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miércoles, 26 de junio de 2019

Comunidad mapuche Antonio Calbun denuncia montaje winka tras el caso de la colona Roxana Carrut



Comunidad mapuche de Antonio Calbun denuncia montaje tras el caso de Roxana Carrut


El viernes 21 de junio la comunidad mapuche de Antonio Calbun respaldado por la comunidad de Temucuicui (lugar donde fue asesinado el weichafe Camilo Catrillanca por parte del Estad chileno) publicaron un comunicado refiriéndose a la supuesta agresión mostrada por los medios de prensa winkas tras el caso de la colona Roxana Carrut, que acusa agresión por parte de comuneros mapuche.

Declaraciones de la comunidad mapuche de Antonio Calbún:

Declaración y Denuncia Pública ANTE ATAQUE DE SICARIOS CONTRATADO POR COLONOS PARTICULARES A MAPUCHE

La comunidad mapuche de Antonio Calbun de la comuna de victoria, provincia de Malleco, ante dos graves hechos de violencia provocados por sicarios contratado por particulares, señalamos lo siguiente:

1) El día miércoles 19 de junio de 2019, en momento que nuestro hermano, Claudio Huenchullan Quilapan de 29 años de edad, cruzaba el predio Santa Adela Sur donde es perseguido. Este predio se encuentra inserto dentro de nuestro territorio donde además se debe transitar.

2) Mientras nuestro hermano cruzaba el predio, los sujetos Genaro Elguetta y su hijo David Elguetta comienzan a perseguirlo, ambos portaban distintos tipos de herramientas de fierro, una vez que le dieron alcance se abalanzan contra él, le propinan distintos tipos de golpe por diversas parte del cuerpo, uno de ellos en su rostro, cae al suelo inconsciente y continúan golpeándolo, otros hermanos al ver la situación corren a prestarle primeros auxilio, en este momento los sujetos, se arrancan en dirección a la casa de la administradora del fundo, Roxana Carrut.

3) Posteriormente nuestro hermano es recogido y llevado a la comunidad y desde allí de urgencia hasta el hospital de Victoria, donde recibe las primeras atenciones medicas, Diagnosticando Fracturas mandibular con pérdidas de piezas Dentales.

4) Cabe señalar que al momento de llegar e ingresar con nuestro hermano al servicio de urgencia del Hospital de Victoria, ya se encontraban en este lugar la Sra Roxana Carrut junto a los sicarios ante mencionados, comienzan a burlarse del hermano herido, seguidamente identifican al Werken Manuel Pailahueque Torre de 22 años al interior de la sala de urgencia, el sicario DAVID ELGUETA con una piedra empuñada a su mano, por la espalda le propina un golpe en la cara, provocándole una fractura de nariz y pómulo, diagnostico fractura maxilofacial, toda esta situación registrada por las cámara de seguridad que se encuentran al interior de la sala.

5) Sin embargo la situación fue ampliamente difundida por los medios de comunicación pública winka, como un ataque al Predio antes mencionado, situación que nuestra Comunidad ANTONIO CALBUN, rechaza tajantemente.


Nuestro werken y miembro de la comunidad se encuentran gravemente herido en el hospital de Victoria y los supuesto agredidos sin ningún rasguño, pero ante a la opinión pública son víctimas.

6) Como ha sido históricamente la manipulación de la información por parte de la prensa winka, quienes han mostrado una situación complemente falsa, respaldada posteriormente por las autoridades de Gobierno, dejando como victimas a los agresores y sicarios que actuaron a sangre fría en contra de nuestra gente.

7) Cabe hacer presente que la sra Roxana Carrut, se desempeña como funcionaria pública enfermera en el servicio de urgencia del mismo hospital, quien realiza presiones para negar y retrasar las atenciones debido a que aun no se realizan ningún tipo de intervención quirúrgica que permitan mejorar las múltiples fracturas que presentan nuestros hermanos.

Por último estos ataques de sicarios contratados y pagado por los colonos particulares, de ninguna forma detendrán nuestras justas reivindicaciones y derechos territoriales que mantenemos sobre las tierras que fueron por medio de la fuerza y violencia quitada a nuestros abuelos.

Marrichiweu, comunidad Antonio Calbun

Wallmapuche, viernes 21 de junio de 2019
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[AUDIO] PRESENTAN QUERELLA CONTRA ATACANTES DE MAPUCHE EN FUNDO SANTA ADELA Y HOSPITAL DE VICTORIA

25 junio, 2019

Este martes 25 de Junio a las 12:00 hrs, en el Juzgado de Garantía de Victoria se presentó una querella en contra de Genaro Elgueta y David Elgueta, trabajadores del Fundo Santa Adela, y dependientes de Roxana Carrut.


Por los delitos de homicidio frustrado y lesiones graves en contra de los comuneros Claudio Huenchullan y Manuel Pailahueque, quienes aún se encuentran hospitalizados por las graves agresiones sufridas el día 19 de junio en el predio Santa Adela y en el Hospital de Victoria.

La acción es patrocinada por el Centro de Investigación y Defensa Sur (CIDSUR), por medio de la Abogada Karina Riquelme Viveros quien nos entrega declaraciones respecto de lo acontecido esta mañana y la versión de los acontecimientos.

AUDIOS: https://radiokurruf.org/2019/06/25/audio-presentan-querella-contra-atacantes-de-mapuche-en-fundo-santa-adela-y-hospital-de-victoria/?fbclid=IwAR1RDEZ02TCQyIRMhTEjzseO8el4dvNmctjp___xGkiWxwqKJ0nFRc_NKG8

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Comuneros agredidos en Fundo Santa Adela de Victoria se querellan por homicidio frustrado

En representación de los comuneros Claudio Huenchullan y Manuel Pailahueque, actualmente hospitalizados en el Hospital de Victoria por las graves lesiones sufridas el pasado 19 de junio en el predio, el Centro de Investigación y Defensa Sur presentó una denuncia ante el Juzgado de Garantía de la comuna.


Tomás González F.- Martes 25 de junio 2019 13:53 hrs. 



Este martes, abogados del Centro de Investigación y Defensa Sur (CIDSUR) interpusieron una querella en contra de Genaro y David Elgueta, trabajadores del Fundo Santa Adela, por los delitos de homicidio frustrado y lesiones graves en contra de los comuneros mapuche Claudio Huenchullan y Manuel Pailahueque, quienes hasta el día de hoy se encuentran hospitalizados en el Hospital de Victoria por las graves agresiones que sufrieron el pasado 19 de junio en el predio Santa Adela y, posteriormente, en el centro médico de la comuna.

Hasta el Juzgado de Garantía de Victoria llegaron, en representación de Huenchullan y Pailahueque, sus familiares y la abogada a cargo de la denuncia, Karina Riquelme. Ahí, la representante de los comuneros conversó con Diario y Radio Universidad de Chile y explicó los hechos que generaron esta querella.

“Se le golpeó en la cabeza con un fierro, de parte de dos personas que están identificadas de apellido Elgueta, existiendo testigos de aquello y se le dejó inconsciente. Luego de esto fue trasladado al Hospital de Victoria y al llegar allá, los agresores de mi representado se encontraban con su empleadora, Roxana Carrut, y se produce un altercado que termina, en definitiva, con un werken de la comunidad con una fractura de nariz”, indicó Riquelme. “Ambos comuneros están hoy día hospitalizados por los hechos que acontecieron y que luego se mostró públicamente solo parte de los hechos, pero no que los trabajadores que se encontraban en ese lugar casi mataron a Carlos Huenchullan”, agregó la abogada del Centro de Investigación y Defensa Sur.

Luego de estos hechos, Roxana Carrut, propietaria del Fundo Santa Adela, llegó hasta el Hospital de Victoria con su inquilino a constatar lesiones. Fue ahí en donde se produjo el altercado que terminó con una fractura de nariz para Pailahueque. Sin embargo, la única detenida fue una comunera mapuche que supuestamente agredió a la propietaria.

En los días posteriores, distintas autoridades regionales acudieron al domicilio de Carrut, entre ellas la seremi de Gobierno, Pía Bersezio, y la seremi de la Mujer y Equidad de Género, Sara Suazo, para repudiar los hechos. Sin embargo, hasta la fecha ninguna autoridad se ha pronunciado respecto del cobarde ataque y la delicada situación en que se encuentran Claudio Huenchullan y Manuel Pailahueque.

Cabe destacar que el Fundo Santa Adela, en donde ocurrieron estos hechos, se encuentra rodeado de comunidades mapuche, las que, para trasladarse de una a otra, necesitan cruzar por el predio que administra Carrut -que, además, en enero entregó una hectárea de su terreno ante notario para que Carabineros instale un retén-. 

Fue en ese contexto que se dio el ataque injustificado a los comuneros.


https://radio.uchile.cl/2019/06/25/comuneros-agredidos-en-fundo-santa-adela-de-victoria-se-querellan-por-homicidio-frustrado/?utm_source=feedburner&utm_medium=email&utm_campaign=Feed%3A+radiouchile+%28Diario+y+Radio+UChile%29
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Presentan querellas contra responsables de ataque a comuneros mapuches en Victoria
Marco Cifuentes-RBB-  Miércoles 26 junio de 2019 | Publicado a las 12:23



Los familiares de los dos comuneros agredidos en Victoria presentaron querellas en contra de los responsables del ataque que los mantiene hospitalizados con lesiones de carácter grave.

Una querella por homicidio frustrado y otra por lesiones graves en contra de Genaro y David Elgueta, padre e hijo respectivamente, presentó la defensa de Claudio Huenchullán y Manuel Pailahueque, comuneros que resultaron seriamente lesionados la semana pasada.

Los hechos fueron registrados el pasado 19 de junio en un confuso incidente al interior del Fundo Santa Adela, y posteriormente en las dependencias del Hospital de Victoria. La situación fue ampliamente conocida luego de difundirse un vídeo vía redes sociales, donde se aprecia la agresión de la cual es víctima Roxana Carrut.

En la querella presentada se dan cuenta de los hechos que anteceden a la situación vivida en las dependencias del hospital. La abogada del Centro de Investigación y Defensa SUR, Karina Riquelme, explicó que existió una brutal agresión en contra de un comunero mapuche de la Comunidad Antonio Calbun.

La hermana de una de las víctimas, Valeria Huenchullán, se refirió a las serias lesiones que presenta su familiar y que lo mantienen internado de gravedad en el Hospital de Victoria, siendo necesario su traslado a Angol para ser atendido por un especialista, debido al severo daño en su zona mandibular.

La acción judicial busca que las dos personas individualizadas en la querella, sean formalizadas y se realice una investigación por estos hechos.

Los familiares exigen además que el Gobierno se haga parte con una querella en base a esta agresión, tal cual lo hizo frente a los hechos registrados por las cámaras de vigilancia del hospital de Victoria, y donde fue formalizada una comunera por agredir a Roxana Carrut.


Audios: https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-la-araucania/2019/06/26/presentan-querellas-contra-responsables-de-ataque-a-comuneros-mapuches-en-victoria.shtml

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EL SHOW DEL COLONIAJE CORRUPTO WINKA/$HILENO

Foto: El ilegal estado $hileno y sus colonos delincuentes en el país mapuche/Wallmapu haciéndose las victimas....
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Foto: Hermano mapuche atacado por la delincuencia $hilena
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Foto: Los hermanos se recuperan del ataque winka
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Foto: Hermanos mapuche recuperan su newen tras el ataque de los colonos winkas corrupt@s
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Claudio Pailahueque Quilapan & Werken Manuel Pailahueque


martes, 26 de febrero de 2019

Lonko Facundo Jones Huala: “¿Imaginas a un cristiano rezando en la mierda?


Facundo Jones Huala: “¿Imaginas a un cristiano rezando en la mierda? Aquí nuestras ofrendas se caen al desagüe”

Es una de las figuras más importantes de la resistencia mapuche en el Puelmapu (Argentina). Hoy se encuentra en la cárcel de Temuco, condenado a nueve años de cárcel con pruebas obtenidas ilegalmente a través de la ley de inteligencia. 

El lonko conversó con El Desconcierto sobre la huelga de hambre que inició hace un mes exigiendo derechos intrapenitenciarios y las irregularidades alrededor de su condena.

Por Lucas Cifuentes / 25.02.2019

—Soy inocente, esto se trata de una condena política—, señala Facundo Jones Huala, notablemente ojeroso y con varios kilos menos desde la cárcel de Temuco. Hace un mes que sostiene una huelga de hambre en este lugar exigiendo derechos intrapenitenciarios para todos los presos mapuche.

La máxima autoridad del Pu Lof en resistencia de Cushamen y uno de los líderes más importantes del movimiento mapuche en Argentina pasará los próximos nueve años de su vida en la cárcel. Así lo dictó la Corte Suprema hace pocos días en Santiago, acusándolo de participar en el incendio del fundo Pisué Pisué, en la región de Los Ríos.

De los otros cinco comuneros mapuche que también fueron acusados por la justicia chilena en 2013, cuatro de ellos fueron detenidos y llevados a juicio durante 2014, resultando absueltos tres de ellos y condenada por encubrimiento, pese a que no existía un autor culpable, la Machi Millaray, reconocida opositora a la central hidroeléctrica Osorno. Un año después, el otro involucrado en la causa también fue dejado en libertad.

En septiembre de 2018 extraditaron a Facundo desde Argentina y comenzó su batalla judicial en los tribunales chilenos. Finalmente resultó condenado con los mismos antecedentes que determinaron la inocencia de los otros comuneros y con pruebas emanadas de ley de inteligencia, algo ilegal según la legislación actual.

Ahora, sentado en una de las bancas de la capilla de la Cárcel de Temuco, un espacio pequeño y oscuro donde recibe a sus familiares los martes y sábados, Facundo dice estar “rendido ante la justicia chilena”.

—Poco se puede hacer cuando las condenas vienen escritas con anterioridad. La huelga no solo tiene que ver con mi condena, sino que tiene como objetivo que podemos realizar nuestras ceremonias correctamente—.

Se detiene y agrega una frase que parece desgarrarlo por dentro:

—Las rogativas tenemos que hacerlas en la ventana del baño y luego nuestras ofrendas caen a un desagüe, eso es inaceptable (…) Acá a los católicos y evangélicos se les permite realizar sus ceremonias. Imagínate a un cristiano rezando sobre la mierda, eso no ocurre—, comenta Jones Huala.

Si no fuera por una especie de cruz que tiene en una de sus murallas, nadie sabría que el lugar donde recibe a las visitas y donde conversa para esta entrevista se trata de un recinto religioso. Pero Facundo lo sabe y esboza una sonrisa un poco irónica, mientras le hecha una cucharada de azúcar al mate.

Desacato de Gendarmería

La entrevista que Jones Huala concedió a El Desconcierto se dio en un contexto de visita personal, pues la información que se nos entregó sobre los protocolos para realizar una entrevista formal fue contradictoria.

El 11 de febrero el Tribunal de Garantía de Temuco acogió el amparo que presentó su defensa, la abogada Karina Riquelme, junto al Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), permitiendo que el lonko se comunicara con su abogada en Argentina y también que recibiera visitas de la prensa. A pesar de eso, no ha contado con facilidades para que se realice ninguna de ellas.

Gendarmería señaló que la orden debía emanarse desde Santiago. Por lo mismo, el 15 de febrero el Tribunal de Garantía de Temuco advirtió que habría desacatado las órdenes judiciales al no permitir la entrada de nuestro medio.

Facundo reconoce que la relación con Gendarmería es muy tensa.

El día es inusualmente frío, entonces aprovecha de cebar mate junto a la lamngen Vanesa, su cuñada, y el peñi Nicolás, quienes viajaron a visitarlo desde su comunidad -Pu Lof en Resistencia de Cushamen-, ubicada en la Patagonia Argentina. Viste una camisa de franela gris y sobre la cabeza lleva un munulongko (pañuelo).

—¿Quieres una caluga?—, le dice Vanesa.

Facundo le responde que no.

Desde hace años los comuneros realizan huelgas de hambre al interior de los penales para exigir que se respeten sus tradiciones ancestrales y se les permita realizar ceremonias. Sin embargo, la situación no mejora, así que Facundo realiza esta huelga no sólo por él, sino también por los otros peñi que están presos y por los que vendrán.

Pese a la condena de nueve años en su contra, el lonko no pierde el sentido del humor.

—Oye Huala, mira esto—, dice uno de los comuneros.

Facundo revisa con detención una carta que le pasan: tres comuneros se unieron a la huelga de hambre exigiendo la autorización para realizar ngelliupun, talleres de mapuzungun y visitas masivas de carácter cultural. Continúa leyendo y el mate corre hacia la derecha. El lugar es silencioso, los comuneros conversan con sus familias y amigos en voz baja, uno al lado de los otros, compartiendo. Él sigue concentrado en la lectura de la carta, tacha una palabra. Es un ávido lector. Actualmente está leyendo Biografía de Matías Catrileo y Autonomía, El Movimiento Mapuche de Resistencia.

—También estoy leyendo un montón de otras cosas, me gustan los libros de política, historia, también las novelas de Orwell—, relata.

Termina de leer la carta y se la devuelve al comunero.

Extradiciones selectivas

Jones Huala señala estar acostumbrado a ser víctima de irregularidades tanto en Chile como en Argentina. Incluso, su extradición en septiembre de 2018 desde la cárcel de Esquel fue bajo extrañas circunstancias: lo subieron a un helicóptero sin avisarle a su abogada ni a su familia, le colocaron esposas, un chaleco antibalas y lo llevaron hasta el tribunal de Valdivia para ser juzgado por su presunta responsabilidad en el incendio al fundo Pisué-Pisué, pese a que el Comité de DDHH de la ONU solicitó al Gobierno de Macri no extraditarlo.

—Chile realiza extradiciones selectivas enmarcadas dentro de un contexto político—, comenta.

Jones Huala había sido detenido en Argentina en junio de 2017, horas después de una reunión entre Macri y Bachelet. Desde ese entonces el Gobierno chileno había pedido su extradición. Sin embargo, el primer intento fue un fracaso porque uno de los funcionarios de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) torturó a un testigo para que entregara información del lonko.

Facundo asegura que estas situaciones demuestran los vínculos entre ambos Estados con el objetivo de criminalizar el movimiento mapuche.

—Hay relaciones entre los ministerios del Interior de ambos países, actualmente entre el ministro Chadwick y la ministra Bullrich, que tienen como objetivo criminalizar la lucha mapuche. Y eso no es algo nuevo, esa relación comenzó cuando iniciaron La conquista del desierto y La pacificación de la Araucanía en el siglo XIX. Nosotros nos hemos convertido en un problema de Estado, por eso la Agencia Nacional de Inteligencia en Chile (ANI) y la Agencia Federal de Inteligencia en Argentina (AFI), me han seguido desde 2013. El tema es que en Argentina son mucho más evidentes en sus irregularidades, en cambio, Chile se esconde a través de la institucionalidad.

Dos meses después de su detención en Argentina en 2017, serían detenidos ocho comuneros en el marco de la Operación Huracán, montaje realizado por carabineros que buscaba culpar a integrantes del pueblo mapuche por un supuesto tráfico de armas desde el país trasandino.

—Trataron de involucrarme junto a mi hermano en el supuesto tráfico de armas. Esto iba a tratarse de algo más grande, la Operación Huracán es parte de la Operación Andes—, relata Facundo.

La Operación Ándes, según reveló Ciper en febrero de 2018, era un plan de inteligencia que buscaba vincular a ex miristas en Argentina con un supuesto tráfico de armas hacia la Coordinadora Arauco Malleco (CAM). Al igual que Huracán, las pruebas falsas armaban el esquema perfecto. Sin embargo, la caída de la Operación Huracán arrastró a la Operación Andes, resultando detenidos civiles y carabineros involucrados. En Argentina el lonko continuó preso por la causa Pisué Pisué.

—Los mapuche somos un problema de Estado para ambos países. Nosotros luchamos por reconstruir nuestro mundo, nuestro tejido social y político, superamos la cuestión partidista, por eso Macri y Bachelet acordaron mi detención. Ellos buscaban apagar la lucha de ambos pueblos, pero lo único que hicieron fue fortalecer las relaciones entre el Puelmapu (tierra mapuche en Argentina) y el Gulumapu (tierra mapuche en Chile)—, asegura.

Luego de la extradición y durante el juicio, se demostró que el seguimiento que realizó la ANI a Jones Huala no fue en vano. El medio Interferencia reveló en enero de 2019 que el fiscal Sergio Fuentes recibió información de inteligencia de manera ilegal durante la investigación de la causa, información utilizada durante el juicio que sirvió para condenar al lonko.

—Eso debió bastar para que el juicio fuera anulado. Hay muchos fiscales que pertenecen a una misma escuela y que coordinados con fiscales argentinos buscan criminalizar la lucha mapuche. Y por supuesto la prensa los ayuda, en Argentina tenemos a un periodista chileno que trabaja para El Clarín. Se llama Claudio Andrade, y estamos convencidos de que es miembro de los Servicios de Inteligencia. No nos olvidemos que los medios quieren controlar la opinión de las personas.

La defensa de Jones Huala denuncia que las pruebas presentadas en su contra fueron irregulares: un arma, guantes y una capucha que presuntamente habría usado Facundo el día del ataque, pero con la que no se verificaron sus huellas, además de tráficos de llamadas utilizados por el Ministerio Público que no coincidían con los entregados a la defensa, filtración de información a la fiscalía a través de la ley de inteligencia y una testigo clave incapaz de reconocerlo.

—Era una testigo a la que supuestamente habría invitado a formar parte de la lucha contra las hidroeléctricas. Cuando le pidieron que me reconociera, yo estaba al frente de ella, sin embargo, apuntó a mi hermano. No pudimos evitar reírnos—, señala el lonko antes de darle un sorbo al mate y volver a reír.
“Las revoluciones son posibles”

Facundo se levanta a conversar con los otros presos, se mueve con energía y conversa de historia, de política. Pregunta a Vanesa, su cuñada, como va la situación por Argentina, qué dice la prensa.

—Acá no podemos leer prensa. Sólo puedo llamar por un teléfono público y tener visitas dos veces a la semana—, aclara Huala.

Eso lo pone inquieto. Al lonko le gusta saber qué pasa, le interesan las noticias de Argentina, del Puelmapu y su comunidad, la Pu Lof en Resistencia de Cushamen, reconocida por sus procesos de reivindicación territorial y la lucha contra la transnacional Benetton.

Durante el proceso de lucha los allanamientos a la comunidad se volvieron sistemáticos. Uno de ellos implicó la desaparición de Santiago Maldonado el 1 de agosto de 2017. Meses antes, Fausto Jones Huala, hermano de Facundo, dejó de oír del lado izquierdo producto de un balazo. En octubre de 2017 después el cuerpo de Santiago fue encontrado muerto en el río Chubut.

—Con Macri la represión ha aumentado. El fascismo se hace evidente. Durante los allanamientos no sólo tenemos que enfrentarnos a la policía, sino también a los guardias privados que cuidan los terrenos de Benetton. Y claramente la lucha es desigual, ellos nos disparan y nosotros respondemos con piedras—.

El peñi Nicolás le susurra algo al oído. Vanesa recuerda lo duro que fue el día que desapareció Santiago y el retroceso que han tenido en DDHH con el Gobierno de Macri. De hecho, Facundo enfrenta una causa en Argentina por los procesos de recuperación territorial.

—En Argentina, si luchas, te ponen una causa judicial. De hecho, ahora Facundo enfrenta una causa en Argentina por el proceso de recuperación territorial que llevamos contra Benetton.

Jones Huala comenta que incluso pretenden extraditarlo desde Argentina, pero que desde acá no lo van a soltar porque lo tienen como un trofeo. Luego mira el ventanal de la capilla, la luz traspasa con dificultad las paredes enormes de la cárcel de Temuco.

—Extraño muchísimo a mí comunidad, extraño luchar por ellos. Pero estoy tranquilo porque acá también está mi gente, mis peñi, ellos han sido un apoyo fundamental durante este proceso de lucha.

Facundo echa azúcar al mate y lo comparte hacia la derecha.

—Al mundo no mapuche le diría que las revoluciones son posibles—, agrega.

Luego hace una pausa para referirse a la muerte de Camilo Catrillanca pero algo lo detiene y mira hacia la entrada de la capilla con alegría.

—Llegó mi hijo.

Salta hacia la entrada y abraza a un niño de aproximadamente ocho años. Vanesa prepara unas calugas y los comuneros observan al lonko. El mate humea y Facundo sigue abrazado a su hijo.


https://www.eldesconcierto.cl/2019/02/25/facundo-jones-huala-imaginas-a-un-cristiano-rezando-en-la-mierda-aqui-nuestras-ofrendas-se-caen-al-desague/?fbclid=IwAR0IhJebDrA-1PWYo1a5X2ofeIptF8kW7VM6vxMwAgQUy5SSc-l1qn4yix4
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domingo, 21 de octubre de 2018

Publican informe sobre las ILEGALIDADES del caso de colonos Luchsinger McKay

Abogados publican informe con todas las ilegalidades validadas por la Corte Suprema en el caso Luchsinger-Mackay

En la exposición también se hace referencia a los entramados que explicarían el origen de lo que denominan “voluntarismo punitivo” de los jueces regionales, y a las acciones orientadas a implementar esta disposición, no sólo en este caso, sino que en todos en los que se persiguen a personas mapuche.

EL CIUDADANO- OCTOBER 14, 2018

Un completo informe es el que ha publicado el Centro de Investigación y Defensa SUR que agrupa a profesionales dedicados a investigar y documentar situaciones de vulneración de Derechos Humanos. Sus intervenciones de mayor notoriedad se han realizado en el contexto de la defensa jurídica de comuneros y comuneras mapuche y, precisamente, el presente trabajo expone pormenorizadamente las ilegalidades y faltas al debido proceso cometidas por instituciones como la Fiscalía y las policías en el caso de la muerte del matrimonio de latifundistas Luchsinger Mackay, respecto al cual la Corte Suprema ha ratificado la culpabilidad de tres comuneros.


En la exposición también se hace referencia a los entramados que explicarían el origen de lo que denominan “voluntarismo punitivo” de los jueces regionales, y a las acciones orientadas a implementar esta disposición, no sólo en este caso, sino que en todos en los que se persiguen mapuches. Finalmente, alertan respecto al significado que representa el reciente fallo de la Corte Suprema, afirmando que: “Hasta la fecha, el máximo Tribunal del país había sido el bastión de defensa del debido proceso y de la libertad y seguridad individual de los comuneros y sus defensores. Al validar esta forma de investigar, esta forma de condenar basado en el prejuicio y en el voluntarismo punitivo de los jueces regionales, se vislumbra un oscuro escenario para el Pueblo mapuche y sus defensas en los próximos años”.

Puedes descargar el texto en formato PDF aquí

CASO LUCHSINGER: IRREGULARIDADES Y RAZÓN DE ESTADO

El 11 de junio de 2018, en Temuco Chile, el Tribunal Oral en lo Penal de la ciudad dictó sentencia condenatoria en contra de 3 de los 11 acusados del mediáticamente conocido caso Luchsinger Mackay. 

Los comuneros José Peralino Huinca, José Tralcal Coche y Luis Tralcal Quidel, fueron condenados como autores del delito de incendio terrorista, tras el segundo juicio que se realizó en su contra, luego de que la Corte de Apelaciones de Temuco anulara el primer juicio en el que de forma unánime, habían sido absueltos los once comuneros mapuche. 
En esa ocasión, el Tribunal integrado por tres jueces letrados, desestimó además calificar el delito como terrorista.

Los mismos hechos ya habían sido objeto de otro pronunciamiento judicial en 2014, cuando fue condenado como autor del delito el Machi Celestino Córdova Tránsito. En esa oportunidad, el delito tampoco fue calificado como terrorista.

La acusación en contra de los once comuneros, entre quienes se encontraba la Machi Francisca Linconao y reconocidos dirigentes defensores del territorio y del agua, como Luis y José Tralcal, se enmarca en la permanente criminalización del conflicto político, social, cultural y ambiental, que se vive en el Sur de Chile entre el Estado y el Pueblo Nación Mapuche. Conflicto que nace de la demanda de restitución territorial que sostiene el Pueblo Mapuche, y de su oposición a la ejecución de proyectos extractivistas en el Wallmapu.

Estos mismos dirigentes han sido llevados en reiteradas ocasiones ante Tribunales chilenos: Luis Tralcal Quidel, por ser considerado un activo dirigente en la demanda de restitución territorial, ha sido absuelto en las nueve ocasiones en las que el mismo equipo de fiscales ha intentado inculparlo por hechos en los que, pese a ser definitivamente absuelto, le han significado años de prisión preventiva. José Tralcal Coche, es un reconocido dirigente político que ha logrado la recuperación y aprovechamiento de los derechos de aguas para las comunidades mapuche, mediante la recuperación del canal Itinento, por lo que también es objeto de persecución criminal.

La instrumentalización de los Tribunales de justicia para perseguir a dirigentes y autoridades ancestrales mapuche, es una política que ya le significó a Chile, el año 2014, una condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por considerar discriminatoria la aplicación de la ley antiterrorista a delitos enmarcados en el conflicto.

La misma cuestión ha sido relevada permanentemente por los Organismo Internacionales de Derechos Humanos, que conminan a Chile a dar un tratamiento político al conflicto y cesar de invocar Ley Antiterrorista en contra de comuneros mapuche; normativa nacida en la dictadura de Pinochet para perseguir a la oposición política del régimen, y que hoy es utilizada para perseguir a los defensores del territorio.

El uso de la ley antiterrorista se explica por los efectos sociales estigmatizadores y desmovilizadores, así como por las ventajas procesales asociadas al hecho de su invocación. Largos periodos de prisiones preventivas –un año y siete meses en este caso-, la elevación de la penas solicitadas, el secreto de la investigación para las defensas, el uso de testigos sin rostro, son todos efectos derivados de la mera invocación de la ley, con independencia se los resultados absolutorios.

Hasta antes del veredicto condenatorio de mayo de 2018, sólo existía una condena por terrorismo en el Sur de Chile, no obstante sus múltiples invocaciones. El condenado fue un agente infiltrado de la Policía chilena, Raúl Castro Antipán, quien en un procedimiento abreviado reconoció los hechos imputados, acusó a otras personas que terminaron siendo absueltas, y obtuvo como ganancia no pisar nunca una cárcel.

La estrategia usada con Castro Antipán se utilizó también en el caso Luchsinger Mackay con José Peralino Huinca; una persona psicológica y socialmente vulnerable, al que se le ofreció dinero y protección policial a cambio de acusar a otros comuneros. Ante su negativa, comenzaron los acosos, hostigamientos y apremios físicos y psicológicos por parte de la policía, quienes luego servirían como testigos de oídas de la supuesta declaración inculpatoria prestada por Peralino y que es la principal prueba de los acusadores. De esa declaración no existe ningún registro audio visual, sólo un documento escrito en un lenguaje sofisticado, ajeno a la realidad social del declarante, confeccionado por dos fiscales y dos policías, y supuestamente firmado por Peralino sin la presencia de su abogado defensor

Cuando José Peralino tuvo acceso a un abogado defensor, el día de la detención masiva de los once comuneros inculpados, se retractó públicamente de la declaración inculpatoria ante un Tribunal de la República, en una audiencia cuyos registros son de público acceso en internet. Denunció los apremios sufridos de parte de los policías para que firmara lo que él calificó como “puras mentiras”, sin embargo, el juicio siguió adelante y en e sa supuesta declaración se funda la condena de los tres comuneros.

Luego de interpuesta la querella por José Peralino en contra de los funcionarios de la PDI Guillermo Vilches y Claudio Leiro, por los delitos de apremios ilegítimos, la defensa de los policías solicito rápidamente el sobreseimiento definitivo, el que fue otorgado por la Corte de Temuco. Mediante un recurso de queja, la Corte Suprema (Causa Rol N° 76.331-2016) ordenó reabrir la investigación hasta finalizar a los menos las diligencias solicitadas por la querellante. El ministerio público se opuso en estrados. Luego y ante la imposibilidad de sobreseer, el Ministerio Publico optó por no perseverar en la investigación, impidiendo en los hechos seguir adelante con las pesquisas.

El actuar policial al margen del Estado de Derecho, es una constante estructural en el Sur de Chile. Actualmente, altos oficiales de la Unidad de Inteligencia de Carabineros (UIOE) se encuentran procesados por asociación ilícita, tras descubrirse un montaje de mensajería de texto en contra de otros 10 comuneros mapuche, en la llamada Operación Huracán. Con autorización de un Ministro de la Corte de Apelaciones de Temuco, fueron intervenidos sus teléfonos y los de abogados defensores de derechos humanos. Tras no hallar pruebas, éstas fueron inventadas e implantarlas en sus teléfonos móviles, lo cual motivó también una Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados. La misma UIOE, es la unidad policial que en el caso Luchsinger Mackay implantó un arma hechiza y panfletos en el domicilio de la Machi Linconao, delitos por los que también resultó absuelta.

Todas las pruebas ofrecidas por las defensas y que acreditaban la inocencia de los condenados, fueron duramente atacadas por el Ministerio Público, no sólo en estrados, sino también fuera del proceso. Las camareras del motel en que pasó la noche el día de los hechos Luis Tralcal Quidel, fueron detenidas y el local allanado. Se acusó a los defensores de presentar pruebas falsas y fueron objeto de persecución policial. Ni aun la declaración de testigos directos que acreditaban la presencia del comunero en otro lugar, fueron elementos considerados importantes por el Tribunal que sentenció el delito terrorista.

Para los grupos defensores de derechos humanos con presencia en el territorio histórico mapuche, la sentencia condenatoria del nuevo juicio Luchsinger Mackay se explica tanto por la presión de los gremios empresariales que defienden las inversiones capitalista, como por las presiones políticas ejercidas sobre el Poder Judicial desde el Gobierno Central, quienes actúan como querellante en la causa. Los principales testigos de los acusadores para contextualizar el delito como terrorista, son precisamente los presidentes de los empresarios agrícolas Gastón Caminondo de la SOFO y Emilio Taladriz, presidente de la Multigremial. El hijo del fallecido matrimonio, Jorge Luchsinger, formó parte activa del equipo de campaña del electo Presidente Piñera, empresario multimillonario que utilizó como bandera de lucha en su programa, el combate al terrorismo supuestamente presente en la Araucanía.

Los Tribunales de la Región, a diferencia de lo que hicieron los jueces anteriores al juzgar estos mismos hechos, han cedido a las presiones de los poderes fácticos que buscan construir, a través de sentencias judiciales, un nuevo paradigma del indígena, un terrorista que se opone al desarrollo. Una verdadera ola represiva se desató en la Región luego de que en Septiembre del año 2017, se reunieran Ministros de las Cortes de Apelaciones del sur de Chile con los jefes máximos de las policías, fiscales y autoridades de Gobierno. Tras esa reunión se anuló el primer juicio del caso Luchsinger en que fueron absueltos los once comuneros y en que se desechó el carácter terrorista del delito y se autorizaron las detenciones a comuneros que terminaron arrojando el montaje policial de la Operación Huracán.

Dos de los tres jueces que recientemente condenaron a los comuneros mapuche, se encontraban postulando a Juez de Garantía en la ciudad de Temuco, cuyo nombramiento depende directamente del Presidente de la República, y el Juez Presidente de la Sala se encontraba postulando además al Cargo de Notario en la ciudad de Concepción. Asimismo, la única jueza que había demostrado apego al Debido Proceso durante el juicio, hizo abandono del mismo sólo días antes de conocerse el veredicto condenatorio, bajo licencia médica y denuncias de acoso laboral de parte del mismo Juez presidente. Son todas circunstancias que demuestran los efectos del poder colonial capitalista en el territorio histórico mapuche.

Ante tal escenario fueron presentados los recursos de nulidad ante la Corte Suprema, con la esperanza de que la más alta magistratura del Estado sea inmune a los poderes fácticos que configuran el campo jurídico en la Región de la Araucanía de Chile.

No obstante lo anterior, y en medio de una acusación constitucional interpuesta contra 3 de los jueces de la Sala Penal de la Corte Suprema con ocasión de la libertad condicional otorgada a criminales de lesa humanidad, el lobby de parte del Gobierno de Sebastián Piñera en apoyo de los supremos, llegando inclusive a reunirse personalmente con el Presidente de la Corte Suprema, permite suponer que la decisión final en el presente caso tuvo una gran cuota de presiones políticas. Más aun cuando dicha acusación ha sido desestimada con el rechazo irrestricto de toda la bancada gubernamental.

Así las cosas, con fecha 30 de septiembre – a 10 días de la notificación legal de la Sentencia de la Corte Suprema – el diario el Mercurio ha filtrado los términos del supuesto acuerdo de la Sala Penal, indicando que se confirmaría la culpabilidad de los comuneros pero recalificando los hechos como delito común, quitándole el carácter terrorista y rebajando la condena. Dicha información, correspondió, en definitiva a los términos exactos de la sentencia dada a conocer oficialmente por la Corte Suprema el día 10 de octubre de 2018.

Tal filtración da cuenta del acceso del medio más poderoso y conservador del país a los acuerdos que adoptan las salas de la Corte Suprema, lo que abre otra arista al manejo político del caso. En efecto, que dicho medio de comunicación haya publicado dicha información permite suponer que el diario que propugnó en su momento la ocupación militar de la Araucanía, que instó y justificó el golpe militar el año 1973 y que ha servido durante un siglo a la propaganda de la derecha más recalcitrante de Chile, tendría línea directa con el máximo Tribunal del país a tal punto que sus fallos son comunicados a los intervinientes, a sus familias y a todo territorio nacional con anterioridad a la notificación oficial.


Cabe preguntarse si tal es el nivel de cercanía de dicho medio de comunicación con el máximo Tribunal, al punto de obtener la información de sus resoluciones con tal anticipación, ¿cuál es el nivel de injerencia que tienen en las sentencias? Si la información obtenida es fidedigna, y por tanto existe un canal desde la Corte Suprema hacia el diario El Mercurio, ¿cómo funcionará ese canal en sentido inverso? ¿Qué información entregó El Mercurio a la Corte Suprema durante los 2 meses entre que se alegó el recurso hasta la publicación de la filtración?

Al respecto cabe destacar, que con fecha 6 de enero de 2013, solo 2 días después de ocurridos los hechos y 9 meses antes de que la policía obligara a firmar a José Peralino la primera declaración inculpatoria, el mismo Diario El Mercurio mediante un artículo de prensa sindicaba Luis Tralcal Quidel como uno de los responsables del hecho. Esto pese a no existir ninguna evidencia en su contra, como quedó demostrado con el amparo interpuesto por el comunero mapuche tras verse amenazada su libertad y seguridad por la publicación antedicha. Pese a ello, el Diario el Mercurio parece haber conseguido su objetivo.

Junto a las publicaciones y opiniones del Diario El Mercurio, otra frase resuena en los pasillos de la justicia: Razón de Estado…

Y es que el la sentencia condenatoria está plagada de argumentaciones de un claro voluntarismo punitivo. Acomodando e interpretando la evidencia con el objeto de obtener una condena a toda costa. Así, por ejemplo, con el objeto de intentar confirmar la declaración escrita del delator compensado el Tribunal señala: “Continuando con el análisis de los restantes condenados, esto es, LUIS SERGIO TRALCAL QUIDEL, y JOSE SERGIO TRALCAL COCHE, valga señalar que conforme la dinámica de hechos …es posible sostener en esta sentencia, que quienes atacaron aquel día la vivienda ubicada en la Granja Lumahue era “un grupo de personas”, Que en efecto, y a partir de dicha conclusión, es posible anotar en este mismo sentido a través de la evidencia balística ya referida, y su peritaje, …, que en el sitio del suceso fueron utilizadas a lo menos tres armas de fuego distintas, dos cortas y una larga…

Si bien (José Peralino) señaló que casi todos poseían armas y que debían llevarlas al ataque, tal afirmación no implicó necesariamente una contradicción con lo referido por el perito en análisis, como pretendió la defensa, pues el perito balístico asentó como conclusión que se habrían utilizado a lo menos tres (ergo, la lógica simple nos lleva a diferenciar necesariamente los vocablos “llevar y utilizar”); en efecto, pueden todos llevar armas, pero se utilizaron a lo menos tres, de acuerdo a la prueba científica rendida en juicio. Una afirmación no excluye la otra”.-

Acá es el propio Tribunal quien reconoce la discrepancia entre el relato escrito de José Peralino Huinca con la evidencia balística encontrada en el sitio del suceso, en tanto el coimputado habría afirmado – en su supuesta declaración ante la policía – la concurrencia de varias armas largas, en tanto solo es levantada evidencia balística correspondiente a la utilización de solo una escopeta o arma larga. Luego, y al no coincidir con la información entregada por la declaración escrita del coimputado Peralino Huinca, el Tribunal supone, sin otorgar mayor razonamiento probatorio, que tal discrepancia fue producto a que los autores no habrían hecho uso de todas las armas que llevaron al sitio del suceso. No existe evidencia alguna que respalde dicha afirmación.

Además, la sentencia posee descripciones absolutamente discriminatorias, como es el suponer que por el solo hecho de existir comunicaciones entre teléfonos asociados a comuneros mapuche, estas solo podrían tener relación con un delito terrorista:

Así, el Tribunal señala: “Que, finalmente en esta parte, y conforme se ha señalado, han sido las vinculaciones razonadas y fundamentadas en la ponderación del perito Rubilar Acevedo y en particular sobre el análisis de tráficos, las que se han erigido en un indicio de relevancia jurídica, que unido a la ubicación de los encartados comprendidos en tal análisis en el sitio del suceso por parte del delator compensado permite presumir como cierto el que los co-acusados se conocían entre sí, que dadas las comunicaciones entre ellos, en un número no menor, poseían una vinculación periódica, vinculación periódica que genera la confianza para fraguar el hecho delictivo, concertándose para la ejecución de distintas acciones en un espacio de tiempo reducido…”(El subrayado [negrita] es nuestro).

Sin perjuicio de las graves falencias para acreditar que dichos números pertenecían a los comuneros implicados, el dar por cierto – como única posibilidad – que los mapuche se llaman para planificar un delito terrorista es lisa y llanamente un razonamiento racista e insultante.

La sentencia de la Corte Suprema que rechazó los recursos de nulidad confirman estos razonamientos prejuiciosos y absolutamente equívocos.

Pero además se ha validado una forma de investigar que atenta contra derechos básicos del debido proceso, como es – por ejemplo – el conocimiento previo de los antecedentes de investigación, lo cual es propiciado mediante el actuar desleal de parte del ente persecutor, abriendo un sinnúmero de investigaciones para la averiguación de un mismo hecho, pero cuyos resultados solo son dados a conocer en la medida en que la información obtenida favorezca sus propias pretensiones.

Es la denominada política de los “multiRUC”, es decir, la asignación de distintos RUC o Rol Único de Causa por parte del Ministerio Publico a distintas investigaciones para la averiguación de un mismo hecho criminal, las que no necesariamente son conocidas por los intervinientes en su integridad. Justamente, en este caso se abrieron al menos 5 investigaciones donde se investigó el caso desde diversas aristas:

Una primera investigación para investigar la responsabilidad del machi Celestino Córdova con un RUC determinado; luego otro RUC para la causa donde se investigó la responsabilidad penal de los actuales condenados, más los otros 8 comuneros absueltos entre ellos la machi Francisca Linconao. Luego, y dentro de esta misma investigación se abrió una nueva línea de investigación con su respectivo RUC luego de la detención de las camareras donde paso la noche Luis Tralcal. Dicha información solo fue puesta a disposición de la defensa una vez que el Juzgado de Garantía, previa petición de la defensa, ordenó a la Fiscalía de Temuco hacer entrega de la misma, pese a su oposición.

Otro RUC fue asignado al incendio del fundo azquintuwe ocurrido el año 2012, caratulada por el delito de incendio y asociación ilícita terrorista, donde también se tomaron declaraciones de testigos sin rostro que hacía referencia al incendio del Fundo Lumahue, e incluso se solicitaron los tráficos de la noche del 3 al 4 de enero de 2013, pese a que dicha investigación se había iniciado para investigar hechos del año 2012.

Finalmente, y solo durante el segundo juicio oral nos enteramos de la existencia de otra investigación, con otro RUC donde era investigado José Peralino Huinca por una supuesta antena que iba a ser derribada. En dicha investigación se solicitó el trafico telefónico del único numero que existe certeza era utilizado por José Peralino durante el año 2013, donde se demuestra que no existían llamadas telefónicas entre el delator compensado y los otros dos condenados. Además se determina que José Peralino era seguido desde mayo del año 2013 por funcionarios policiales, quienes inclusive afirman que Peralino mentía e inventaba participación en delitos, supuestamente, por orden de la machi Francisca Linconao. Es decir, todos los elementos necesarios para un correcto contraexamen fueron ocultados a la defensa, quien solo tuvo acceso a los mismos una vez finalizado el segundo juicio oral.

Pero sin duda lo más grave, se ha dejado la puerta abierta para que funcionarios policiales hostiguen y presionen indebidamente a comuneros mapuche para lograr una confesión, sea esta real o no, bastando este único antecedente para condenar a personas por crímenes gravísimos. Se ha validado una forma de investigar que fue precisamente la razón del cambio de proceso penal desde uno inquisitivo a un genuino sistema acusatorio. Volvemos a la madre de todas las pruebas: la confesión. Lo que va indisolublemente unido a la forma de obtención: la tortura.

Y es que una de los efectos más trascendentes de la invocación de la Ley de Conductas Terroristas, más allá de lo jurídico, más allá de las ventajas procesales, es el efecto simbólico, el efecto político-criminal que importa calificar a determinadas personas como terroristas.

El terrorista esta fuera del juego democrático, el terrorista no merece ser escuchado. Sus derechos no valen tanto como el de cualquier otro ciudadano. En los términos del penalista alemán, Günter Jackobs, estamos frente a las no-personas. Esto con independencia de que el Tribunal determine, en definitiva, que el hecho no es terrorista. Todas las diligencias de investigación: allanamientos, interceptaciones telefónicas, toma de declaraciones, se hacen bajo la lógica de una ley de excepción. Las policías actúan en territorio mapuche bajo una lógica de excepcionalidad, donde no solo las garantías procesales se ven alteradas, también la disposición de los agentes de investigación. Ellos se sienten amparados para actuar con mayor rigor.

Es decir, a la discriminación inherente que existe, en una sociedad altamente clasista como la chilena, hacia la población indígena en general, y hacia el mapuche en particular, se ve reforzada con la descalificación de terrorista. No por casualidad, desde año 2001, año en que se invoca por primera vez la Ley de Conductas Terroristas han fallecido a lo menos 6 comuneros mapuche en manos de agentes del Estado o por particulares bajo el amparo del aparato estatal. Alex Lemún Saavedra (2002), Zanen Díaz Necul (2005), Juan Collihuin Catril (2006), Matías Catrileo Quzada (2008), Jaime Mendoza Collío (2009), José Quintriqueo Huaiquimil (2014). En cada uno de estos casos o bien no se ha determinado responsabilidad penal o las penas no han superado los 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, que importan un cumplimiento no efectivo. Nadie que haya matado a un mapuche en contexto de reivindicaciones territoriales ha sido sancionado con pena efectiva.

Lo mismo ocurre con los defensores de los “terroristas”. El año 2002, el mismo año de la muerte de Alex Lemún, Pablo Ortega, miembro de CIDSUR y abogado en causa por asociación ilícita terrorista en contra de la CAM, le fue intervenido el teléfono. Los fiscales que solicitaron la intervención, fueron los fiscales Cristian Paredes y Alberto Chiffelle. El actual Fiscal Regional y el actual Fiscal jefe de Temuco, solicitaron en su oportunidad al Juzgado de Garantía de Temuco la intervención del teléfono sin dar a conocer que se trabajaba de un abogado defensor de uno de los imputados de la asociación ilícita.

El año 2016, mientras los abogados de CIDSUR Sebastián Saavedra Cea y Karina Riquelme se desempeñaban en labores propias de la defensa, fueron seguidos y fotografiados por personal de carabineros. Interpuesto el recurso de amparo, el Ministerio Público informó de la existencia de 2 investigaciones en su contra, así como de otros profesionales como Natividad Llanquileo y Manuela Royo, por un supuesto ofrecimiento de dinero en las comunidades para declarar contra funcionarios de la PDI y del fiscal Chiffelle. La investigación se basaba en la declaración de un testigo con reserva de identidad. Finalmente sendas acusaciones fueron desestimadas y los casos sobreseídos (causa RIT 9862-2016 del Juzgado de Garantía de Temuco) y la Corte Suprema (Causa Rol N° 76.451-2016) ordenó al Ministerio Publico y a las policías en no afectar el libre ejercicio de la profesión de abogado.

Finalmente, este año, en el marco de la “operación Huracán”, luego que se descubriera el montaje político y policial, los miembros de CIDSUR, Karina Riquelme y Eduardo Painevilo, nuevamente comenzaron a ser seguidos, hostigado y fotografiados. Recientemente la Corte Suprema (causa Rol N° 23.165-2018) acogió el amparo y ordenó nuevamente que las policías adoptarán las medidas necesarias para impedir que se repitan actos que importen atentados a la seguridad individual y al libre ejercicio de la profesión de abogado.

Así las cosas, la sentencia de la Corte Suprema implica un nuevo escenario. Hasta la fecha, el máximo Tribunal del país había sido el bastión de defensa del debido proceso y de la libertad y seguridad individual de los comuneros y sus defensores. Al validar esta forma de investigar, esta forma de condenar basado en el prejuicio y en el voluntarismo punitivo de los jueces regionales, se vislumbra un oscuro escenario para el Pueblo mapuche y sus defensas en los próximos años.

UN TRABAJO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DEFENSA SUR

https://www.elciudadano.cl/chile/abogados-publican-informe-con-todas-las-ilegalidades-validadas-por-la-corte-suprema-en-el-caso-luchsinger-mackay/10/14/#ixzz5UcT24189
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QUIENES ASESINARON A LA FAMILIA DE COLONOS LUCHSINGER MACKAY?



viernes, 27 de abril de 2018

Respuesta a Radio Biobio sobre dichos contra machi Celestino Cordova



Foto: Toma de pantalla.

Carta abierta a Tomas Mosciatti y Scarleth Cárdenas por sus dichos sobre Machi Celestino Córdova en radio Bio Bio.


Señora Cárdenas y Señor Mosciatti:

A riesgo de ser vetadas de la cobertura de radio Bio Bio, queremos hacerles saber nuestras reflexiones sobre las opiniones que expresaron en el programa “Radiograma” del 23 de abril de 2018, en radio Bio Bio.

Que lamentable escuchar sus opiniones tan sueltas de cuerpo sobre la situación crítica de un ser humano que está poniendo en riesgo su vida con una huelga de hambre, en respuesta a la invisibilidad que personas como el Machi Celestino Córdova sufren en un país como Chile.

Qué lamentable que usen un medio tan importante en Chile como radio Bio Bio, para esparcir desinformación y racismo, dos cosas que abundan en este país y en especial en la región de La Araucanía, donde se vive este conflicto cuya principal característica, es la asimetría en las relaciones de poder. 

Qué fácil es hablar para un hombre y una mujer de raza blanca, desde una gran tribuna, con sus cuerpos bien alimentados y abrigados, sin criminalización ni persecución en su contra, con contactos y redes de poder, sobre una persona privada de libertad, hombre de raza mapuche, machi, acusado y encontrado culpable de asesinato en un juicio con irregularidades clave que permitieron sentenciarlo. 

Qué fácil es hablar desde esa posición de confort, sobre una persona que jamás tendrá posibilidad de réplica, sobre una persona cuya figura representa a un pueblo pisoteado y no reconocido formalmente por el Estado de Chile, que se encuentra en conflicto con sectores poderosos de la sociedad, grandes empresarios e importantes sectores productivos del país como es el sector forestal. 

Fue evidente el estado de desinformación desde el que se dieron la libertad de hablar sobre el Machi Celestino, ¿48 días o 48 horas? 
Ni si quiera tenían claro lo más básico de la demanda del Machi Celestino, mucho menos tenían ni tienen conocimiento sobre lo legítima de su solicitud, que no es el acceso a beneficios carcelarios, sino que todo lo contrario, es el acceder a la salud, un derecho básico e inalienable, que no se pierde por estar privado de libertad ni condenado.

Cuando personas condenadas por violaciones de derechos humanos durante la dictadura, asesinos condenados como Miguel Krassnoff Martchenko, condenado a 120 años de cárcel por secuestro, tortura y asesinato de decenas de personas, piden permisos especiales, se les concede. 
Krassnoff recibió permiso por razones humanitarias para visitar a su hija en la Clínica Alemana de Temuco el año 2013. 
Krassnoff no tuvo que hacer huelga de hambre para recibir este beneficio, sino que se le concedió de inmediato. 

Pero lo que pide el Machi Celestino no es un beneficio, es un derecho, el derecho a acudir a su sistema de salud. 
La renovación de su rehue, ceremonia para la que el machi pide permiso para acudir por 48 horas a su comunidad, fue prescripción médica emanada por el especialista en salud mapuche, Machi Victor Caniullan, en el contexto de un tratamiento que ha sido suministrado por una institución del Estado de Chile, el Servicio de Salud Araucanía Sur, canalizado a través del Centro de Medicina Mapuche Ñi Lawentuewun de Nueva Imperial, todos agentes de salud que el propio Estado ha reconocido. 

Se trata de un acto racista el negar el ejercicio de la salud cuando ésta se desarrolla en un contexto intercultural. 
El Machi Celestino lleva años pidiendo permiso para realizar esta ceremonia. 

Solíamos sentir admiración por ustedes, pero ya no. 

No después de escuchar cómo se han puesto al servicio del poder, y cómo son capaces de destrozar y pisotear la imagen de una persona en una situación tan crítica como encontrarse por 101 días en huelga de hambre. 

Un mapuche muerto más, no haría más que alimentar la polarización y la ira entorno al conflicto entre el Estado, los colonos, y el pueblo mapuche, por las tierras cuyos primeros habitantes ya sabemos quiénes son, o al menos nosotras acá sabemos, porque ustedes al parecer no se han dado el tiempo de hacer trabajo periodístico para dar a conocer a la sociedad el verdadero origen del conflicto. 

Es una gran pérdida que la radio Bio Bio ya no sea confiable, que ya no estén al servicio de la información y de la ciudadanía, y que se dedique ahora a generar odiosidad entre grupos de una región que no necesita ese tipo de comentarios. 

Sus comentarios desde el centro de Chile lejos de donde pasan las cosas, lejos de la militarización y de las niñas y niños interrogados y baleados por la policía.

 Es preferible que se ahorren sus palabras y comentarios llenos de ignorancia y odiosidad. 
No perdemos las esperanzas de que radio Bio Bio se vuelva a convertir en un medio confiable, al servicio de la información y de la ciudadanía. 

Estaremos esperando cada día a que eso ocurra. 
De lo contrario, si no sabe de qué habla, mejor guarde silencio.


Alejandra Parra Muñoz. Master en Planificación, Bióloga, Activista.
Karina Riquelme Viveros. Abogada.


Temuco, 27 de abril de 2018.
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Tomás Mosciatti: "Celestino Córdova es un asesino y un cobarde"

Comentario de Scarleth Cárdenas y Tomás Mosciatti en la edición Vespertina de Radiograma, el lunes 23 de abril de 2018.

Vea y escuche akí: http://www.biobiochile.cl/noticias/bbtv/radiograma/2018/04/23/celestino-cordova-es-una-asesino-y-un-cobarte.shtml
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Nota de WMFT: Al fin se desahogaron estos dos periodistas winkas, ignorantes totales de la situación de nuestra nación mapuche y del juicio viciado que enfrentó nuestra autoridad ancestral machi Celestino Cordova a quien le llego, seguramente una de las tantas balas realizadas por la gente que atacó y defendió ese lugar hoy ocupado fraudulentamente por la familia winka de colonos Luchsinger y Mckay.

Recordemos que estas familias de colonos están peleando desde hace rato por territorios mapuche robados a nuestras comunidades, fundos, como ellos les llaman.

Vease: http://futatrawun.blogspot.cl/2014/01/quienes-asesinaron-la-familia-de.html


Gente pobre traída de europa hace algún tiempo atrás por el estado $hileno que invadió nuestra Ngulumapu, tal cual lo realizó el estado Argentino en Puelmapu.

A futuro debe pedirse un NUEVO JUICIO debido a que el juicio que condenó a nuestro machi JAMAS consideró realmente una investigación de verdad. 

Se necesitaba culpar a alguien y lamentablemente nuestro machi de acuerdo a su trabajo, buscaba medicinas naturales (lawen) en esos sectores, cosa que siempre realizó y realizan los y las machi. Labor nada fácil hoy en que la invasión $hilena y argentina tiene todos los territorios contaminados, depredados, saqueados debido a su vicio por el dinero.

Facilito hablar sin saber desde las ciudades. La contaminación debe ser muy alta pues ni los periodistas piensan bien. Es el problema de estar alejado de la naturaleza, no tener territorio, no comprenderla, no respetarla, no quererla. No saber sus periodos sagrados junto a todas las formas de vida.

Podemos comprender esas enfermedades, vinieron así desde europa, con su forma de pensar anti naturaleza y aquí no han aprendido nada, pues seguramente tampoco les interesa. Están cómodos pensando y viviendo de esa manera post occidental/cri$tiano. Les echaron de su famoso paraíso.

La nación mapuche les regaló mediante Tratados, bastantes territorios delimitados en el río Biobio y el río Colorado para que tanto chilenos como argentinos pudieran vivir bien, felices, en paz y con tierras para tod@s, regadas por nuestras plegarias cada día.

x Nawel Kintrikeo



viernes, 28 de octubre de 2016

Hostigamiento de fiscales y policía $hilena hacia abogados defensores de mapuche es llevado a la CIDH

Caso de hostigamiento y persecución a abogados defensores en causas Mapuche es llevado a la CIDH

Este 26 de octubre, organizaciones de Derechos Humanos de la Región de la Araucanía, entre ellos, el Observatorio Ciudadano, CID SUR, Comité ética contra la Tortura, dieron a conocer a la opinión pública el envío de una comunicación a la Relatoría de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) mediante la cual se expuso la grave situación de hostigamiento y persecución a los abogados/as: Karina Riquelme Viveros, Manuela Royo y Sebastián Saavedra Cea, Defensores de Derechos Humanos que actúan como defensores penales de personas mapuche que actualmente se encuentran imputadas de delitos contemplados en la Ley Antiterrorista.

Dicha comunicación busca que la Relatoría de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos de la CIDH, en cumplimiento de las funciones enumeradas en el artículo 41 de la Convención Americana de Derechos Humano, se solicite información al Estado de Chile respecto a éstos graves hechos vulneratorios de derechos humanos.

Por su parte, la Corte Suprema, expresó el miércoles pasado a través de una resolución, que se debe respetar el libre ejercicio de la profesión de los abogados defensores mapuche Karina Riquelme y Sebastián Saavedra.

En el caso de la abogada Manuela Royo, está relacionada a su despido como abogada de la defensoría penal por razones políticas, en virtud a comentarios realizados hacia el Fiscal Alberto Chifelle, por prácticas y conductas racistas en el marco del denominado caso “Luchsinger – Mackay”.

Compartimos a continuación pronunciamiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos sobre resolución de la Corte Suprema por el caso de los abogados Saavedra y Riquelme y enseguida nota informativa del espacio de memoria “Londres 38”.
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Corte Suprema insta a Ministerio Público y policías a no dificultar labor de abogados defensores de mapuche

La Corte Suprema instó al Ministerio Público a “no afectar el libre ejercicio” de los abogados de derechos humanos y a las policías a adecuar “su actuación a la ley” y “no coartar el desempeño” de los profesionales que defienden a los y las imputadas mapuche en la causa Luschinger-Mackay. La recomendación del alto tribunal está contenida en un fallo que confirmó una resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco que desestimó una acción de amparo en favor de la abogada Karina Riquelme Viveros y Sebastian Saavedra Cea, ambos integrantes de la organización de derechos humanos CID SUR

La acción judicial, en la que se hizo parte el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), fue presentada en favor de los profesionales ya que en a lo menos cinco oportunidades fueron objeto de vigilancia, incluidas las capturas de imágenes por parte de personas de civil, en el contexto de comparecencias que han debido efectuar en el Tribunal de Garantía de Temuco o de la Corte de Apelaciones de la misma ciudad, por sus actividades como abogados defensores en la denominada causa Luschinger-Mackay y otras causas en las que defienden a imputados/as mapuche.

A pesar de desestimar el recurso, la Corte Suprema hace una especial declaración de advertencia en orden a que en lo sucesivo el Ministerio Público tenga “(…) especial cuidado de no afectar el libre ejercicio de la profesión de abogado de los recurrentes con motivo de las investigaciones iniciadas para indagar la existencia de eventuales hechos punibles”, y llama a las policías a que se ajuste “(…) su actuación a la ley y a las instrucciones específicas entregadas por la autoridad competente, de modo de no coartar el desempeño de los amparados, lo que en la especie no se ha cumplido, toda vez que no se ha discutido la presencia de personal de la Policía de Investigaciones y Carabineros de Chile en los espacios en que se desenvuelven los abogados, generando perturbación en su normal desempeño” .

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Acoso policial contra abogados defensores de procesados mapuche

Dos abogados del Centro de Investigación y Defensa Sur (CIDS) de Temuco han sido objeto de seguimientos, control fotográfico y vigilancia sin que exista fundamento legal para ello. Se trata de los abogados Sebastián Saavedra Cea y Karina Riquelme Viveros quienes han sido víctimas de estas acciones mientras realizaban distintas acciones de defensa en el marco de la Aplicación de la Ley Antiterrorista, en el caso Luchsinger-Mackay.

A pesar de la existencia de numerosas pruebas y testigos que confirman el seguimiento por parte de dos vehículos de la Dirección de Logística de Carabineros y de la Policía de Investigaciones, el recurso de amparo presentado en favor de los defensores fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Temuco. En lugar de acoger los antecedentes aportados, la Corte dio fe a las afirmaciones de ambas policías, quienes, reconociendo la existencia de dos investigaciones en contra de los abogados caen en contradicción al negar la realización de seguimientos y fotografías.

Por su parte, el Ministerio Público de la Araucanía confirmó la existencia de las investigaciones señaladas y las respectivas ordenes de investigar a los abogados, fundamentadas en el testimonio de una persona, cuya identidad se mantiene en reserva, quien habría manifestado a funcionarios de la PDI que la abogada Karina Riquelme habría afirmado que “se encontraba recabando antecedentes para perjudicar al Fiscal Jefe de Temuco Alberto Chiffelle”. La acusación no solo resulta inverosímil sino que, además, no es un hecho constitutivo de delito respecto del cual se pueda ejercer acción penal pública.

El CIDS emitió una declaración en la que señalan que “la protección del debido proceso y la presunción de inocencia no puede ser coartado mediante persecuciones indebidas a quienes la protegen a través de su profesión, sin realizar mayores actos que ejercer la defensa en los términos señalados en la ley. El libre desarrollo del ejercicio profesional en los términos establecidos en nuestra Constitución debe amparar a los defensores de derechos humanos cuya misión está dirigida a representar a todos los sectores incluidos – por cierto – los más vulnerables, en este caso personas del Pueblo mapuche”.

Es preocupante que los triunales consideren razón suficiente para negar el amparo la simple negativa formal de los agentes que se presume están vulnerando la seguridad individual y la libertad personal de los abogados. Ello contradice la finalidad del amparo que es, justamente, asegurar la debida protección al afectado.

Ante la gravedad de la situación, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó un recurso de apelación ante el rechazo al amparo. En el escrito se señala la preocupación por la criminalización de acciones propias de la labor de defensa, situación que limita y amenaza la labor de los defensores. En el texto del recurso, el INDH hace referencia a un informe de la Comisión Interamericana de Derechos humanos (CIDH) en el cual se señalan las “principales formas de criminalización de la labor de defensoras y defensores de derechos humanos:

Pronunciamientos de funcionarios públicos que acusan a defensoras y defensores de la comisión de delitos en la ausencia de decisiones judiciales.

La criminalización de los discursos de denuncia de violaciones a derechos humanos y el derecho a la protesta social pacífica.

Uso indebido de tipos penales de lucha contra el terrorismo y otras leyes relativas a la seguridad nacional en contra de defensores y defensoras.

La criminalización de las actividades de promoción y defensa de defensores y defensoras en atención a las causas que promueven.

La sujeción a procesos penales distorsionados con una duración irrazonable, y denuncias y acusaciones falsas basadas en tipos penales graves.”

En relación a la persecución de defensores y defensoras de DDHH, el informe de la CIDH señala que “Tanto la Comisión como distintos organismos internacionales de protección de los derechos humanos han manifestado su preocupación por la existencia de un patrón de aplicación selectiva de la legislación antiterrorista chilena a los integrantes del pueblo indígena Mapuche, en el marco de sus procesos de movilización y protesta política y social”.

Junto con ello el INDH solicita a la Corte ordenar a Carabineros y a la PDI de la Araucanía a que instruyan los sumarios internos respectivos que permitan establecer las responsabilidades administrativas involucradas.

Este tipo de prácticas de hostigamiento a la labor de defensa penal y jurídica, así como a las legítimas movilizaciones del pueblo mapuche resultan inaceptables en un estado de derecho que se presenta como democrático, puesto que no sólo vulneran las garantías fundamentales de debido proceso, sino que buscan -mediante este tipo de prácticas- la desmovilización de actores que se han sumado a la luchas históricas del pueblo mapuche, a favor de la construcción de un país que respete y valore la autonomía de los pueblos originarios como uno de los principios democráticos de nuestra sociedad.