Lissette Melillan, pareja de Luis Tralcal: “Se nos está negando un derecho”
En entrevista con Diario y Radio Universidad de Chile, la madre de los dos hijos de Luis Tralcal Quidel acusó a la Justicia chilena de negarle la posibilidad de acceder al abono de prisión preventiva consagrado en el Código Penal a su pareja por los tres años que pasó privado de libertad antes de ser absuelto en el Caso Tur-Bus.Tomás González F.- Lunes 23 de septiembre 2019 19:36 hrs.
Foto- La defensa y los familiares de los primos José y Luis Tralcal acusaron nuevas irregularidades en el proceso judicial que lleva adelante el Estado en contra de los únicos condenados por el asesinato del matrimonio Luchsinger-Mackay el 4 de enero de 2013.
Cabe recordar que, pese al permanente reclamo de los acusados respecto de su inocencia, la Corte Suprema revocó la sentencia en primera instancia que los había absuelto y, en junio de 2018, ambos fueron condenados a 18 años de prisión.
Sin otra instancia a la que recurrir en el territorio nacional, la defensa y los familiares de los primos Tralcal dirigieron sus esfuerzos por otra vía: el abono del tiempo en que ambos estuvieron en prisión preventiva por el denominado Caso Tur-Bus. En esa línea, lo que piden los abogados defensores es que se descuenten de la condena los tres años que José y Luis estuvieron privados de libertad en causas de las que fueron absueltos, como lo es la del ataque a un bus de dicha empresa.
No obstante, en entrevista con Diario y Radio Universidad de Chile, Lissette Melillan, pareja y madre de los dos hijos de Luis Tralcal Quidel, acusó que sus solicitudes no han querido ser acogidas por los tribunales correspondientes, los que se han declarado incompetentes frente al recurso.
“El tema es que nosotros hemos pedido esta resolución en el Juzgado de Garantía y en Tribunal Oral de Temuco y los dos tribunales se han declarado incompetentes, pese a que ellos hacen las mismas resoluciones en causas comunes”, indicó la pareja de Luis Tralcal.
“Pero en esta causa, como es de carácter político, creemos que ellos se han declarado incompetentes para no ejecutar lo que es un derecho de cualquier condenado”, acusó Melillan.
Foto- Pese a la insistencia de los acusados -y sus familiares- de su inocencia, la Corte Suprema revocó la sentencia en primera instancia que los había absuelto y en junio de 2018 ambos fueron condenados a 18 años de prisión.
Fue en julio pasado cuando la defensa de los primos Tralcal llegó hasta el Tribunal de Garantía de Temuco a la audiencia en que solicitaron el abono y la jueza Karina Rubio se declaró incompetente ante las mismas. Esto motivó las incendiarias declaraciones de Alejandro Apraiz, presidente de la Asociación de Víctimas de la Violencia Rural en La Araucanía, quien en entrevista con La Tercera señaló que consideraba “una vergüenza” que la familia de los primos Tralcal solicitara este derecho para sus familiares.
“Siempre lo hemos estado diciendo que nosotros nos sentimos disminuidos al respecto y siempre por ser de la ‘etnia’, ello es ventaja. Por lo tanto, creemos que ya definitivamente se debiera normar como corresponde para todos los ‘chilenos’. Ellos son ‘chilenos’ al igual que nosotros y deben ser regidos por las normas que corresponden”, indicó Apraiz en ese momento, aludiendo a que la condición de ‘mapuche’ era un beneficio a la hora de enfrentarse a la Justicia.
No obstante, lejos de adentrarse en la polémica, en conversación con este medio, Lissette Melillan fue enfática en que esta vez están haciendo todo según lo indica la legislatura nacional y, pese a eso, el Poder Judicial no ha respondido.
“(Apraiz) Habla desde la ignorancia porque él dice que nosotros queremos más beneficios que el resto de la población al ser de origen ‘étnico’ -como nos denomina él- pero es precisamente lo contrario”, sostuvo Melillan.
“Nosotros, en este momento, estamos pidiendo que se nos apliquen las leyes que se le aplican a cualquier condenado. Es precisamente eso lo que no están haciendo. En vez de jugar a favor, el que nosotros seamos parte de un pueblo originario es lo que nos juega en contra en este momento porque, por un orden racial, los jueces no han querido aplicar lo que es derecho de cualquier condenado”, agregó la madre de los dos hijos de Luis Tralcal.
Foto- El abogado defensor de los primos José Tralcal Coche y Luis Tralcal Quidel, Sebastián Saavedra, declaró que, generalmente, el abono de prisión preventiva es un trámite simple.
Así también lo explicó el abogado Sebastián Saavedra, defensor de los primos José y Luis Tralcal, quien en conversación con Diario y Radio Universidad de Chile admitió que en sus años en la Defensoría Pública nunca había sido testigo de una situación como en la que se ven envueltos actualmente.
“Esta es una petición que se hace generalmente en los tribunales, no es algo novedoso ni algo particular que se esté pidiendo por la calidad de mapuche que tienen Luis y José Tralcal. Es un trámite regular que se hace en los tribunales y que se hace justamente cuando se cumple ésta formalidad: cuando una persona estuvo privada de libertad, es absuelta y, posteriormente, en otro juicio es condenada, el período que estuvo privado de libertad en ese juicio donde fue absuelto, se le abona”, señaló Saavedra.
Y es que así también lo reconocen destacados abogados penalistas, como el reconocido Héctor Hernández Basualto en su informe en Derecho sobre la figura del “Abono de prisión preventiva en causa diversa”. Ahí, Hernández explica que:
“El abono no es una concesión graciosa del Estado a los condenados, sino simplemente el reconocimiento del derecho de cada uno a no ser objeto de privaciones de libertad innecesarias”.
Además, el destacado penalista se refiere a las formas de reparación en los casos en que una persona ha sido privada de libertad de manera injusta y posteriormente absuelta:
“Toda privación de libertad excesiva impuesta por el Estado debe ser reparada por éste, sea bajo la forma de la indemnización por el error judicial (…) por la vía de una limitación equivalente de la eventual potestad punitiva del Estado en otros casos”.
Foto- El reconocido abogado penalista, Héctor Hernández Basualto explica que: “El abono no es una concesión graciosa del Estado a los condenados, sino simplemente el reconocimiento del derecho de cada uno a no ser objeto de privaciones de libertad innecesarias”.
Así, Héctor Hernández concluye que es un derecho inherente a cualquier ciudadano chileno el optar al abono de prisión preventiva en causa diversa.
“En síntesis, de lo dispuesto en los arts. 26 Código Penal y 348 Código Procesal Penal se sigue que no existe obstáculo legal alguno en el derecho chileno para abonar a una condena en tiempo de privación de libertad sufrido en una causa diferente, aunque entre éstas no haya existido ningún vínculo y no hayan tampoco coincidido en el tiempo. Más aún, dicho abono es obligatorio a la luz de los textos legales vigentes”.
Luego de los pronunciamientos de los tribunales de Temuco en que ambos se declararon incompetentes, la defensa de Luis y José Tralcal elevó la solicitud a la Corte de Apelaciones de Temuco, la que deberá pronunciarse e indicar qué tribunal será el que resolverá la petición de la familia Tralcal.
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