domingo, 20 de marzo de 2016

Comunidades Mapuche marcharon contra aplicación de Ley Antiterrorista en Lanko


Comunidades Mapuche marchan contra aplicación de Ley Antiterrorista en Lanko

El jueves 16 de marzo de 2016, comunidades mapuche de diferentes territorios ubicados en la comuna de Lanco,que se encuentra en el acceso norte a la Región de los Ríos, marcharon unidas con el fin de repudiar la aplicación de la Ley Antiterrorista y los allanamientos que han recibido familias mapuche, recalcando lo parecido de estas vulneraciones a los derechos humanos a las realizadas durante la dictadura militar.

Al finalizar la marcha, en la cual participaron al menos 100 personas, se leyó una declaración pública que exhorta a que se detenga la aplicación del dispositivo legal que mas que solucionar el problema, invisibiliza la usurpación territorial y el extractivismo ambiental por parte de empresas forestales, latifundistas y el estado de Chile, impidiendo dar cauce a las demandas históricas de restitución de tierras mapuche.


                              Comunicado Público



En el marco de la reivindicación territorial, comunidades mapuches, pertenecientes a los LOF-MAPU, deAntilwe, Malalwe, Külche, Katriko, y Rancawe, se reunieron el pasado viernes 11 de marzo de 2016, en la Asociación Mapuche Kallfulikan, con el objetivo de realizar un extenso análisis de la actual situación, por la que están pasando los diversos territorios del Wall-Mapu, y en especial los territorios mapuches de la comuna de Lanko. Y que tiene relación directa con la gran represión y militarización de los territorios mapunche, y la puesta en marcha de la Ley Antiterrorista, instrumento represivo del estado chileno, en desmedro del Pueblo Mapunche. Comunican a la opinión pública y medios de comunicación, tanto local, regional e internacional, lo siguiente.

KIÑE: Que rechazamos rotundamente la aplicación de la ley antiterrorista, en nuestros territorios, ya que estos conlleva a los masivos allanamientos a los hogares de las familias mapuches del LOF, a la vez produce un gran terror en las familias mapuches, de los diversos territorios, causando un grave daño psicológico en la población, especialmente en los niños, y mujeres, que ven vulnerados sus derechos como seres humanos.

EPU: Exigimos en forma inmediata el retiro de las fuerzas policiales, ya que están al servicio de los grandes capitalistas en desmedro de los sectores más vulnerables de la sociedad.

KÜLA: Exigimos el fin de las investigaciones que están llevando adelante la PDI, a miembros de los territorios mapunche, y que las autoridades se querellen en contra de los ejecutivos de las grandes forestales, por depredadores de la naturaleza y contaminación ambiental.

MELI: Responsabilizamos al gobierno de Bachelet, a través de su ministro Jorge Burgos de invocar la Ley Antiterrorista y la Militarización de la zona, con la complicidad del Intendente Montesinos. Exigimos una cuenta pública, de todos los gastos, en defensa del Latifundio e Industria Forestal, desde vehículos que son utilizados por la FF.EE. Para amedrentar a las Komunidades Mapuches, sueldos, comidas de funcionarios policiales, Labores Investigativas, más complejas de ambas policía

KECHU: Exigimos la aplicación de la Declaración Universal de los Derechos Indígenas, emanada de la Organización de Naciones Unidas, (ONU) que reconoce el derecho colectivo de los Pueblos Originarios yDerecho Consuetudinario sobre el Territorio.

KAYU: Exigimos el retiro inmediato de todas las empresas forestales de los territorios mapunche, que han sido los causantes de los conflictos y el deterioro de los recursos naturales, y escases del recurso agua.

Por último los participantes a dicho Trawun, dan un voto en contra, para la Iglesia Católica, que como principio tiene la “defensa de la vida” y ke en estos momentos está cobijando a los que vulneran los derechos humanos, de los habitantes de los territorios mapunche. También hacemos un llamado a lasautoridades locales a pronunciarse, a las organizaciones sociales, y a todos los que le han vulnerados susDerechos, a rechazar la ley antiterrorista, que se asemeja a la gran represión que sufrió la sociedad chilena, a partir del 11 de Septiembre de 1973.

DESDE EL WALLMAPU, AVANZANDO EN LA RECONSTRUCCION DEL TERRITORIO MAPUNCHE.



LANKO, 16 de marzo, de 2016.

El Puelche

sábado, 12 de marzo de 2016

CONADI: Consejeros/as una Amenaza para los Derechos de los Pueblos Indígenas


Elecciones en CONADI: Consejeros/as una Amenaza para los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Por: Aucan Huilcaman Paillama

El día 20 de marzo 2016 se efectuará una nueva elección de los Consejeros/as de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígenas CONADI.

En todas las elecciones anteriores se ha cuestionado su legitimidad por la escasa y pobre participación de los diferentes Pueblos Indígenas que son objeto de la decisión de elegir a los Consejeros/as, pero también se ha cuestionado la utilidad y eficacia de este organismo Estatal en cuanto a la protección de los derechos de los Pueblos Indígenas y en esta esfera se ha convertido en una verdadera amenaza para los Pueblos Indígenas y sus derechos tanto, la institución como el desempeño de sus consejeros/as.

La CONADI desde el punto de vista histórico tiene únicamente dos diferencias con el “Consejo de Indias” cuya institución hispana fue creada con el fin de promover y mantener las relaciones coloniales con los Pueblos Indígenas de las Américas. 
En éste organismo colonial hispano no existía la figura del Fiscal Nacional y que CONADI lo ha incluido y ésta representa una de las diferencias con el organismo Estatal. 
Para el “Consejo de Indias” en sus sesiones y en ciertos casos operaba la figura del “lenguaraz”, sin embargo, esta figura ahora no existe en CONADI, debido a que los Consejeros/as son casi todos monolingüe y en algunos casos balbucean su idioma del Pueblo Indígena al que pertenecen, por tanto, esta figura que podría constituir una segunda característica en la actualidad no resulta necesario a raíz del acelerado proceso de colonialismo lingüístico que han sido objeto los Pueblos Indígena en Chile. 

Sin embargo, la figura del lenguaraz en otra instituciones públicas del Estado Chileno durante las últimas dos décadas ha tenido una aceptación creciente en el ámbito de las municipalidades y en los centros de salud pública, como son los “facilitadores culturales”. También operan extensivamente en la intendencia de la Araucanía y en otros ministerios del país como una especie de “testigos protegidos”.

Afirmar que, institucionalmente la CONADI y los Consejeros/as en su función individual son verdaderamente una amenaza para los Pueblos Indígenas y sus derechos, no resulta una apreciación extrema ni ligera, al contrario, basta recordar que entre los propios consejeros/as de CONADI se gestó y promocionó el Decreto Supremo N.- 66, instrumento que por un lado anula la eficacia del Convenio 169 de la OIT y que por su naturaleza y aplicación representa el instrumento más apropiados para los intereses económicos del sector empresarial que operan en los territorios de los Pueblos Indígenas y particularmente para las empresas que operan en el ancestral territorio Mapuche o Wallmapuche.

Los Consejeros/as son elegidos por cada Pueblo Indígena, sin embargo, sus actuaciones tienen consecuencias que afectan colectivamente a todos los Pueblos Indígenas del país. 

Es el caso más ilustrativo de Marcial Colin Lincolao, quien apoyó decididamente la promoción del Decreto Supremo N.-66, instrumento que regula la consulta indígena y cuyo decreto fue adoptado durante el gobierno del ex Presidente Sebastián Piñera. 

Este instrumento en la actualidad se utiliza para implementar las inversiones económicas en el territorio de las comunidades Mapuche, especialmente con las instalaciones de centrales hidroeléctricas y eólicas que por la naturaleza de dicho decreto deja sin recursos a las comunidades Mapuche en cuanto a la protección de sus derechos patrimoniales. 

En definitiva los propios Consejeros/as de CONADI, en sus actuaciones que se derivan de compromisos privados han anulado la utilidad del Convenio 169 de la OIT, desprotegiendo a las comunidades indígenas del país y de esta manera vulnerando sus derechos que tienen un carácter esencialmente público, entendido lo público, como lo que concierne a los derechos colectivos que le asisten a los Pueblos Indígenas.

El Decreto N.- 66 del gobierno del ex presidente Sebastián Piñera resulta muy similar a los contenidos de la ley del Royalty minero de Chile en donde sus contenidos esenciales lo redactó Patricio Contesse en representación de la empresa minera SQM. 

En el caso del Decreto Supremo N.- 66 lo redactó Matías Abogabir, un familiar directo de Eugenio Délano de la empresa PENTA, quien, está procesado por delitos tributarios y por acto de corrupción a ciertos honorables senadores y diputados, pero en el caso del decreto supremo mencionado y que afectan los derechos indígenas; sus actores permanecen en completa impunidad.

El proceso de elección de los Consejeros/as de CONDI, se caracteriza esencialmente por su sentido tramposo. 

A modo de ejemplo y en el caso Mapuche se eligen dos tipos de consejeros/as, aquellos/as que representan a las comunidades rurales –Lofche y personas de origen indígena que habitan en áreas urbanas del país. 
Sin embargo, a la hora de las actuaciones y las consecuencias los actos de los Consejeros/as tienen efectos globales, extralimitándose al mandato que dieron únicamente los Mapuche sean urbanos o Mapuche del área rural. Es el ejemplo de Marcial Colin Lincolao elegido exclusivamente por los Mapuche urbanos, sin embargo, sus compromisos políticos partidarios y sus actuaciones afectan a todos los Pueblos Indígenas del país sin distinción alguna y particularmente a las comunidades rurales, es decir, el consejero de los Mapuche urbano actúa en contravención a los derechos de los Mapuche que están asentado en comunidades territorialmente definidas o –Lofche-.

Retomando la naturaleza institucional de CONADI y sus características similares al repudiable “Consejo de Indias”, resulta completamente preocupante que se reproduzcan en la actualidad instituciones con la finalidad de mantener el colonialismo y la domesticación con los Pueblos Indígenas y sus derechos y de esta manera desatendiendo los nuevos y antiguos derechos que las normas internacionales han restablecido a favor de los Pueblos Indígenas, como es el derecho a la libre determinación (Art. 3 y 4 de la Declaración de Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas

CONADI es la institución más elocuente del indigenismo contemporáneo y que en el pasado estuvo representado por el “Consejo de Indias”. 

Esta es la razón fundamental por las que el consenso Internacional estipulado en la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas ha reconocido tácitamente los derechos y libertades fundamentales que han sido conculcados por parte de los Estados nacionales como es el derecho a la libre determinación indígena, es decir, el derecho a la libre determinación Mapuche y en materia de tierras, territorios y sus recursos ha manifestado elocuentemente la “recuperación”, “restitución” y cuando no sea posible una “indemnización justa, imparcial y equitativa” de las tierras “ocupadas”, “tomadas” y “confiscadas” sin el consentimiento previo libre e informado de los Pueblos Indígenas.

Cabe preguntarse si son únicamente los Consejeros/as de CONADI una amenaza para los derechos de los Pueblos Indígenas: simplemente NO.
 
Basta recordar que bajo la figura del “Frente Amplio Indígena” específicamente el PC: Domingo Marileo, IC; Mauricio Llaitul, PDC; Miguel Huaracán, Hugo Marivil, María Hueichaqueo, Domingo Curaqueo, Bernardino Rallimán, PS; Diva Millapán, Daniel Neculpán, Carolina Acun, Armando Vergara, Jorge Millaquén, ChristiánCayuqueo, PRSD; Ernesto Paillán, Misael Alcapán, Reinaldo Troppa, Pamela Salgado, Gustavo Lorca, Claudio Corvalán, Víctor Huaiquiñir, Gabriel Romo, PPD; Fermín Levio, Amauri Quilaleo, Karen Reinao, Iván Mora, Renán Queulo, Rodrigo Paillalef, Froilán Garrido, Marco Pichunmán, Domingo Namuncura, Fernando Quilaleo, Alberto Pizarro, mediante una declaración pública en donde rechazaban y condenaban al gobierno del ex presidente Sebastián Piñera por la adopción del Decreto Supremo N.-66, sin embargo, ahora bajo la administración de la presidenta Michelle Bachelet todos y cada una de estas personas trabaja para implementar el D.S. N.- 66 lo que en el gobierno anterior rechazaban tajantemente. 

Cabe destacar que la calidad de militante de partido político de cada persona está estipulada en la propia declaración del “Frente Amplio Indígena” y no es una afirmación deliberada del autor de este artículo.

Paralelamente a lo anterior, otros militantes del Partido Por la Democracia PPD, entre ellos Domingo Namuncura Serrano y Juan Lautaro Loncon Antileo tomaron acciones y fueron más allá e impugnaron administrativamente el D.S. N.° 66, pero ahora trabajan en las diversas reparticiones públicas para aplicar e implementar dicho decreto que representa una amenaza para los derechos patrimoniales de los Pueblos Indígenas. 

A raíz de lo mismo y ante la ausencia de control de los Mapuche militantes de partidos políticos, la comunidad Autónoma de Temucuicui quiso aplicar el “Derecho y la Justicia Mapuche” con Juan Lautaro Loncon Antileo, hechos similares habían sucedido con Jorge Millaquen y Jaime Andrade Huenchucoy, quienes admitieron sus errores , sin embargo, Loncon fue más lejos y concurrió a carabineros de la comuna de Ercilla y calificó de delitos los actos del “Derecho y la Justicia Mapuche” como es el NorChe, NorDugu, NorKunual, sin embargo, la actuación de la Comunidad de Temucuicui se orientaba a rectificar la práctica común del “Trompulklelu” o “reordenación de las conductas y los hechos”.

En la actualidad la clase política Chilena está siendo investigada por diversos actos contrario al derecho y por sus actuaciones que afectan el interés público, en ese sentido determinadas personas de origen Mapuche han y están incurriendo en actos muy similares, pero que por tratarse de una situación que afectan a los Pueblos Indígenas y sus derechos permanecen en completa impunidad a pesar de que sus actos son contrarios a los derechos de los Pueblos Indígenas y en particular los derechos que afectan al Pueblo Mapuche. 

En este sentido entiendo que se están preparando determinadas acciones legales para corregir la impunidad.

La función de contravenir los derechos del Pueblo Mapuche se ha extendido en varias instituciones Estatales, es el caso de Pedro Mariman Quemenado, actual Director regional de Cultura de la Araucanía, quien en el ejercicio de la presidencia de la agrupación Wallmapuwen emitió sendas declaraciones de oposición al proceso de Consulta Indígena y manifestó reiteradamente su firme oposición al Decreto Supremo N.- 66. Pero solo bastó que fuera contratado laboralmente en la institución cultural de la Araucanía para que él cambiara radicalmente de posición y bosquejara una estrategia para la consulta indígena denominándole “Parlamento”.

Invocar la institución del Parlamento en un proceso de consulta de mala fe de parte del gobierno de turno, es un intento de tergiversar la historia y un esfuerzo inaceptable de deslegitimar el verdadero alcance de los Parlamentos o Tratados Mapuche celebrados con el sistema hispano y el Estado Chileno y resulta un intento de anular los actos con consecuencias jurídicas que nuestros antepasados celebraron y que el derecho internacional lo ha reconocido en el artículo 37.- de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, del cual junto a otros líderes indígenas del mundo tuvimos que desplegar casi dos décadas de esfuerzos en la diplomacia internacional indígena para persuadir a los órganos que crean el derecho internacional y alcanzar resultados y cuyo reconocimiento Pedro Mariman Quemenado intenta anular con hechos que no son iguales ni se parecen.

Varios candidatos a Consejeros/as de CONADI, han emitido declaraciones públicas.
Ana Llao Llao ha sostenido que “quedan tareas pendientes”, sin embargo, no ha señalado cuáles serían esas tareas pendientes. 
A raíz de los hechos y la naturaleza institucional de CONADI, lo único cierto es que seguirá operando una institución que constituye una amenaza para los derechos patrimoniales de los Pueblos Indígenas con el aval de los propios Consejeros/as y lo pendiente lo constituye la falta de protección de los derechos de los Pueblos Indígenas; asimismo, Andrés Matta candidato a Consejero a sabiendas del daño previsible que provocaría al Pueblo Mapuche el decreto Supremo N.-66 no tuvo ningún acto de valentía para hacer respetar los derechos del Pueblo Mapuche en su gobierno. 
El resto de los candidatos/as no han emitido opinión pública valida que permita entender mejor su candidatura de Consejero/a de CONADI.

A estas alturas de los hechos queda de manifiesto que habrán personas de origen indígena dispuestas a trabajar por la domesticación y colonialismo del Estado Chileno con los Pueblos Indígenas y sus derechos, y con la expansión de una especie institucional de “testigos protegidos”, pero igualmente tienen el mismo derecho de seguir fortificando la lucha los líderes desde las comunidades Mapuche, junto a los que se han propuesto implementar el derecho a la libre determinación Mapuche.

Wallmapuche, Temuco Chile, 10 de marzo de 2016


jueves, 3 de marzo de 2016

Ngulumapu- Justicia $hilena acoge recurso de amparo a favor de ‪‎niños‬ ‪‎mapuche‬ de Lof ‪‎Rankilko‬.


Justicia $hilena acoge recurso de amparo a favor de ‪#‎niños‬ ‪#‎mapuche‬ de Lof ‪#‎Rankilko‬.

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de amparo en favor de siete niños de entre seis y nueve años y sus progenitores, quienes fueron violentamente desalojados en dos oportunidades por trabajadores de Forestal Mininco, auxiliados por Carabineros.

Los dirigentes pertenecían a la comunidad de Rankilko del sector de Malleco Bajo y participaban de un proceso de ocupación de territorio en el fundo El Retiro 3 en la comuna de Ercilla. 
Allí habían construido su casa y comenzado un proceso de siembra. 

Sin embargo, fueron desalojados y sus viviendas resultaron completamente destruidas.

El Instituto Nacional de Derechos Humanos de La Araucanía presentó un recurso de amparo, el que fue acogido esta semana por la Corte de Apelaciones, constatando la violencia a la que fueron sometidos los menores y marcando un importante precedente jurídico.



Así lo sostuvo el abogado del organismo, Marcos Ravanal, para quien “la violencia de la que se habla en este fallo es simbólica. Yo diría que es uno de los primeros casos en que se reprocha la actuación policial sin que existan heridos de forma concreta. La mayoría de los recursos anteriores que han sido acogidos, existe vulneración de los derechos de los niños, pero también agresión a su integridad física. Este fallo es diferente y marca una tendencia”, afirmó el especialista.

El abogado afirmó que una característica del caso es que fue el Servicio Nacional de Menores (Sename) el que constató las graves secuelas traumáticas que se derivaron de la acción que motivó el recurso del Instituto. 

“Es decir, es una institución del Estado la que constata los efectos que produce otro organismo estatal”, explicó.

El fallo solicita que, para adelante, Carabineros “actúe con estricta sujeción a la normativa constitucional y legal vigente, absteniéndose de afectar los derechos fundamentales de los menores amparados”. 

Además ordenó iniciar un procedimiento sumarial para determinar responsabilidades administrativas en estos hechos.