile- España, de dicha comuna.

La consulta tuvo por objeto someter a decisión el Consejo de Pueblos Indígenas y el Ministerio de Asuntos Indígenas. Originalmente, la presidenta de la República de Chile señora Michelle Bachelet Jeria, había anunciado que ambas ideas estarían estipuladas en sus respectivos proyectos de leyes, sin embargo, este anuncio que constituía una condición para su cabal entendimiento no sucedió y de igual modo se celebró la consulta indígena en la Comuna de Nueva Imperial.

US. I. En el marco de la consulta indígena se ha aplicado el Decreto Supremo N° 66, instrumento que regula la consulta y que se deriva del artículo 6.- del Convenio 169 de la organización Internacional del Trabajo OIT. Este decreto Supremo en su artículo 12.- estipula claramente que la consulta lo llevará a cabo el órgano de Estado. “El órgano de la Administración del Estado que deba adoptar la medida objeto de consulta, será el responsable de coordinar y ejecutar el proceso de consulta” El Decreto Supremo N°66 es muy categórico y expreso en cuanto a los órganos que se aplica dicho reglamento estipulado en su artículo 4.- de la siguiente manera “el presente reglamento se aplica a los ministerios, las intendencias, los gobiernos regionales, las gobernaciones y los servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa”

Sin embargo, en la convocatoria y en el desarrollo de la Consulta tuvo una destacada e inexplicable participación el Municipio de la Comuna de Nueva Imperial. Situación que se contrapone abiertamente tanto, al Decreto Supremo N° 66 en su artículo N° 12.- y las normas relativas a la competencia y funciones de las instituciones públicas y del mismo modo cuyas acciones e intromisiones son contrarias a la Ley Orgánica Constitucional que establece inequívocamente la función de los Municipios de la República de Chile.

US.I. La sola participación del Municipio de Nueva Imperial perturba los actos libres y soberanos de las personas Mapuche que concurren a un evento de trascendental importancia, considerando que los resultados de la consulta en una u otra dirección tendrán efectos legales e institucionales y, determinarán un tipo de relación entre el Pueblo Mapuche y el Estado Chileno.

US.I. El Municipio de Nueva Imperial en el marco de la consulta indígena no tan solo tuvo una intromisión institucional indebida e ilegal, sino, su participación y funciones fueron completamente al margen de la ley. Pero además, gran parte de los funcionarios de dicho Municipio estuvieron actuando en todo el desarrollo de la consulta Indígena con el objeto de inducir a las personas de las comunidades Mapuche para conseguir la aprobación de dicha consulta y de esta manera vulnerando el principio y el derecho al Consentimiento Previo Libre e Informado, afectando esencialmente estos derechos que están contenidos en el propio Decreto Supremo y en el Convenio 169 de la OIT.

US.I. El señor Juan Lautaro Loncon Antileo estuvo a cargo del desarrollo de la Consulta y de un grupo de funcionarios públicos del Ministerio de Desarrollo Social. El individualizado, estableció como condición que cada participante de la consulta firmara una lista a su ingreso para que constara su asistencia al evento y sin embargo, esta lista sin poner en antecedentes a nadie fue utilizada como acta de aprobación de la consulta que se había celebrado, lo que resulta un acto completamente reñido con la buena fe y la trasparencia de toda actividad pública que compromete los derechos individuales y colectivos del Pueblo Mapuche. Nadie de los participantes Mapuche estuvo al tanto del uso inapropiado e ilegal de la lista, ésta originalmente fue con finalidad completa y absolutamente distinta a su uso malicioso como instrumento público.

Y a modo de ejemplo, no quisieron registrar un número comprendido de más de un centenar de personas Mapuche que se hicieron presente en el desarrollo de la Consulta, entre ellos incluidos todos los recurrentes. 
Nuestra participación tuvo por objeto dejar registrada en el acta nuestra posición de desaprobación a la Consulta y a esto agregamos que el número de personas que participaron de la consulta y que desaprobaron dicho acto fue completamente mayoritario, sin embargo, no se nos permitió por parte del señor Loncon, de ninguna manera de registrar nuestra voluntad soberana de desaprobación y rechazo a la consulta indígena en Nueva Imperial.
Esta inexplicable situación pone de relieve los vicios que adolecen la Consulta Indígena y la ausencia de la buena fe. Y la buena fe constituye un principio y requisito esencial estipulado en el mismo Decreto Supremo N° 66 y está contenido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT.

La consulta indígena tal como lo estipula el Convenio 169 de la OIT, tiene por objeto decidir los “asuntos que les afectan a los Pueblos Indígenas” y por tanto, se sitúa en el marco de una elección popular, en donde se debe establecer el mecanismo y el medio apropiado y establecido previamente para que en última instancia se registre la voluntad soberana de cada participante. 
Al contrario en esta consulta no hubo más que un intercambio de puntos de vistas sobre cuestiones procedimentales, pero mayoritariamente en contra de los contenidos de la Consulta. 
El acto de consulta fue desaprobado, pero como no se concluyó en una forma de constancia fidedigna como es el voto y constancia de rechazo en el acta que diera garantía y credibilidad fehaciente, se atentó al principio de participación efectiva. A modo de ejemplo y dar cuenta de los hechos irregulares, Juan Lautaro Loncon Antileo, luego de cada intervención de los participantes Mapuche se tomaba la libertad de oponerse y persuadirlo, en definitiva fue un dialogo entre el señor Loncon y los participantes.

US.I. La consulta constituyó un acto discriminatorio, considerando que fue convocado para dirimir la aceptación o rechazo de la creación del Ministerio de asuntos Indígenas y del mismo modo la creación de un Consejo de Pueblos Indígenas. Nuestra firme oposición a ambas ideas fue mayoritariamente rechazada, sin embargo, los resultados han sido todo lo contrario. Esto pone de relieve los actos discriminatorio con los Mapuche. En todas partes del mundo se respeta la voluntad de la mayoría, pero en el caso del Pueblo Mapuche nuestra voluntad es completamente anulada por el uso malicioso de los fines del dialogo de parte de Lautaro Loncon Antileo.

US. I.- Los recurrentes tenemos la convicción que el pleno respeto a los derechos del Pueblo Mapuche es la manera adecuada para una convivencia pacífica sin embargo, la intromisión de instituciones ajenas a su competencia como son las actuaciones de la I. Municipalidad de Nueva Imperial y los actos al margen de la buena fe del encargado de la consulta Juan Lautaro Loncon Antileo, en cuanto a utilizar maliciosamente un instrumento público contenido en la acta de la consulta para conseguir un resultado contrario a la soberana decisión de los participantes Mapuche, no tan solo augura una mayor tensión y conflicto, sino, además pone en evidencia la arbitrariedad e ilegalidad en que se ha incurrido en dicha consulta Indígena.

EL DERECHO

US.I. El Decreto Supremo N° 66 sus artículos N° 4 y N°12 ha sido flagrantemente violado con la participación de instituciones públicas como es el Municipio de la Comuna de Nueva Imperial que no tiene competencia ni mandato institucional para participar en la aplicación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT. Además de lo anterior perturban la soberana voluntad de las personas Mapuche que concurren de buena fe.

La utilización maliciosa y con finalidades completamente distinta de las actas de participación de parte de Juan Lautaro Loncon Antileo transgrede la voluntad soberana de los participantes y siendo ésta la finalidad esencial de la consulta y al mismo tiempo su actuación es un acto ilegal, debido a que altera un instrumento público dándole utilización completamente diferente a la manifestación de la voluntad soberna.

Tanto, el artículo N° 6 Del Convenio 169 de la OIT y el del Decreto Supremo N° 66 sobre Consulta Indígena, establecen como condición esencial la buena fe, con la sola actuación descrita, del funcionario público del Ministerio de Desarrollo Social, Juan Lautaro Loncon Antileo, se anulan todos y cada uno de los instrumentos ya citados.

Conclusiones

La consulta efectuada en la Comuna Nueva Imperial por la participación de instituciones ajenas a su mandato institucional como es el Municipio ya identificado aleja el verdadero sentido de una consulta legitima además por los actos ilegales ya mencionados y sumado al uso reñido con la legalidad que debe gozar todo instrumento público de parte de Juan Lautaro Loncon, le resta toda legalidad y toda legitimidad al uso apropiado del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT.


POR TANTO;

En mérito a lo expuesto y conforme a lo dispuesto en los preceptos constitucionales art. Nº 20 de la CPE citado y las normas del Derecho Internacional.

En cuanto al DERECHO O GARANTIA agraviado por el acto arbitrario e ilegal está garantizado en el artículo 19 N°3 sobre la igualdad ante ley y articulo 19 N°22 también de la Constitución Política sobre la no discriminación y en cuanto el derecho a la consulta estipulado en el artículo n.-6 del Convenio 169 de la OIT.

Pedimos a US. I. tener por interpuesto Acción Constitucional de Protección, a favor de todas las personas Mapuche directamente afectadas en sus derechos y garantías constitucionales.

PRIMER OTROSÍ: Pedimos a US.I. Solicitar oficio del acta al señor Lautaro Loncon Antileo, ya individualizado, para que informe a US.I. de estos actos arbitrarios ilegales y discriminatorios.

SEGUNDO OTROSI: Pedimos a US.I. Solicitar informe al Alcalde de Nueva Imperial sobre su motivo para la participación sobre los actos ilegales y arbitrarios.

TERCER OTROSI: Anúlese la Consulta Indígena de la Comuna de Nueva Imperial.

CUARTO OTROSI: Decreto Supremo N.- 66 sobre reglamentación de Consulta y Convenio 169 de la organización Internacional del Trabajo OIT.

QUINTO OTROSI: Téngase Presente.


SEXTO OTROSI: Pedimos a V.S.I tener presente que de acuerdo a lo prescrito en el auto acordado sobre tramitación de Recurso de Protección, compareceremos personalmente en esta acción.

martes, 16 de septiembre de 2014

Poca seriedad de estado chileno respecto de Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas

Gobierno chileno llamó a conversar a dirigentes de pueblos originarios del país con miras a la participación en la Conferencia Mundial de Pueblos Indígenas del mundo a realizarse el 22 y 23 de septiembre de 2014 en la sede de la ONU en Nueva York, EEUU. 

Sin embargo las contradicciones estatales demuestran poca seriedad en el tema.

Por otro lado la llamada consulta previa que con apuro y sin participación en el diseño por parte de los pueblos indígenas el gobierno quiere realizar, da para desconfiar una ves mas sobre los verdaderos propósitos de estas acciones. Para esto se prestan burócratas estatales, algunos de ellos con apellidos mapuche que seguramente participarán en la Conferencia de la ONU y pretenderán decir que los pueblos indígenas estamos de acuerdo con los planteamientos y manipulación estatal. El estado necesita limpiar su imagen internacional en la temática de las naciones ancestrales y sus derechos.

Les presentamos a continuación comunicaciones desde el estado hacia los dirigentes y comunicaciones y pensamientos de algunos dirigentes de naciones originarias....Presentamos además documentos que con buena fe los dirigentes indígenas han estudiado y consensuado.
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De: Verónica Aranzazu Zubía Pinto
Enviado el: lunes, 08 de septiembre de 2014 17:10
Para: 'matamea@gmail.com'
CC: 'aucanhuilcaman@hotmail.com'; Patricio Utreras; Boriana Benev Ode
Asunto: Reunión Ministro de Relaciones Exteriores

Estimado Rafael,

Tomo contacto con usted para informarle que el Ministro de Relaciones Exteriores, Sr. Heraldo Muñoz, puede recibirlos el día 15 de septiembre a las 11:30 horas, o bien, el día 16 de septiembre a las 11:00 horas. Le pido por favor nos confirme por este medio qué día pueden asistir para informar al Ministro.

Junto con la confirmación, le ruego nos remita la lista de personas que atenderá a la reunión (de 4, 5 o 6 personas máximo). Esto es imprescindible, pues aparte de la necesidad de informarle al Ministro quién asistirá, debemos gestionar el acceso al Ministerio, que es restringido.  

Además, le pido por favor nos envíe los puntos que desean tratar en la reunión.



Saludos cordiales,  


Nuevo Logo MINREL.png
Verónica Zubía Pinto
Abogada Asesora
Dirección de Derechos Humanos
Ministerio de Relaciones Exteriores

Teléfono: +56 (2) 2827-4737
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---------- Mensaje reenviado ----------
De: Hugo Antonio Alcaman Riffo <hugoalcaman@gmail.com>
Fecha: 9 de septiembre de 2014, 23:27
Asunto: Reunión Ministro de Relaciones Exteriores
Para: wreyesaraya@gmail.com, Ana Llao Llao <anallaollao@gmail.com>, rolch@yahoo.com, antonio cruz plaza <acruz005@gmail.com>, DiaguitaVirtual <diaguitavirtual@gmail.com>, carilaoivan@gmail.com, Ricardo Felipe Coñoepan <ricardo.conoepanb@gmail.com>, Aucan Huilcaman <aucanhuilcaman@gmail.com>, wbacian@gmail.comzenonalarcon@gmail.com, andres matta <amatta.consejeroindigena@gmail.com>
Cc: Patricio Utreras <putreras@minrel.gov.cl>, Verónica Aranzazu Zubía Pinto <vzubia@minrel.gov.cl>, Pedro Cayuqueo <ragnintuleufu@yahoo.com>, 1 Richard Caifal Piutrin <rcaifal@gmail.com>


Marhi marhi pu peñi !
Reciban mis mejores saludos hermanos.
Les informo que, desde el Ministerio de Relaciones Exteriores, me han informado que el Ministro Sr. Heraldo Muñoz, puede recibirnos el día 15 de septiembre a las 11:30 horas, o bien, el día 16 de septiembre a las 11:00 horas.
Favor responder a la brevedad posible por este medio, para coordinarnos que dia podemos reunirnos con el Ministro
Cordialmente
Hugo Alcaman Riffo
Presidente Corporacion mapuche ENAMA
Telefono 79296328
www.enama.cl
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El 09/09/2014 18:15, "Verónica Aranzazu Zubía Pinto" <vzubia@minrel.gov.cl> escribió:
Estimado Hugo,

Por encargo del Subdirector Patricio Utreras reenvío correo para coordinar reunión entre representantes indígenas y Ministro de Relaciones Exteriores.

Saludos cordiales,

Verónica

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Conferencia Mundial de Pueblos Indígenas, 22 y 23 de septiembre, Sede de Naciones Unidas, Nueva York

La Conferencia Mundial de Pueblos Indígenas es una reunión plenaria de alto nivel sobre cuestiones indígenas que tendrá lugar los días 22 y 23 de septiembre de 2014, convocada por resolución de la Asamblea General 65/198. Su objetivo es compartir perspectivas y buenas prácticas en la realización de los derechos de los pueblos indígenas y lograr los objetivos de la Declaración Universal de Derechos de los Pueblos Indígenas.

1. Documento Final que se adoptará en Conferencia Mundial

Durante la Conferencia se adoptará un Documento final, que está en proceso de discusión. Ya se han realizado dos reuniones informales en las que han participado estados y pueblos indígenas, de ahora en adelante, sólo participan estados.

2. Formato Conferencia Mundial

La reunión consistirá en una sesión de apertura, una de clausura, 3 mesas redondas y un coloquio interactivo. Pueblos indígenas participarán a lo largo de todo el evento.

Sesión de apertura:

En esta instancia hará uso de la palabra el Presidente de la Asamblea General (PAG), Secretario General, Alto Comisionado, Jefes de Estado o Representante de Alto nivel por cada Grupo Regional, Presidente Foro Permanente y 3 representantes de pueblos indígenas propuestos por estos y designados por PAG en consulta con estados.

Mesas redondas:

· Mesa 1 (lunes 22 de 3:00 a 6:00): Acción del Sistema de Naciones Unidas para implementar los derechos de los pueblos indígenas.

· Mesa 2 (lunes 22 de 3:00 a 6:00): Implementación de los derechos de los pueblos indígenas a nivel nacional y local.

· Mesa 3 (martes 23 de 3 a 5): Tierras, territorios y recursos de los pueblos indígenas.

· Coloquio interactivo (martes 23 de 3 a 5): Prioridades indígenas para la agenda de desarrollo sostenible post 2015.

Ministerio de Desarrollo Social manifestó interés en participar en todas las mesas a través de la Ministra, Asesora Especial para Asuntos Indígenas y Director de CONADI. Sin embargo, nuestra Misión nos comunicó que tenemos espacio sólo para participar en una mesa, que podría como máximo extenderse a dos. En vista de lo anterior, privilegiamos las intervenciones que quiere hacerla Ministra de Desarrollo Social en mesa 2 y coloquio interactivo.


3. Delegación Chilena
Ministra de Desarrollo Social, Sra. Fernanda Villegas.
Asesora Especial para Asuntos Indígenas de la Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas (UCAI) del Ministerio de Desarrollo Social, Sra. Minerva Castañeda
Director de CONADI, Sr. Alberto Pizarro
Consejero de CONADI, Sr. Rafael Tuki
Intendente de La Araucanía, Sr. Francisco Huenchumilla
Embajador de Chile en Guatemala, Sr. Domingo Namuncura
Directora Instituto Nacional de Derechos Humanos, Sra. Lorena Fríes
Director de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Sr. Hernán Quezada
Abogada Asesora de la Unidad de Asuntos Indígenas del Ministerio de Relaciones Exteriores, Srta. Verónica Zubía


Presidenta Bachelett asistirá a la Sesión de Apertura el día lunes 23 de septiembre, pero no está contemplado que tome la palabra. Probablemente Presidenta vaya acompañada de Canciller y Embajador Barros.

4. Eventos paralelos

· Equator Prize Award Ceremony: Building the movement for inclusive climate and development solutions. (Ceremonia de premiación Equator Prize: Construyendo movimiento para soluciones inclusivas de clima y desarrollo)

Lunes 22 de 18:00 a 21:30

Lincoln Center -Avery Fisher Hall

Organizada por PNUD


Detalles: Actividad se trata de una ceremonia masiva (Avery Fisher Hall alberga hasta 2.800 personas) a la cual están invitados Jefes de Estado, Ministros, cuerpo diplomático, altos funcionarios de Naciones Unidas, delegados a la Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas y celebridades. Intervención final estará a cargo del ex Vicepresidente norteamericano, Al Gore. El “Equator Prize” es un premio que se otorga bianualmente para reconocer soluciones locales sustentables de desarrollo. Entre las organizaciones galardonadas este año se incluye por Chile a la Comunidad Indígena de Manquemapu.


· Side Event: Affirming the Beijing and Lima Plans of Action for Indigenous Women and Girls (Evento paralelo: Afirmando los Planes de Acción de Beijing y Lima para mujeres y niñas indígenas)

Martes 23 de septiembre de 12:30 a 14.00

Piso 19, Conference Room, Daily News Building, 220 E. 42nd Street

Organizado por ONU Mujeres y el Foro Internacional de Mujeres Indígenas

El evento reúne a representantes de Estados, organizaciones indígenas y agencias de Naciones Unidas con el fin de celebrar los logros de las mujeres y niñas indígenas y destacar los persistentes obstáculos para la realización de sus derechos.


· Pre Evento Especial a la Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas, de presentación de la obra de la escritora cherokee Mary Kathryn Nagle, "Sliver of a full moon" (Astilla de una luna llena)

Domingo 21 de Septiembre a las 13:00 horas.

Church Center, 777 ira Avenida (esquina calle 44), frente a Naciones Unidas.

Organizado por organizaciones indígenas Indian Law resource Center, National Indigenous Women's Resource Center, NIWRC y el National Congress of American Indians.


Nota: presentación será en inglés.

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Cancillería suspende reunión con representantes de naciones originarias.


Para muchos de nosotros significo un gran sacrificio económico y social haber realizado las logísticas necesarias para asistir a la reunión programado para hoy 16 de septiembre , que lamentablemente e unilateralmente fue suspendió por parte del Canciller a última hora, esto ha puesto en riesgo nuestros derechos y la buena fe en el dialogo.

Como una manera de enmendar las molestias y demostración de un acto de buena fe, es urgente que el Ministerio de Relaciones Exteriores se pronuncie a los puntos planteados en documento generado en reunión con los pueblos indígenas el 28 de agosto en la sede del PNUD, entregado al Canciller Mr. Heraldo Muños, y estas se resumen en los principales puntos.


1.- Que el gobierno pueda hacer una declaración para llamar a una verdadera Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas

2.- Que se constituya una Comisión Paritaria para explorar fórmulas de aplicación de los Tratados de los pueblos Rapa Nui y los Mapuche.

3.- Que se constituya una Comisión Paritaria para la exploración de fórmulas sobre tierras ancestrales.

4.- Revisión de los Mecanismos de Consulta a los pueblos originarios de Chile establecidos en el DS. N 66 del Ministerio de desarrollo Social y DS.N 40 del Ministerio del Medio ambiente.

Esperando vuestra respuesta

Atentamente

Rafael Tuki Tepano

Representante Electo Pueblo RapaNui

15 septiembre de 2014

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Estimado Rafael, Zenón y Wilson y Otros participantes.

1.- Aunque todavía no hemos recibido la comunicación formal de parte de la Cancillería Chilena sobre la suspensión de la reunión prevista para mañana martes 16 de septiembre de 2014, a la 11:00 hrs, considero apropiado tener una primera reacción preliminar de los hechos y del mismo modo indicar los pasos y procedimientos que debiéramos seguir entre los Consejeros ante CONADI en alianza con las organizaciones de los Pueblos Indígenas que concurrimos a la reunión auto-convocada el día 28 de agosto en la dependencia del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.

1.- Lamento que el Ministerio de Relaciones Exteriores haya suspendido unilateralmente una reunión que habíamos convenios con la debida antelación en tiempo y con una agenda tan importante como el documento que adoptamos el día 28 de agosto, 2014.

2.- De mi lado y junto a otros dirigentes Mapuche ya habíamos adquiridos nuestros pasajes para viajar de Temuco a Santiago, cuya suspensión nos ha traído costos económicos, considerando que estamos cubriendo de nuestra propias capacidades económica para asistir a la reunión.

3.- Una eventual reunión a posterior del día 22 y 23 de septiembre de 2014, constituye un acto fuera de lugar, considerando que el objeto de reunión del día 16 de septiembre es establecer algunas líneas de trabajo entre los Pueblos Indígenas y el gobierno en el marco de la Reunión Plenaria de Alto Nivel.

4.- Por otro lado, hasta el momento el Ministerio de Desarrollo Social, no ha respondido de una reunión de trabajo, sin embargo, la señora Minerva Castañeda se comprometió efectuar una reunión con la Ministra y no hemos recibido comunicación alguna.

II Consideraciones generales:

Con la suspensión de la reunión de parte de la Cancillería y la falta de respuesta del Ministerio de Desarrollo Social, se pone de relieve que el gobierno en su conjunto no tiene un mayor compromiso en trabajar en cooperación con los Pueblos Indígenas en el marco de la Reunión plenaria de Alto Nivel.

La falta de interés en efectuar una simple reunión para explorar fórmulas de cooperación, indica que el gobierno llevara su propia versión a la Reunión Plenaria de Alto Nivel y cuya versión de los hechos será completamente diferente a la realidad y los esfuerzos que realizamos los representantes de los Pueblos Indígenas para efectuar un trabajo conjunto no se condice con la posición del gobierno.

III. Acciones:

A, considero apropiado elevar una nota de protesta a la Cancillería tanto, por la suspensión y la falta de repuesta a un documento que trabajamos con la debida seriedad que se merece un evento Internacional como es la Reunión Plenaria de Alto Nivel.

B.- Enviar urgentemente una nota recordatoria a la Señora Minerva Casteñeda, con el objeto a que nos responda responsablemente de un compromiso que adquirió en la reunión del día 28 de agosto 2014.

C.- Reconsiderar la participación de Rafael Tuky y Aucan Huilcaman en la Reunión Plenaria de Alto Nivel en Nueva York.

D.- Retomar y reafirmar el acuerdo del día 28 de agosto. Que la participación indígena estaba sujeto a los avances en el diálago con el gobierno.

E.- Con el objeto de rendir cuenta pública de nuestras actuaciones en las acciones de promoción y protección de nuestros derechos como Pueblo, sería apropiado emitir una Declaración Pública sobre los hechos.

F.- Poner en antecedentes al PNUD y al Instituto Nacional de Derechos Humanos INDH sobre lo que ha sucedido hasta el momento.

Debo agregar que se ha criticado la Reunión Plenaria de Alto Nivel, por la falta de participación indígena y compromiso de los gobiernos con los derechos de los Pueblos Indígenas. Esta situación de la Cancillería viene a confirmar todas y cada una de las críticas.

Espero reacción y comentarios.

Aucan Huilcaman Paillama

Temuco, Chile 15 de septiembre de 2014

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Documento de Consenso de los Pueblos Indígenas de Chile sobre Reunión Plenaria de Alto Nivel (ONU)

( http://futatrawun.blogspot.com/2014/08/documento-para-conferencia-mundial-de.html )

Nosotros los representantes de organizaciones de los Pueblos Indígenas del país, reunidos en Santiago de Chile el día 28 de agosto 2014, con motivo a tratar las cuestiones relativas a la Reunión Plenaria de Alto Nivel o también Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas adoptado en base a la resolución 65/198, del 21 diciembre 2010 de la Asamblea General de las Naciones Unidas a efectuarse los días 22 y 23 de septiembre 2014 en la ciudad de Nueva York. Los participantes hemos examinado toda la documentación respectiva, hemos analizado el proceso de participación, sus limitantes y sus consecuencias, del mismo modo hemos adoptado el presente documento que contiene nuestras principales preocupaciones de la situación de los Pueblos Indígenas del país y del concierto internacional indígena.

Nuestra reunión se efectúa bajo el principio de la libre determinación y el Consentimiento Previo Libre e Informado manifestada mediante nuestras propias instituciones ancestrales y contemporáneas. En este sentido hemos invitado a las autoridades Chilenas, entre ellas la Señora Presidenta de la República de Chile Michelle Bachelet J., la Cancillería, Instituto Nacional de Derechos Humanos, el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo entre otras instituciones interesadas.

El presente documento será presentado a las autoridades Chilenas del país con el objeto de arribar a determinados acuerdos, al presidente de la Asamblea General de las Naciones Jhon Ashe, y a todas las partes interesadas.

Consideraciones Generales:

La Reunión Plenaria de Alto nivel, a pesar de todos los esfuerzos que sean desplegados de parte de los Pueblos Indígenas sigue resultando insuficiente, debido, a que no ha dado la debida cobertura nacional e internacional para la plena y efectiva participación de los Pueblos Indígenas en todos los asuntos que les afectan especialmente en el proceso de toma de decisiones en los asuntos temáticos que trata dicha reunión Internacional.

La reunión plenaria de Alto Nivel, no se condice con una verdadera y auténtica Conferencia Mundial dentro del sistema intergubernamental de Naciones Unidas, situación que pone de manifiesto que los Estados partes del mundo que conforman las Naciones unidas, no le atribuyen la verdadera significación y urgencia a la situación que viven los Pueblos Indígenas del mundo por lo que sigue siendo un desafío pendiente para los Estados, los Pueblos Indígenas y sus derechos.

La reunión Plenaria de Alto Nivel ofrece una oportunidad para trasmitir nuestras preocupaciones a la comunidad internacional, y para afirmar nuestros derechos colectivos como es el derecho a la libre determinación y asimismo comprometer a la comunidad internacional con el presente y futuro de los Pueblos indígenas, promoviendo y asegurando los derechos humanos, la igualdad en derecho, reconociendo la diferencia a ser tratados y reconocidos como tales.

La reunión ofrece una oportunidad para profundizar un dialogo con los Estados nacionales y establecer un plan de acción con cobertura país orientado a implementar los derechos sustantivos de los Pueblos Indígenas contenidos en la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y otros instrumentos relevantes, asimismo, atender las recomendaciones de los órganos de protección de los derechos humanos a los Estados partes, especialmente las recomendaciones formuladas al Estado parte de Chile.

Subrayamos que el Plan de Acción País se debe implementar bajo el principio de la cooperación, el interés recíproco de las partes interesadas y de la buena fe.

Ámbito Internacional.

Exhortamos al Estado de Chile apoyar la realización de una verdadera Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas y que ésta cumpla con todos los protocolos, requisitos y procedimientos propios y genuinos de una Conferencia Mundial en el sistema Intergubernamental de Naciones Unidas y que tal posición se manifieste de manera expresa en el desarrollo de la reunión Plenaria de Alto Nivel.

El Estado de Chile debe cumplir con los principios generales de los derechos humanos y del derecho a la libre determinación de los Pueblos Indígenas contenidos en el artículos 3.- de la Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas y consistentemente con el artículo 1.- del Pacto de Derechos Civiles Políticos y el artículo 1.- del Pacto de Derechos Económicos Sociales y Culturales.

Exigimos que se efectúen las consultas y la cooperación de buena fe con los Pueblos Indígenas, por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que afecten a los Pueblos Indígenas y que las medidas sean incluyentes y de interés recíproco y que el Consentimiento Previo Libre e Informado se materialice mediante las propias instituciones y su participación se efectué bajo el principio de la libre determinación.

Ámbito Nacional.

Demandamos al Estado de Chile a implementar y aplicar el artículo 28.- de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Cuya implementación de dicho artículo se efectué mediante una “Comisión Paritaria”, compuesto, entre representantes de todos los Pueblos Indígenas del país y representantes del Estado de Chile y que ésta se constituya antes que finalice 2014.

Exigimos urgentemente al Gobierno de Chile a que derogue el Decreto Supremo N.-66, instrumento que reglamenta la consulta del Convenio 169 de la OIT, y el Decreto Supremo N° 40, que regula el sistema de evaluación ambiental, considerando que dichas normativas transgreden y vulneran dicho Convenio afectando su espíritu y su aplicación de buena fe.

Teniendo en cuenta que el Estado de Chile celebró un conjunto de Tratados con el Pueblo Mapuche y el Pueblo Rapa Nui y cuyos instrumentos están plenamente vigentes y reconocidos expresamente de parte del derecho Internacional. Exigimos al gobierno de Chile que implemente el artículo 37.- de la Declaración de Naciones Unidas sobre Tratados celebrados con los Pueblos Indígenas. Y se constituya una “Comisión Paritaria”, con el objeto de explorar fórmulas aceptables para el cumplimiento y su aplicación de buena fe. Esta Comisión surgirá de una decisión soberana de naturaleza colectiva de las organizaciones y comunidades tanto del Pueblo Rapa Nui y del Pueblo Mapuche y estará guiada por un mandato claro y preciso que salvaguarde los principios, espíritu y los contenidos del mismo.

Exhortamos urgentemente al Estado de Chile a implementar las recomendaciones del Comité Internacional para la Eliminación de la Discriminación Racial CERD/C/CHL/CO/19-20, adoptados 30 agosto 2013 y las recomendaciones del Comité Internacional de Derechos Humanos, celebradas los días 7 y 8 de julio de 2014 en su 3090ª sesión (CCPR/C/SR.3090), celebrada el 22 de julio de 2014 sobre las recomendaciones de “tierras ancestrales” con este objetivo se constituya una Comisión Presidencial integrada por todos los pueblos indígenas del país y para explorar su implementación y aplicación guiados por los estándares internacionales y los principios generales de los derechos humanos.

Considerando que la situación del Pueblo Mapuche se deriva de actos coercitivos y omisiones de parte del Estado Chile, exigimos constituir una Comisión de Esclarecimiento Histórico Mapuche (CEHM) Cuya Comisión debe contar con un mandato claro y preciso sobre: a.- El periodo de tiempo que cubrirá el Esclarecimiento. b.- Los asuntos que debe esclarecer dicha Comisión. c.- Composición. d.- Naturaleza de las recomendaciones. e.- ubicación de la Comisión. f.- Establecer los estándares internacionales basados en los principios generales de los derechos humanos para las medidas reparatorias, restitutorias y compensatorias con el Pueblo Mapuche. g.- Recomendar las instituciones para establecer y garantizar una Paz firme y duradera entre Mapuche y no Mapuche.

Establecer un Plan Nacional de divulgación y promoción de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT cuya acción debe comprender formación y capacitación a los titulares de estos y otros instrumentos de derechos relevantes.

Subrayando que el agua constituye uno de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas de vital importancia, reafirmamos el derecho a participar en todo lo relativo al proceso de modificación y alcance al Código de Agua que se está implementando en Chile mediante el delegado presidencial sobre los Recursos hídricos a través de un proceso de consulta urgente a los Pueblos Indígenas.

Teniendo en cuenta que la Reforma Educacional en Chile ofrece una oportunidad para subsanar la doctrina de la negación que se ha implementado desde el sistema educacional Estatal con los Pueblos Indígenas y sus culturas. Exhortamos al Gobierno de Chile a realizar una consulta apropiada para armonizar imperativamente lo que estipula el Convenio 169 de la OIT en materia de educación indígena en sus artículos 21-22- y la Declaración de Naciones Unidas sobre derechos de los Pueblos Indígenas en relación a la educación.

Invitamos al Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD en Chile, a apoyar un plan de Acción derivado de la Reunión Plenaria de Alto Nivel.

Pedimos al Instituto Nacional de Derechos Humanos INDH, a que observe el cumplimiento de los derechos de los Pueblos Indígenas en el marco de un Plan de Acción y los derechos adquiridos tanto, aquellos contenidos en la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

Exigimos al Estado fortalecer mecanismos plenos, efectivos y duraderos en el tiempo de información, participación efectiva y toma de decisiones acerca de los proyectos de ley que hoy se discuten en el parlamento y los que próximamente se ingresarán a discusión y que sean de afectación directa para los Pueblos Indígenas del País.


Santiago de Chile, 28 de junio 2014

PARA CONSTANCIA FIRMAN....